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SOLAR FV

sistema por kWh adquirido del sistema). El     y servicios de ajuste. Dicho de otra forma,                                                        peaje de respaldo era elevado, su peso res-
autoconsumo tiene un fin social que lo ale-    se trata de un cambio cosmético porque,                                                            pecto del importe total del peaje de térmi-
ja de la filosofía puramente mercantil. No     en esencia, se sigue pagando el peaje de                                                           no de energía era relativamente bajo. En la
se trata de maximizar el beneficio, sino de    respaldo.                                                                                          situación actual, el peaje de respaldo o car-
minimizar los costes asumidos e incremen-                                                                                                         go es un poco más bajo, pero el término de
tar la eficiencia y la sostenibilidad. Además      Este nuevo impuesto al sol es aún más                                                          energía es sustancialmente inferior al ante-
bajo este sistema se desincentiva a los auto-  gravoso que el del primer borrador. Si bien                                                        rior por lo que el peso es mucho mayor. La
consumidores a sobrepotenciar sus instala-     en términos absolutos los nuevos cargos                                                            tabla 1 muestra de forma cuantitativa lo an-
ciones, dado que cada kWh producido por        son menores que los del primer borrador,                                                           terior. Por ejemplo, el peso de los nuevos
encima de las necesidades de consumo será      en términos relativos son mayores y por                                                            cargos sobre las tarifas 3.0.A se incrementa
cedido al sistema sin contraprestación al-     tanto, más nocivos para los autoconsumi-                                                           como mínimo un 100% con respecto a la si-
guna.                                          dores. La razón de esta explicación se en-                                                         tuación del primer borrador.
                                               cuentra en los peajes del término de energía
n No se llama peaje de respaldo                vigentes en cada momento. Durante la pu-                                                               Por supuesto, al obligar a pagar un peaje
pero se le parece                              blicación del primer borrador estos peajes                                                         por la energía autoconsumida el autoconsu-
                                               eran muy elevados, por lo que, aunque el                                                           midor se convierte en el principal contribu-
En lo que respecta a los pagos que tienen                                                                                                         yente del sistema. En efecto, un consumi-
que efectuar los autoconsumidores, el nue-                                                                                                        dor normal abona los peajes de acceso que
vo borrador no solo no modifica el ante-                                                                                                          le son de aplicación (0,044027€/kWh
rior sino que, directamente, lo empeora.                                                                                                          para un consumidor 2.0.A) por la energía
Desaparece el denominado “peaje de res-                                                                                                           que consume. Por su parte, el autoconsu-
paldo”; en su lugar los autoconsumidores                                                                                                          midor pagará esos mismos peajes por la
pagarán por la energía autoconsumida                                                                                                              energía que efectivamente importa de la
unos cargos que se corresponden con el                                                                                                            red pero, además tendrá que pagar los cos-
peaje variable del término de energía me-                                                                                                         tes del sistema por una energía que en nin-
nos los costes de acceso a las redes más un                                                                                                       gún momento demanda de la red
cargo en concepto de pagos por capacidad                                                                                                          (0,04887 €/kWh). A todos los efectos, el
                                                                                                                                                  autoconsumidor únicamente ha utilizado
Tabla 1. Diferencias del peaje de respaldo/cargo en 2013 y 2015                                                                                   la red en los momentos en los que ha nece-
                                                                                                                                                  sitado adquirir energía y, sin embargo, ha
   Costes del sistema pagados por kWh importado de la red                                                                                         pagado peajes de acceso como si todo su
                                                                                                                                                  consumo lo hubiese tenido que coger de la
                                                                                Nota: Consumidor 2.0 con un consumo de 4.000 kWh y                red. Todo ello con el agravante de que el
                                                                              un autoconsumo de 2.000 kWh. El consumidor 3.0 tiene                peaje que ha pagado por la energía que no
                                                                             un consumo de 72.000 kWh (20% P1, 57%P2 y 23% P3) y                  ha demandado ni cogido de la red es ma-
                                                                                                                                                  yor que el que se le ha aplicado por la ad-
                                                                                    una producción de 16.000 kWh, producida en los P1             quirida o demandada.
                                                                                                                               (26%) y P2 (74%).
                                                                                                                                                      A modo de ejemplo, un consumidor
28 energías renovables n jul-ago 15                                                                                                               doméstico con tarifa 2.0 que tenga un
                                                                                                                                                  consumo de 4.000 kWh pagaría por cada
                                                                                                                                                  kWh de energía adquirida a la red un peaje
                                                                                                                                                  de 0,044027 €. Si ese mismo consumidor
                                                                                                                                                  pusiese una instalación fotovoltaica de au-
                                                                                                                                                  toconsumo que cubriese el 50% de sus ne-
                                                                                                                                                  cesidades eléctricas pagaría por cada kWh
                                                                                                                                                  que importase de la red un peaje de
                                                                                                                                                  0,092897 €. Es decir, el coste de su peaje
                                                                                                                                                  se duplicaría. El siguiente gráfico muestra
                                                                                                                                                  que, para dos consumidores tipos, el coste
                                                                                                                                                  de los peajes de acceso por kWh adquirido
                                                                                                                                                  a la red se duplican cuando se lleva a cabo
                                                                                                                                                  autoconsumo.
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