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Panorama
Op i n i ó n nEl Supremo
> Renovando
confirma la
Por la vía penal
anulación del
C uando hace cinco años un grupo de personas de muy distintas
procedencias coincidimos en constituir la Fundación Renovables, plan eólico de
para defender y acelerar el cambio de modelo energético
trasladando a la sociedad una nueva cultura de la energía, no podíamos Cantabria
imaginar que esa defensa de las renovables pasaría un día por recurrir a los El alto tribunal, en una
sentencia fechada el pasado 15
Sergio de Otto tribunales. En aquél año 2010 la ofensiva anti renovable de las grandes de junio, desestima los recursos
compañías eléctricas había tenido ya eco en la actuación del segundo planteados por distintas
Consultor en Energías Gobierno de Zapatero al que se le llenaba la boca de buenas palabras sobre empresas que optaron al plan
Renovables las energías limpias pero que, al mismo tiempo, permitía que su ministro eólico de Cantabria, y respalda
> sdeo.renovando@gmail.com el motivo por el que el
Tribunal Superior de Justicia
del ramo llevara al BOE las primeras normas para paralizar su desarrollo. de esta CCAA decidió anular
la convocatoria del concurso
Nuestra intención era “participar en el debate energético” (objetivo conseguido), “trasladar a la público de asignación de
potencia eólica para la
sociedad la importancia de dotarnos de energía de otra forma” (objetivo parcialmente logrado con instalación de parques eólicos
en la región.
iniciativas como la Plataforma por un Nuevo Modelo Energético) y combatir el tristemente exitoso
T al y como recoge el Su-
eslogan de “las renovables son caras”. premo en su sentencia, el
TSJC entendió que la
Durante estos cinco años hemos puesto nuestro conocimiento, nuestro entusiasmo y (¿por qué convocatoria del plan eó-
lico incluía previsiones y determi-
no decirlo?) nuestro dinero (el de patronos, socios protectores y el de apenas media docena de naciones que no son propias de
una convocatoria de concurso y sí
empresas) para alcanzar estos fines. Lamentablemente nuestro discurso ha tenido que endurecerse a lo son, en cambio, de un instru-
mento de planificación. “De
medida que se iba imponiendo en la acción del Gobierno (de este sobre todo pero también del ahí –añade el alto tribunal– que la
Sala de instancia considere inde-
anterior) la sinrazón de la defensa de los intereses de un oligopolio frente a los del conjunto de la bidamente omitida la evaluación
ambiental exigida para los planes
sociedad en materia energética. y programas con efectos significa-
tivos sobre el medio ambiente”.
Hemos puesto sobre la mesa una docena de documentos con rigurosos análisis de normas o
Según la Sala Tercera del Su-
informes y bien argumentadas propuestas como la Hoja de Ruta hacia la sostenibilidad o más premo, “esa apreciación de la Sala
de instancia, que compartimos y
recientemente Ciudades con futuro y nuestro Posicionamiento sobre el Autoconsumo; hemos hacemos nuestra, conduce nece-
sariamente a la desestimación del
publicado decenas de notas de prensa para salir al paso de los temas más relevantes de nuestro motivo de casación que formulan,
en términos sustancialmente
ámbito de actuación; y hemos tratado de estar siempre (armados más de voluntarismo que de coincidentes, las seis entidades re-
currentes”.
medios) en todos los foros donde nuestra voz podía ser útil. En nuestro discurso hemos agotado los
El Supremo rechaza, por tan-
calificativos peyorativos para una política energética que del frenazo inicial al desarrollo renovable ha to, los recursos de casación pre-
sentados e impone las costas a las
dado un giro de 180 grados para tomar el camino de la regresión. seis entidades recurrentes a partes
iguales, al tiempo que fija en
No estaba, efectivamente, en nuestra idea inicial pasar por los tribunales pero no podíamos 9.000 euros los honorarios de re-
presentación y defensa de ARCA.
quedarnos cruzados de brazos ante lo que ha pasado de incompetencia o servilismo ante los
intereses del oligopolio al engaño a la opinión pública o, en términos de la demanda presentada ante
la Fiscalía Anticorrupción, “la arbitrariedad y falta de respaldo técnico a la hora de fijar los criterios en
la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, que estableció el cambio en la modalidad de retribución a las
energías renovables, cogeneración y residuos, y que ha supuesto un recorte de unos 3.000 millones
de euros anuales, el llamado “hachazo” a las renovables”.
Lo que para mí es tomadura de pelo al afirmar que una norma se elabora con los criterios
objetivos de informes independientes cuando en realidad dichos informes tienen fecha posterior a la
norma aprobada, para nuestros asesores jurídicos es sencillamente una actuación que podría
constituir delito y por eso junto a otra docena de entidades y más de cien mil ciudadanos lo hemos
puesto en conocimiento de la Justicia.
Al margen de lo que se decida en sede judicial, nadie debería rasgarse las vestiduras por esta
iniciativa que es, en definitiva, el reflejo del envilecimiento de la acción de este Gobierno que
desprecia el camino que marcan los grandes organismos internacionales, la política de su admirada
(para otras políticas) señora Merkel, la mayor parte de los países de nuestro entorno e incluso,
recientemente, el Papa Francisco. Nuestra demanda no es una pataleta porque “no nos hacen caso”;
no, es la reacción a una degeneración de las formas con las que están actuando a contracorriente de
lo que la lógica, las evidencias y el sentido común imponen.
No, no estaba previsto recurrir a la vía penal en nuestras líneas de actuación cuando con todo el
entusiasmo del mundo nos lanzamos a “predicar” que había que acelerar (no podíamos imaginar que
además de frenar iban a dar marcha atrás) otra forma de relacionarnos con la energía, pero tampoco
pensábamos que el despropósito iba a alcanzar esas cotas. En cualquier caso, el delito político es
clamoroso al margen de lo que diga finalmente la Justicia.
10 energías renovables n jul-ago 15