Según la Hoja de Ruta de la Eólica Marina y las Energías del Mar, España prevé contar con entre 1 y 3 gigavatios de eólica marina para 2030, además de destinar entre 40 MW y 60 MW para las energías del mar. Esta potencia tendrá que ser distribuida atendiendo a los Planes de Ordenación del Espacio Marítimo, un instrumento de zonificación para los distintos usos del mar (pesca, navegación, producción energética…), que incluye 19 Zonas de Alto Potencial (ZAP) para la instalación de aerogeneradores marinos, con 5.000 kilómetros cuadrados de superficie, el 0,46% de las aguas territoriales.
Ha llegado el momento para la eólica marina. Además de ser una potencia global en materia de energías renovables, España -explican desde el Ministerio- está "particularmente bien preparada" en el caso de las incipientes energías marinas. Porque disponemos de un potente sector eólico y naval, y somos un polo de referencia europeo de I+D para el diseño, escalado y demostración de nuevas tecnologías. Además, nuestro país es el socio europeo con más instalaciones marinas de I+D, como la Plataforma Oceánica de Canarias (Plocan), el Biscay Energy Marine Platform (BiMEP) o la Zona experimental de aprovechamiento de energías marinas de Punta Langosteira (A Coruña), el segundo banco de pruebas del mundo para la energía de las olas.
Además, España también cuenta con su primer proyecto de eólica marina flotante es DemoSATH, un aerogenerador de 2 MW instalado en el área de ensayos de BiMEP (Armintza, Bizkaia) y que ha sido desarrollado por la ingeniería vasca Saitec Offshore Technologies.
El Real Decreto 1028/2007, de 20 de julio, por el que se establece el procedimiento administrativo para la tramitación de las solicitudes de autorización de instalaciones de generación eléctrica en el mar territorial, regulaba hasta ahora el procedimiento particular de autorización de las instalaciones eólicas marinas y de las energías del mar. No obstante, ante los avances del sector eólico marino, y gracias a conceptos tecnológicos como la tecnología flotante que ha ampliado su alcance geográfico potencial, unido al nuevo marco europeo y nacional, el Gobierno considera necesario el establecimiento de una nueva normativa.
Mediante este real decreto se establece la regulación de la producción de energía eléctrica en instalaciones ubicadas en el mar, en lo relativo a las autorizaciones administrativas que les resulten de aplicación, así como al régimen económico y los mecanismos y procedimientos necesarios para su concesión.
Integración en el espacio marítimo
Para alcanzar los objetivos de desarrollo de la eólica marina y las energías del mar, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico aprobó hace unos meses los Planes de Ordenación del Espacio Marítimo, un instrumento de zonificación para los distintos usos del mar (pesca, navegación, producción energética…), que incluye 19 Zonas de Alto Potencial (ZAP) para la instalación de aerogeneradores marinos, con 5.000 kilómetros cuadrados de superficie, el 0,46% de las aguas territoriales. Tras este ordenamiento del espacio jurisdiccional marino, procede aprobar un nuevo marco normativo para la eólica marina y las energías del mar, adaptado a la legislación actual y al estado de la tecnología. En este sentido, en junio de 2022 el Miteco ya lanzó una consulta pública previa para recabar información a los interesados.
El proyecto normativo afectará a las instalaciones eólicas marinas y a otras energías del mar, como la undimotriz, que produzcan energía en todo el territorio marino de jurisdicción española. Permitirá otorgar de forma simultánea, mediante un procedimiento de concurrencia competitiva, el Régimen Económico de Energías Renovables y la reserva de la capacidad de acceso en un nudo concreto de la red eléctrica y de la concesión del dominio público marítimo-terrestre por un plazo máximo de 30 años.
Este desarrollo, ordenado, respetuoso con el medio ambiente y compatible con otros usos y actividades en el mar, generará una importante actividad económica y permitirá crear unos 40.000 puestos de trabajo, según explica el Miteco en un comunicado. Además, la propuesta normativa permitirá otorgar simultáneamente, mediante concurso, el régimen económico y la reserva de la capacidad de acceso a la red y de la concesión del dominio público marítimo-terrestre.
Diversidad de criterios de subasta
Los concursos que servirán para otorgar dichos derechos, además de criterios económicos y técnicos –precio de la energía, cupo de potencia a otorgar, solvencia de los participantes, características y requisitos de la tecnología, etcétera– podrán tener en cuenta otros criterios no económicos, como la ocupación de espacio, la minimización del impacto ambiental, planes para desmantelamiento de los equipos al final de su vida útil, creación de empleo e industria locales, participación de Pymes, o la incidencia sobre la navegación, o el apoyo a otros sectores económicos, como la pesca.
Además, atendiendo a la complejidad de los proyectos, podrá haber una fase de diálogo público-privado, adicional a los habituales procedimientos de participación y audiencia pública, para incrementar sus externalidades socioeconómicas positivas y favorecer su integración y su compatibilidad con otros usos del mar. El desarrollo de las energías del mar es prioritario para el Gobierno, que ya ha destinado 147 millones de euros para proyectos piloto demostradores y plataformas de ensayo de renovables marinas en el marco del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica de Energías Renovables, Hidrógeno Renovable y Almacenamiento (PERTE ERHA).
Memoria del Análisis de Impacto Normativo (MAIN) del proyecto de Real Decreto por el que se regula la producción de energía eléctrica en instalaciones ubicadas en el mar
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