La historia es tal y como sigue. El Ejecutivo Rajoy contrata en otoño de 2013 a dos consultoras -Roland Berger Strategy Consultants y Boston Consulting Group- para que estudien las inversiones que hicieron en su momento los promotores para poner en marcha las instalaciones renovables y para que, asimismo, determinen cuánto les cuesta a los propietarios de esas instalaciones mantenerlas y operarlas. Las consultoras hacen sus estudios -hacen sus números- y se los entregan, presuntamente, al Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), organismo dependiente del Ministerio de Industria, Energía y Turismo (Minetur). A continuación, el Ministerio aprueba una nueva norma que elimina las primas (el viejo régimen especial que amparaba a las renovables) y las sustituye por lo que denomina "rentabilidad razonable". En esa norma, el Gobierno decreta discrecionalmente que la rentabilidad razonable de una instalación renovable debe ser, como máximo, del 7,5%, y utiliza los números de esos informes, presuntamente, para aplicar ese 7,5% de rentabilidad a cada instalación. Por fin, todas las asociaciones del sector de las energías renovables protestan contra esos números, pues consideran que no se ajustan a la realidad. Véase también lo que opina la Comisión Nacional de Energía de la rentabilidad razonable.
De la transparencia
La historia está cuajada de aspectos que cabría calificar de, como poco, escasamente transparentes. A saber: el IDAE acuerda el 23 de julio de 2013 la iniciación de los trámites de la contratación de las consultoras (contratos para los que destina un presupuesto máximo de 900.000 euros). El 21 de agosto, la Asociación Nacional de Productores de Energía Fotovoltaica (Anpier) denuncia que el IDAE no ha hecho publicidad en la licitación de la contratación y solicita al Instituto que le entregue copia del expediente de licitación a favor de las consultoras Boston y Roland Berger. El IDAE dice no. Pero Anpier insiste. Así, el 22 de octubre, el presidente de la asociación, Miguel Ángel Martínez-Aroca, se persona en el propio Instituto y en compañía de un notario con el objetivo de obtener esa copia. La respuesta vuelve a ser no. Anpier recurre entonces a la vía judicial, concretamente al Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, para que anule dicho procedimiento de contratación, ya que incumple -según la asociación- las normas de contratación pública y de obligada transparencia. El Tribunal suspende cautelarmente el procedimiento de licitación, pero luego levanta la suspensión porque considera que Anpier "carece de legitimación para recurrir en el presente caso".
No se publicó
La resolución del Tribunal reconoce "la ausencia de publicación del anuncio de licitación", pero sostiene lo susodicho -Anpier no está legitimada para recurrir- y añade además que los informes de Boston y Roland "se refieren al sector, pero ni siquiera se puede saber todavía cómo influirán en él". Además, el Tribunal aventura que "no puede haber un beneficio o perjuicio concreto para el recurrente -quien no conoce todavía su contenido [el de los informes]-, no tratándose de actos administrativos ni siendo vinculantes en modo alguno". El caso es que, inadmitido el recurso de Anpier, la contratación se materializa, Roland y Boston hacen sus informes y, a partir de ellos (al menos eso dice Industria), el Gobierno establece -el veinte de junio de 2014- el nuevo régimen económico de las renovables, ese que se asienta sobre la denominada "rentabilidad razonable" del 7,5%. Tipo absolutamente arbitrario, según la Asociación de Promotores y Productores de Energías Renovables de Andalucía (Aprean), y que además contrasta -dicen desde la asociación- con "el 9% después de impuestos que utiliza la Comisión Europea en sus escenarios de inversión".
Quejas generalizadas
Dado lo dado, y en contra de lo aventurado por el Tribunal ("no puede haber un beneficio o perjuicio concreto para el recurrente"), todas las asociaciones de defensa de los productores de energías renovables coinciden, sin excepción, en el mismo extremo: el nuevo sistema de retribución del kilovatio renovable sí que perjudica, y gravemente además -se quejan-, sus intereses. Hasta tal extremo llega el perjuicio que Aprean llega a calificar la nueva regulación como "la más perniciosa que jamás se haya dictado en un país desarrollado contra un sector económico". Protermosolar ya lo había anunciando en el mes de febrero en un comunicado: "tras un primer análisis de la Memoria Justificativa del borrador de Orden Ministerial por la que se aprueban los parámetros retributivos [el borrador entraría en junio en vigor sin apenas modificaciones], Protermosolar ha podido comprobar que los costes de inversión y los costes de operación y mantenimiento que ha utilizado el Ministerio de Industria, Energía y Turismo para calcular los valores aplicables a las retribuciones han sido claramente subestimados y no se corresponden con los costes reales" (léase "La rentabilidad razonable de Soria: ¿intento de estafa o prevaricación?").
En Bruselas
De los perjuicios que se derivan del nuevo sistema retributivo también se queja la Unión Española Fotovoltaica (UNEF). Y lo hace -lo hizo- en el mismísimo Europarlamento, el pasado mes de marzo, y a la vista también de aquel borrador, o sea, a la vista de lo que se le venía (y se le ha venido finalmente) encima. La reforma del sector eléctrico puesta en marcha por el Gobierno -decía en Bruselas el presidente de UNEF, José Donoso- "no busca un beneficio razonable, sino desmantelar las instalaciones existentes". Donoso denuncia entonces que la sustitución de la prima por la "rentabilidad razonable" supone un recorte de entre el 20 y el 50% de lo que han cobrado hasta ahora las instalaciones fotovoltaicas por kilovatio hora producido. Más aún: según UNEF, los patrones de retribución fabricados por el Gobierno -a partir (presuntamente) de la información de Roland Berger y Boston- "no reflejan la realidad bajo la que se acometieron las inversiones en su momento", lo que llevará -asegura la asociación- a que entre el 30 y el 50% de las instalaciones "se vean arrastradas a la quiebra".
"¿Por qué no nos dejan ver el informe último del Boston?"
El biogás está en la misma situación. "La rentabilidad razonable, en nuestro caso, no se cumple", nos contaba hace unas semanas el presidente de la Asociación Española de Biogás, Francisco Repullo, que también se queja de la opacidad: "hemos solicitado el informe del Boston que sirvió de base de cálculo. Y esa base de cálculo, que nosotros sepamos, no se la han entregado a nadie. O sea, que no la hemos visto. Lo que sí nos ha llegado es el rumor, y digo rumor porque no tenemos pruebas de ello, de que Industria cogió el informe del Boston y modificó las cifras". Repullo esgrime números: "lo que nos preguntamos es de dónde salen los siete céntimos de euro [7c€] establecidos para operación y mantenimiento [OyM]. Verá, en el Plan de Energías Renovables [PER] 2011-2020, Boston [también contratado entonces para hacer los números] estimaba unos costes mínimos de 9c€ por kilovatio hora [9 c€/kWh] para OyM [de plantas de biogás] en situaciones óptimas, cantidad que podía estar por encima de los 25 c€/kWh en situaciones más desfavorables. Bueno, pues ahora nos dicen que son 7". Repullo concluye: "si Boston determinó en el PER 2011–2020 que, como mínimo, eran 9c€, ¿por qué ahora son 7? ¿Qué ocurre? ¿Por qué no nos dejan ver el informe último de Boston?". Energías Renovables incluye una amplia entrevista a Repullo en su edición de octubre].
Los eólicos, también
El discurso de la Asociación Empresarial Eólica (AEE) es similar. Hace unos meses, la AEE se quejaba de que los datos utilizados para fijar la nueva retribución "no se corresponden con su realidad" y de que el regulador, para colmo, "no especifica las fuentes ni el modo" en que ha llegado a esos números, presuntamente sostenidos sobre el principio de la denominada "rentabilidad razonable". Así, la AEE también ha solicitado -lo hizo hace meses- que se haga pública la metodología de cálculo. Y es que, según denuncia la asociación, "no se conoce la metodología de cálculo del 7,398% antes de impuestos (5,178% después de impuestos) que fija el gobierno como supuesta rentabilidad razonable para todas las instalaciones eólicas, un valor externo al sector que será clave para su remuneración futura". De hecho -continúa la AEE-, las propuestas de normas -AEE las denunciaba poco antes de su entrada en vigor- "contienen elementos arbitrarios que parecen precisamente destinados a reducir la remuneración por debajo de lo considerado razonable tanto por la Comisión Europea como por la regulación española anterior, así como para diferir su percepción".
APPA exige los informes para poder elaborar una demanda con plenas garantías judiciales
Las sospechas que han ido creciendo a lo largo de todos estos meses, alimentadas por una opacidad que empieza a ser -según algunas fuentes del sector- delatora, han desembocado, en fin, en lo acaecido ayer, cuando la Asociación de Empresas de Energías Renovables (APPA), difundió un comunicado en el que anuncia que ha presentado "un escrito ante el Tribunal Supremo solicitando que se aporten los informes encargados por el IDAE a las consultoras Boston Consulting y Roland Berger Strategy Consultants al Expediente de la Orden de parámetros, por ser estos fundamentales para estudiar todos los extremos suscitados en el presente debate". APPA considera "que el Expediente actual está incompleto y que los Informes constituyen un elemento esencial para poder elaborar una demanda con plenas garantías judiciales". Según ha manifestado Piet Holtrop, letrado de APPA en este procedimiento: “si los informes han sido recibidos por el IDAE, deben ser portados inmediatamente; y, si no han sido recibidos, deberían justificarse las razones por las que dichos informes no se han recibido, aportando documentación que lo sustente”.