Los cambios normativos que propone el ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, "vulneran los principios de buena regulación establecidos en la Ley de Economía Sostenible: necesidad, proporcionalidad, seguridad jurídica y transparencia", según la Asociación Empresarial Eólica (AEE). Además, el nuevo modelo retributivo -añade la AEE- supone "un grave ataque contra la seguridad jurídica, ya que tiene como resultado borrar los efectos producidos por la regulación anterior al afectar a todas las instalaciones en funcionamiento". Ambas normas, que forman parte del paquete de la reforma energética emprendida por el Ejecutivo Rajoy y aún se encuentren en tramitación (aunque tendrán vigor con efecto retroactivo desde el pasado 14 de julio), "ponen en jaque el futuro del sector eólico en España", según la asociación. El efecto retroactivo -señala AEE- resulta "especialmente evidente en las instalaciones eólicas anteriores a 2005 –el 37% del total–, que, con el nuevo sistema, dejan de tener derecho a incentivos". La doctrina jurídica indica que las leyes retroactivas son "ilegales, a no ser que su aplicación beneficie al afectado, y este no es el caso".
Sinsentido regulatorio
AEE considera además un "sinsentido regulatorio" abandonar un sistema de retribución en el que España ha sido "pionera", justo ahora que la Unión Europea lo quiere adoptar para el ulterior desarrollo de las energías renovables "de cara a los objetivos comunes para 2020, 2030 y 2050". La Comisión Europea afirma en sus propuestas de directrices sobre ayudas de Estado -continúa la asociación- que "el sistema de mercado más prima es el más adecuado para facilitar la competencia de las instalaciones de energías renovables en el mercado, poniendo así en valor la regulación española anterior a 2013". Por otro lado, y según la AEE, "la nueva normativa pone en peligro además el cumplimiento por parte de España del objetivo vinculante europeo establecido en la Directiva 2009/28/CE sobre el fomento de las energías renovables de cubrir un 20% de la demanda de energía final con fuentes energéticas renovables".
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La asociación se queja asimismo de que el sector "no ha sido consultado" en la elaboración de la reforma energética, de que los datos utilizados "no se corresponden con su realidad" y de que el regulador, para colmo, "no especifica las fuentes ni el modo en que ha llegado a los estándares". En ese sentido, la AEE solicita que se haga pública la metodología de cálculo. Y es que, según denuncia la asociación, "no se conoce la metodología de cálculo del 7,398% antes de impuestos (5,178% después de impuestos) que fija el gobierno como supuesta rentabilidad razonable para todas las instalaciones eólicas, un valor externo al sector que será clave para su remuneración futura". De hecho -continúa-, las propuestas de normas "contienen elementos arbitrarios que parecen precisamente destinados a reducir la remuneración por debajo de lo considerado razonable tanto por la Comisión Europea como por la regulación española anterior, así como para diferir su percepción".
Horizonte WACC
AEE argumenta por otra lado que la utilización de las Obligaciones del Estado a 10 años como referencia para el cálculo de la rentabilidad razonable "no es aceptable" y que se debería utilizar el coste medio ponderado del capital (WACC en su acrónimo en inglés), referencia usada en todos los países miembros de la OCDE y en la anterior regulación española sobre energías renovables. Además, la asociación considera que el objetivo de rentabilidad razonable "debe ser fijo y no modificarse cada periodo regulatorio de seis años para evitar inseguridad jurídica para los inversores" (los inversores no están dispuestos a verse sometidos a la arbitrariedad de un Ejecutivo que va a cambiar las reglas del juego -la remuneración del kilovatio limpio- cada seis años). Además, la nueva normativa -dice AEE- añade el "riesgo regulatorio de la discrecionalidad excesiva", que permite a la administración establecer valores como los de los precios del mercado sin definir ninguna metodología de cálculo explícita. La asociación pone un ejemplo: para el primer semiperiodo regulatorio (2014-16), la norma fija los precios en niveles que no se corresponden con lo que refleja el mercado de futuros, lo que tendrá como consecuencia una retribución inferior incluso a la que establece la propuesta de orden.
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AEE alega también que, a pesar de la enorme complejidad que supone desarrollar la nueva metodología, se simplifica en exceso la realidad del sector, sin conseguir siquiera cumplir con la premisa de garantizar a cada instalación una rentabilidad mínima, ya de por sí muy baja. En este sentido, no se entiende que se hayan atribuido tan sólo 23 estándares (patrones o tipos) para los 23.000 MW de potencia eólica instalados en España cuando, para el resto de tecnologías, se ha buscado llegar a un mayor nivel de aproximación de las condiciones de cada instalación. AEE cree que la eólica, que es la primera tecnología de generación en España, no puede estar caracterizada con una muestra de patrones tan simplificada, dada la gran diversidad de tamaños de instalaciones, localizaciones, recurso, tecnología, problemáticas logísticas, etcétera. La asociación se muestra sorprendida asimismo por que "tampoco se ha establecido una diferenciación con las instalaciones eólicas de los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares (Canarias, Baleares), que tienen costes mayores tanto de inversión como de explotación y que generan electricidad a precios más bajos que las tecnologías convencionales".
Sin memoria económica
Antes de enviar estas alegaciones a la CNMC y dado que la propuesta de Orden Ministerial carece de Memoria Económica que cuantifique los impactos, AEE solicitó tanto la paralización del trámite de audiencia como los documentos utilizados para la elaboración de los parámetros. No ha recibido respuesta ni del Ministerio de Industria, Energía y Turismo ni de la CNMC. En definitiva, AEE considera "inadmisible" el trato que se le da a la eólica, "sin duda, la tecnología más penalizada por la reforma energética, precisamente cuando se ha convertido en la primera fuente de electricidad de los españoles tras décadas de desarrollo modélico y cumplimiento escrupuloso de los objetivos del regulador".
Propuesta de orden por la que se aprueban los parámetros retributivos de las instalaciones tipo