La revisión de oficio -explica la CNMC- vino motivada por la sentencia del Tribunal Constitucional 152/2017, de 21 de diciembre de 2017 (recursos 7848-2014, 7874-2014 y 21-2015). Según reza el comunicado difundido hace unos minutos por la Comisión, "en ella se declaró la nulidad e inconstitucionalidad de los efectos económicos de la extinción de la concesión del almacenamiento subterráneo Castor, previstos en el Real Decreto-Ley 13/2014, de 3 de octubre, tras la renuncia de su titular, Escal Ugs SL". Las resoluciones de la CNMC consideran que la nulidad del citado RD-L 13/2014 "privó de base legal a las cantidades reconocidas y a los pagos efectuados con arreglo al mismo, obligando con ello a revisar los pagos realizados". La declaración de nulidad de pleno derecho de las liquidaciones determina la obligación de los interesados de reintegrar al sistema de liquidaciones de las actividades reguladas del sistema de gas natural los importes recibidos. Su desglose es el siguiente:
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