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Endesa y Gas Natural Fenosa llevan al Tribunal de Contratos la cláusula social del Ayuntamiento de Barcelona

Los 65 millones de euros del contrato de suministro eléctrico del Ayuntamiento de Barcelona siguen sin dueño

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Cataluña quiere que el 50% del coste de la lucha contra la pobreza energética corra a cargo de las compañías suministradoras. La noticia saltaba a los medios de comunicación hace unas semanas: la Generalitat, el Ayuntamiento de Barcelona, las diputaciones de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona, la Federación Catalana de Municipios y la Asociación de Municipios de Cataluña acordaban el pasado 17 de enero "crear un modelo común de convenio para instar la corresponsabilidad de las empresas suministradoras en relación a la pobreza energética".
Los 65 millones de euros del contrato de suministro eléctrico del Ayuntamiento de Barcelona siguen sin dueño

¿Medida estrella? "Las operadoras deberán cubrir como mínimo el 50% del coste de la pobreza energética en Cataluña, incluido el gasto que supone para las administraciones la gestión de estas situaciones". Pues bien, el acuerdo -impulsado por los representantes públicos de siete millones y medio de personas- vuelve ahora al primer plano de la actualidad informativa de la mano de dos empresas: Endesa y Gas Natural Fenosa. ¿Y por qué? Pues porque han recurrido, ante el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, el concurso que abrió hace unos días el Ayuntamiento de Barcelona: el consistorio que preside Ada Colau ha sacado a licitación el suministro de electricidad de sus edificios públicos, un suculento contrato valorado en 62,5 millones de euros. ¿Y por qué lo han recurrido? Pues porque una de las condiciones que el Ayuntamiento establece para poder licitar es que el concursante se comprometa a firmar un convenio de lucha contra la pobreza energética -en el plazo de los seis meses siguientes a la adjudicación- y las compañías se quejan de que ese compromiso queda en el pliego muy inconcreto, muy indefinido. Cinco empresas y una cooperativa no han visto problema en el pliego de condiciones del Ayuntamiento y sí se han presentado al concurso. Pero las dos grandes de Cataluña -Endesa y Gas Natural Fenosa- han recurrido al Tribunal susodicho (en Barcelona, y según el propio Ayuntamiento, la pobreza energética afecta a más del 10% de la población).

¿Y qué ha decidido el Tribunal?
Pues el Tribunal Català de Contractes del Sector Públic, que es un tribunal administrativo, ha acordado "la medida provisional consistente en suspender el procedimiento de contratación (...) sin que eso implique en ningún caso el entrar a valorar el fondo del asunto". El Tribunal, que admite estos recursos automáticamente, tiene entre quince días y tres meses para resolver el asunto. El Ayuntamiento sostiene que lo único que ha hecho es pedir, a aquellas compañías que se presenten a la licitación, que cumplan con la Ley 24/2015, "que lo que dice -explican desde el consistorio- es que, a partir de la adjudicación del concurso, habrá seis meses para trabajar conjuntamente en la redacción de un convenio que establece esa corresponsabilidad". Según el Ayuntamiento de Barcelona, "esta cláusula es la misma que estableció en su suministro eléctrico hace unos meses la Asociación Catalana de Municipios, que reúne a unos cuatrocientos ayuntamientos, licitación a la cual Endesa se presentó y ganó, de ahí lo sorprendente ahora de su postura".

Habida cuenta de todo ello, el Ayuntamiento de Barcelona presentó ayer sus alegaciones en el Tribunal
"Hemos presentado alegaciones clarísimas, explicando que lo único que pedimos es que se cumpla una Ley [la Ley 24/2015], algo que en realidad es redundante: cumplir la Ley...". Según el Gabinete de Alcaldía del Ayuntamiento de Barcelona, "hemos explicado esto jurídicamente: hemos explicado que el Ayuntamiento de Barcelona, al igual que hizo la Generalitat en el año 2015, al igual que han hecho la Asociación Catalana de Municipios y la Federación Catalana de Municipios, nosotros, al igual que todas esas instituciones y actores, hemos incluido esta cláusula, que lo único que establece es que aquellos que se presenten a la licitación tienen que cumplir con la Ley 24/2015". El modus operandi del consistorio que dirige Ada Colau -en lo que se refiere a las cláusulas- es el mismo en todos los casos, según Gabinete de Alcaldía: "cada vez que toca renovar los contratos, ponemos cláusulas ambientales y sociales, y, en este caso, una cláusula obvia era hacer cumplir la Ley 24/2015, que aprobó el Parlamento".

El Ayuntamiento de Barcelona ha solicitado al Tribunal que retire las medidas cautelares para adjudicar lo antes posible
El contrato de suministro de electricidad que ahora está en vigor -en manos de Endesa- expira el próximo 25 de marzo. Y el contrato no puede ser prorrogado (el actualmente en vigor ya está prorrogado, y no se puede prorrogar un contrato ya prorrogado). Según el Gabinete de Alcaldía del Ayuntamiento de Barcelona, si el Tribunal retrasara su resolución más allá del 25 de marzo (el Tribunal tiene, como se dijo, hasta tres meses para resolver), el suministro no correría peligro, pues el Ayuntamiento establecería con otras empresas eléctricas la continuidad del servicio mediante lo que se denomina contrato negociado: el consistorio negociaría con las empresas del sector (con las que se han presentado y con las que no) y contrataría. Tanto en Endesa como en el Ayuntamiento creen en todo caso que el Tribunal resolverá antes de esa fecha.

Endesa, en todo caso, insiste en su queja
"En nuestras alegaciones hemos pedido que esto se especifique para saber a qué nos estamos presentando, y que no sea solo un cheque en blanco al cual nosotros nos apuntamos para que luego nos pidan cosas que entendemos que no están de acuerdo con la Ley. Lo que queremos es que el dictamen que salga de esos tres meses sirva para poder razonar todo esto". La presunta indefinición del futurible convenio de lucha contra la pobreza energética -motivo que también ha esgrimido Gas Natural Fenosa para recurrir el pliego de condiciones- no ha echado para atrás sin embargo a las suministradoras que sí se han presentado a la licitación: Aura, Nexus, A-DOS Energía, HolaLuz.com, Factor Energía y la cooperativa Som Energia. Esas empresas y esa cooperativa sí que habrían considerado claras las condiciones del pliego. Energías Renovables ha podido saber, por cierto, que algunas de ellas han presentado alegaciones también ante el Tribunal porque se consideran perjudicadas por la suspensión "provisional" del procedimiento.

Todo ello sucede en todo caso en un doble marco
Por una parte, en el marco de la Ley 24/2015 (aprobada por el Parlamento catalán); y, por otra, en el marco del acuerdo al que llegaron el pasado 17 de enero la Generalitat, el Ayuntamiento de Barcelona, las diputaciones y los municipios de Cataluña, que representan a casi 7,5 millones de personas. Todas esas instituciones hicieron público ese día "un acuerdo para crear un modelo común de convenio para instar la corresponsabilidad de las empresas suministradoras en relación a la pobreza energética". Ese acuerdo incluye "un nuevo protocolo de actuación para evitar cortes en el suministro de agua, luz y gas". Según explicaba aquel 17 de enero en su comunicado la Generalitat, "la figura del convenio está incluida en la Ley 24/2015 para buscar vías de colaboración y corresponsabilidad en la lucha contra la pobreza energética". Una veintena de suministradoras de agua ya ha suscrito ese convenio. A día de hoy, sin embargo, y, según fuentes del Instituto Catalán de la Energía, ni una sola suministradora de luz y gas lo ha suscrito.

7,5 millones de catalanes versus Endesa y Gas Natural Fenosa
La propuesta de convenio acordada el 17 de enero por todas esas instituciones catalanas recoge varios compromisos que habrían de asumir las suministradoras. Por un lado, establece que "se dirigirán a los servicios sociales municipales para solicitar su informe acreditativo antes de proceder a cualquier corte de suministro". También "facilitarán a los usuarios toda la información relativa a sus derechos". Además, el convenio contempla que las suministradoras de gas y electricidad colaborarán con las administraciones para hacer frente a los gastos derivados de la pobreza energética: "en este sentido -explica la Generalitat-, y, mediante medidas como la aplicación de tarifas sociales, la condonación de la deuda acumulada o aportaciones económicas directas, las operadoras deberán cubrir como mínimo el 50% del coste de la pobreza energética en Cataluña, incluido el gasto que supone para las administraciones la gestión de estas situaciones. También deberán promocionar el bono social y la optimización de la potencia contratada".

El acuerdo del 17 de enero fija los criterios y procedimientos para aplicar la Ley 24/2015 y clarifica su horizonte
"Incrementar la seguridad jurídica en la protección de las personas en situación de vulnerabilidad económica". Para ello, las compañías suministradoras "deberán informar de los derechos relativos a la pobreza energética que recoge la normativa catalana en todos los avisos o comunicaciones referentes a la falta de pago del servicio". Antes de proceder a interrumpir cualquier suministro, las operadoras "deberán solicitar a los servicios sociales del municipio del afectado un informe que acredite si la persona se encuentra o no en situación de riesgo de exclusión residencial". Las instituciones firmantes del acuerdo consideran que están en esta situación "las personas que viven solas con unos ingresos inferiores a 2 veces el Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña (IRSC); las unidades de convivencia (más de una persona) con ingresos inferiores a 2,5 veces el IRSC; o aquellas personas con discapacidad o gran dependencia e ingresos inferiores a 3 veces el IRSC".

Por su parte, los firmantes se comprometen a
- emitir el informe en un plazo máximo de 15 días y enviarlo a la empresa solicitante (si no se hace en este plazo, se entiende que la persona o unidad familiar afectada se encuentra efectivamente en situación de riesgo de exclusión residencial);
- informar a los afectados de las posibles ayudas existentes para hacer frente a la pobreza energética.

Una vez cumplido este procedimiento, las suministradoras "deberán mantener el suministro mientras dure esta situación de riesgo, y los servicios sociales serán quienes deberán advertir a las operadoras en caso de que tengan conocimiento de cambios en la situación económica de los afectados".

No es el huevo, es el fuero
Según fuentes de Alcaldía, "estos días no hemos parado de recibir llamadas de otros ayuntamientos, de ayuntamientos de fuera de Cataluña, interesándose por todo esto, porque, claro, ellos se plantean que si Barcelona hace eso... pues nosotros también queremos hacerlo con nuestro contrato... Aquí tenemos una Ley -insisten en todo caso desde Gabinete de Alcaldía-, que ha sido aprobada por el Parlamento de Catalunya, que es una administración superior al Ayuntamiento, una Ley que establece que se ha de luchar contra la pobreza energética. Y nosotros lo único que planteamos es que se cumpla con esa Ley".

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