El fin de las ayudas es -informa el Gobierno- "paliar las consecuencias sociales y económicas del cierre de las minas en las comarcas mineras del carbón, incentivando el empleo e impulsando la ampliación y la diversificación de las actividades de las empresas existentes y apoyando la creación de nuevas compañías". Según el Ejecutivo, "se trata de ayudas de apoyo a la inversión, su ámbito es regional y su régimen es el de concurrencia competitiva". El Marco de Actuación para la Minería del Carbón y las Comarcas Mineras en el período 2013-2018 fue suscrito el 1 de octubre de 2013 por el entonces Ministerio de Industria, Energía y Turismo, con Fitag-UGT, Comisiones Obreras (CCOO) y la Unión Sindical Obrera (USO) y la patronal empresarial, Carbunión. Según el comunicado difundido por el Ministerio para la Transición Ecológica, "en los últimos meses, el gobierno ha trabajado con intensidad para agilizar las diferentes ayudas vinculadas al marco".
Además
En próximas fechas, el Consejo de Ministros aprobará el Real Decreto que recoge el plan social para trabajadores mineros y las ayudas contempladas en el acuerdo para la transición justa y el desarrollo sostenible de las comarcas mineras, firmado el 24 de octubre entre el Gobierno y el sector de la minería del carbón. El acuerdo contempla prejubilaciones y bajas incentivadas para los trabajadores de las empresas mineras que deban cerrar en cumplimiento de la normativa comunitaria y una inversión de 250 millones de euros en el periodo 2019-2027 al apoyo de iniciativas empresariales y de desarrollo de las comarcas mineras afectadas.
El Consejo de Ministros detalla
La convocatoria autorizada ahora por el Consejo de Ministros es la correspondiente al presente ejercicio 2018 y asciende a 12,9 millones de euros, que se imputarán a los ejercicios 2019, 2020, 2021, 2022 con cargo a la aplicación presupuestaria 20.101.423M.771, de los presupuestos del Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras OA (IRMC).
Se fija, asimismo, con carácter excepcional, una cuantía adicional, por importe máximo de hasta 17.100.000, sometida a las reglas contenidas en el artículo 58.2 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Se trata, por tanto, de una convocatoria anticipada al amparo de lo previsto en el artículo 56 del citado Reglamento de la Ley General de Subvenciones, cuya concesión quedará condicionada a la existencia efectiva de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución.
Según el Consejo de Ministros, "las ayudas que se propone convocar tienen como finalidad promover la localización de proyectos de inversión empresarial en las zonas de la minería del carbón y su entorno con el fin último de generar actividades económicas alternativas a la minería del carbón, con la consiguiente generación de nuevos puestos de trabajo, a la vez que se favorece el mantenimiento de los ya existentes en dichas zonas, y se impulsa su desarrollo dada su consideración de regiones desfavorecidas".
La autorización de la convocatoria por parte del Consejo de Ministros es un requisito previo a su adopción por el órgano competente al superarse los 12M €, conforme a lo establecido en el artículo 10.2 de la Ley General de Subvenciones.
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