La tasa de rentabilidad definida por el RD Ley, que permite a las instalaciones anteriores a 2013 mantener su actual tasa del 7,398% y fija en un 7,09% la tasa para las instalaciones posteriores, estará en vigor durante los próximos dos periodos regulatorios de seis años, a partir del 1 de enero de 2020.
El mantenimiento del valor de la rentabilidad razonable de aplicación al régimen retributivo especifico para los proyectos fotovoltaicos existentes es un paso importante hacia la estabilidad y seguridad jurídica y da señales positivas a futuro para los inversores. “Eliminar la incertidumbre es fundamental para atraer las inversiones necesarias para desarrollar los más de 30 GW de proyectos fotovoltaicos que se tienen que instalar a 2030 para cumplir con los objetivos definidos por el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima” señala Jorge Barredo, presidente de UNEF.
UNEF alaba la iniciativa de concesión de la capacidad de acceso que se libere después del cierre de las centrales térmicas a tecnologías limpias en base a criterios medioambientales y sociales. “La fotovoltaica puede jugar un papel importante en aquellas zonas cuya economía está relacionada con los combustibles fósiles, al generar empleo local y cualificado, tanto en su vertiente de grandes proyectos, como en autoconsumo”, apunta Barredo.
Además, desde el sector fotovoltaico se espera que en el futuro inmediato se puedan regular las dos principales asignaturas que todavía quedan pendientes para asegurar un desarrollo estable y atraer las necesarias inversiones. Por un lado, el establecimiento de un mecanismo de subastas de energías renovables homologable internacionalmente, y por otro lado, la definición de un proceso de ordenación de la concesión de los puntos de acceso y conexión a la red eléctrica que sea transparente, para evitar posiciones dominantes.