La ministra de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Mapama), Isabel García Tejerina, en la inauguración, y el subdirector general de Silvicultura y Montes del mismo ministerio, José Manuel Jaquotot, en la clausura el viernes del Congreso Forestal Español, volvieron a presentar el plan de actuación forestal. Este portal recordó que Esperanza Orellana, directora general de Desarrollo Rural y Política Forestal, anunció que estaría a finales de mayo.
Fuentes del Mapama nos dijeron que se retrasaría unos días, pero terminó otro mes, junio, con el plan vuelto a presentar y sin aprobar. El ministerio no ha respondido ya a nuestros últimos correos y el sector se desespera, porque entiende que serviría para promocionar y relanzar productos forestales como los biocombustibles sólidos y establecer medidas fiscales ventajosas.
Sin bioenergía en la subasta y en los vehículos alternativos
Mientras, el Gobierno manda escasas señales esperanzadoras al sector. Cuando hace quince días el Consejo de Ministros anunció la aprobación de “medidas para avanzar en la transición energética” solo se atisbaron buenas señales desde el real decreto que regula la “concesión directa de subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono”.
La anunciada nueva subasta de potencia renovable para instalaciones de producción de electricidad está reservada solo para eólica y fotovoltaica. Tampoco el real decreto que regula la concesión directa de ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas y para la implantación de puntos de recarga de vehículos eléctricos (Plan MOVEA 2017) dedica ni una palabra a los biobombutibles, sean líquidos o gaseosos, como el biometano.
Biomasa para municipios de menos de 20.000 habitantes
El presupuesto para subvenciones a instalaciones térmicas asciende a 336 millones de euros y se concederán por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) en el marco del programa operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional de crecimiento sostenible 2014-2020. Podrán ser beneficiarios los municipios o agrupaciones de municipios cuya población sea inferior a 20.000 habitantes, así como Ceuta y Melilla.
Dos de las líneas de estas subvenciones están relacionadas con la bioenergía. Las instalaciones para uso térmico de la biomasa incluyen la descarga, movimiento y almacenamiento del combustible; la combustión e intercambio entre los gases y el fluido portador de calor y sistemas de generación de frío y de reducción de emisiones al aire; la distribución del calor a los distintos puntos de consumo mediante redes de tuberías aisladas; y la adaptación de la sala de máquinas existente a la nueva instalación, incorporando depósitos de inercia, intercambiadores, bombas, colectores, etcétera, que se precise.
Subvenciones para instalaciones de más de 40 kilovatios
También se aclara que la potencia térmica nominal de generación de calor o frío individual de cada instalación debe ser superior a 40 kilovatios. En el caso de las estufas, se admiten equipos inferiores, “siempre y cuando el sumatorio de las potencias instaladas incluidas en la solicitud supere los 40 kilovatios”. Las estufas deberán estar diseñadas para el uso de pélets y/o hueso de aceituna. La inversión elegible mínima es de 50.000 euros y la máxima de cuatro millones.
La otra línea subvencionable incluye redes de distribución de fluidos térmicos, instalaciones de producción de frío y equipos de depuración de gases asociados al uso térmico de biomasa, biogás, combustibles derivados de residuos (CDR) o combustibles sólidos recuperados (CSR). Abarca tanto acciones complementarias como instalaciones existentes.
Redes de calor y/o frío
En este caso las actuaciones subvencionables incluyen equipos de reducción de emisiones al aire; distribución de calor y/o frío mediante nuevas redes de tuberías aisladas o su ampliación, y adaptación de las salas de máquinas existentes incorporando los intercambiadores, sistemas hidráulicos y demás elementos y obras necesarias; y equipos de producción de frío a partir de calor, tales como máquinas de absorción, ampliando el número de horas de utilización anual del generador de calor.
Como en la anterior línea asociada a la biomasa, la potencia térmica nominal de generación de calor o frío individual de cada equipo debe ser superior a 40 kilovatios. “Podrán utilizar como fluidos caloportadores agua, aire o vapor saturado” y “no se consideran elegibles instalaciones de coincineración”. La potencia térmica nominal de generación de calor de la instalación debe ser inferior a 30 megavatios.
Se recalca que “en el caso de que el proyecto se refiera a aplicación térmica de CDR/CSR se considerará elegible siempre que exista un cien por cien de contenido renovable”. Se incluyen, entre otros, podas, maderas de recuperación, lodos de depuradoras y combustibles procesados a partir de la fracción orgánica de la fracción resto. Aquí también la inversión mínima es de 50.000 eruos y la máxima de cuatro millones.