A falta de conocer el contenido completo de la circular de la CNE hay un aspecto que llama la atención. La actual directiva sobre renovables exige una reducción de, al menos, un 35% de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) con respecto a los combustibles fósiles hasta 2017, y del 50% a partir de 2018. Sin embargo, en la nueva propuesta de la Comisión Europea el porcentaje sube al 60% para los biocarburantes y biolíquidos producidos en instalaciones nuevas (que han comenzado a operar en julio de 2012). Aunque, debido al escenario de crisis en el sector, serán pocos los productores que se encuentren en esta situación, falta por ver cómo les afectará el resto de medidas propuestas por la CE: limitar al 5% los biocarburantes de cultivos en el objetivo de 2020 e incluir los GEI procedentes del cambio indirecto del uso de tierras (ILUC en inglés).
De momento, el Consejo de la CNE ha aprobado, en desarrollo del real decreto 1597/2011 (que traspone la actual directiva europea), una circular sobre la gestión del mecanismo de fomento del uso de biocarburantes para incorporar los aspectos de carácter operativo del sistema nacional de verificación de su sostenibilidad. Según dicha circular, a partir del 1 de enero de 2013, sólo los biocarburantes que no procedan de tierras con alto valor en cuanto a la biodiversidad o con altas reservas de carbono y garanticen la reducción mínima de emisiones de GEI expresadas podrán computar para el cumplimiento de los objetivos obligatorios de incorporación de carburantes renovables en el transporte.
Reglas para asegurar la trazabilidad de los biocarburantes tras su almacenamiento
A finales de julio, la CNE ya aprobó un borrador de circular en el mismo sentido, donde ofrecía las primeras claves de lo ahora corroborado. Reconoce que la verificación de la sostenibilidad implica la introducción de modificaciones en muchos aspectos del vigente sistema de certificación de biocarburantes que ya gestiona esta entidad, y destaca algunas novedades. La primera es que “la información de ventas de biocarburantes se deberá facilitar desagregada por partidas con iguales características de sostenibilidad”. Igualmente, “se incorporan reglas para realizar un balance de masa en cada emplazamiento para verificar el cumplimiento de los requisitos de sostenibilidad”.
Otra de las novedades es la introducción de reglas que “aseguran la trazabilidad de las características de los biocarburantes cuando salen de las instalaciones de almacenamiento”. Por último, también resaltan que “para cada agente económico se definen modelos de declaraciones responsables con el doble objetivo de constatar que se ha aplicado correctamente el balance de masa en cada emplazamiento e incorporar la información necesaria para que cada agente pueda emitir su declaración a lo largo de la cadena de suministro”.