El autoconsumo está de moda. La próxima aprobación de un Real Decreto para la conexión de instalaciones de pequeña potencia le ha dado el espaldarazo definitivo, porque establece un plazo de seis meses desde su promulgación para elaborar la regulación que nos permita producir y consumir nuestra propia electricidad, al igual que ya hacen alemanes, italianos o belgas. Han bastado menos de dos años desde que ASIF presentase el informe Acercándonos a la paridad de red, elaborado por KPMG, para que el autoconsumo haya pasado del debate especializado a ser tema de jornadas divulgativas y artículos de prensa. Ya lo contempla la planificación (el borrador-resumen del Plan de Energías Renovables destina 38 millones de euros a impulsarlo) y hasta el Congreso ha aprobado una laudatoria Proposición no de Ley sobre generación distribuida y autoconsumo con la unanimidad de los 333 diputados presentes.
Uno, escéptico por naturaleza, llevaba tiempo esperando las primeras zancadillas serias para el autoconsumo, totalmente convencido de que las eléctricas no iban a consentir que el Gobierno nos permitiera a los consumidores dejar de comprarles su producto sin hacer nada para evitarlo. Y hete aquí que las zancadillas empiezan a aparecer por el lado técnico del asunto; era previsible, porque no hay muchos argumentos para justificar que no te dejen generar tu propia luz cuando te salga más barato que adquirirla.
Para regular el autoconsumo, el Gobierno ha optado por un mecanismo de balance neto –el net metering aplicado en EE UU–, que compensa los saldos entre la energía producida por la instalación y la energía consumida por el usuario de la instalación. El caso ideal es que se autoconsuman todos los kWh que se puedan y que, por cada kWh excedentario –no consumido e inyectado a la red– se tenga derecho a no pagar otro kWh adquirido de la red cuando se desee consumir y la instalación no esté produciendo.
Para la aplicación del balance neto con renovables intermitentes como la fotovoltaica o la mineólica es muy importante el tratamiento de la energía excedentaria, ya que el perfil de producción no suele coincidir con el perfil de consumo. La clave está en el plazo durante el cual se tenga derecho a ejercer la compensación entre los kWh excedentarios y los kWh gratuitos que se obtienen a cambio; un año es razonable, puesto que con ello se puede, por ejemplo, compensar en invierno los kWh que mis paneles solares inyectan a la red cuando me voy de vacaciones en verano.
Pues bien, el borrador de Real Decreto de conexión de instalaciones de pequeña potencia indica que la compensación entre la electricidad producida y la consumida se establecerá “en las condiciones y períodos horarios que se determinen”, y ya se oye por ahí que eso supone que la compensación se tiene que hacer hora a hora, y que los kWh excedentarios deben cobrar el precio de casación del Mercado de la Electricidad o Pool.
Cualquiera que tenga a mano un recibo puede comprobar que al consumidor final la electricidad no se la cobran al precio del Pool. Pero, de todos modos, la principal razón para aplicar ese esquema de compensación, hora a hora, es que condena a las instalaciones renovables de autoconsumo a tener un tamaño muy pequeño, para que se minimice su energía excedentaria, porque el precio del Pool no les compensará hasta dentro de unos cuantos años.
Que el balance neto se regule “en las condiciones y períodos horarios que se determinen”, no debe significar que se aplique hora a hora, sino que se tengan en cuenta las diferencias de precio de la electricidad en las distintas franjas horarias, los costes fijos del sistema –como las redes–, y los impuestos. ¡No al balance neto hora a hora!