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Los Ingenieros Industriales de Madrid alertan sobre las pérdidas de proyectos termoeléctricos por el RD 6/2009

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El Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid (COIIM) y la Asociación de Ingenieros Industriales de Madrid (AIIM) han expresado públicamente los perjuicios que, a su juicio, provocará en la generación solar termoeléctrica el Real Decreto 6/2009. Un cambio legislativo publicado el pasado 7 de mayo por el gobierno.


Los ingenieros industriales aseguran que el RD 6/2009 “pone de manifiesto una vez más que los cambios en la legislación española en materia de generación eléctrica a partir de fuentes renovables provocan que los grupos inversores y los agentes financieros nacionales e internacionales se expongan a continuos vaivenes con consecuencias sobre la evolución de un sector puntero para la economía española. Esta vez le ha tocado el turno a la generación solar termoeléctrica, a la que afecta de forma especialmente negativa el cambio de criterio introducido en dicho RD en cuanto a los requisitos y plazos para que las plantas puedan acogerse al régimen económico previsto en el RD 661/2007”.

La Comisión de Energía del COIIM recuerda que el RD 661/2007 señalaba que una vez que se alcanzara el 85% del objetivo establecido, 500 MWe para la solar termoeléctrica, se fijaría un plazo máximo durante el cual aquellas instalaciones que fueran inscritas tendrían derecho a cobrar la misma prima estipulada para ese cupo de potencia, y que ese plazo no podía ser inferior a doce meses. El nuevo RD 6/2009, sin embargo, da un plazo de 30 días para justificar determinados requisitos para incluirlas en un Registro de Per-asignación de Retribución. Por ejemplo, tener acuerdos de compra firmados por al menos 50% del valor de los equipos.

Proyectos suspendidos o abandonados
Lo que sucederá, asegura COIIM, es que si se superan los 500 MWe de cupo, lo cual es más que probable, todas las plantas en proyecto que no hayan podido cumplir en 30 días los requisitos del RD 6/2009 no tendrán derecho a la retribución vigente y quedarán a la espera de otro marco económico cuya fecha y condiciones no han sido determinadas. Una vez superados los 500 MWe, también podrán tener problemas las plantas que hayan cumplido los requisitos, ya que la nueva norma establece la posibilidad de imponer restricciones de ejecución y puesta en marcha, sin plazo definido.

El análisis realizado por los ingenieros industriales estima que “con este cambio legislativo, de todos los proyectos iniciados en España de plantas solares  termoeléctricas de 50 MWe (del orden de 60 proyectos), que contaban con poder ponerse en marcha en los plazos establecidos en el R.D. 661/2007 (con el margen de 1 año establecido a partir del cumplimiento del 85%) y acogerse al régimen económico previsto en el mismo de acuerdo con su programa de ejecución, unos quedarán en suspenso a la espera del permiso de ejecución y otros deberán ser suspendidos o abandonados, sin ningún marco retributivo al que acogerse”.

Menos improvisación
“Es probable” -explica COIIM- “que el establecimiento de un régimen económico poco estudiado y demasiado favorable para la generación solar termoeléctrica en el R.D. 661/2007 haya dado lugar a una burbuja de proyectos solares termoeléctricos, que, en combinación con la crisis económica, el déficit tarifario y la bajada de la demanda eléctrica, haya obligado a adoptar medidas como éstas, como dice el R.D. 6/2009, de extraordinaria y urgente necesidad, para proteger a los consumidores y garantizar la sostenibilidad económica del sistema eléctrico”.

Por todo ello, la Comisión de Energía del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid considera que en el futuro habría que recurrir a procedimientos más elaborados, independientes y debidamente contrastados para establecer y adecuar progresivamente las primas a la generación renovable, en función de los objetivos previstos para cada fuente o tecnología y de su grado de cumplimiento. De esta manera, se evitarían bruscas alteraciones de los planes de negocio de las empresas y el impacto que el establecimiento de los valores de las primas tiene sobre el desarrollo de la industria española y sobre los costes medios de la electricidad.

Ante el frenazo que supondrá el RD 6/2009 sobre las plantas comerciales de energía solar termoeléctrica, el COIIM propone que ese impacto se compense con mayores inversiones en I+D de nuevas tecnologías aplicables a ese campo, que presenta múltiples alternativas en cuando a sistemas de captación, almacenamiento, hibridación y bloques de potencia.

Más información:
prensa@coiim.es
www.coiim.es

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