El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco), ha aprobado hoy el Real Decreto por el que se aprueba la concesión de estas ayudas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). El destino de los fondos –150 millones de euros ampliables– serán las comunidades y ciudades autónomas, que deberán, a su vez, efectuar las correspondientes convocatorias para la concesión de ayudas.
La finalidad de las subvenciones es fomentar el despliegue de fuentes de energía renovable térmicas en sectores productivos como el industrial, el agropecuario, el de servicios, pero también en establecimientos e infraestructuras del sector público, así como actuaciones que acometan empresas en modalidad de servicios energéticos en el sector residencial, de forma que contribuyan al proceso de descarbonización de la economía y, en el caso de las empresas, consoliden su competitividad en el mercado.
Dos programas de incentivos
Las ayudas se ejecutarán a través de dos programas de incentivos: el primero, dirigido a sectores de la economía; y el segundo, al sector público, y permitirán la puesta en marcha de instalaciones de energía solar térmica, geotermia, energía ambiente (aerotermia e hidrotermia), biomasa o microrredes de calor y frío de menos de 1 MW de potencia.
Entre las actuaciones subvencionables se encuentran aplicaciones para la producción de frío y/o calor en edificios (agua caliente sanitaria y climatización) o en procesos industriales (limpieza, secado, baños térmicos para tratamiento de superficies, servicios de lavandería, lavado de vehículos, pasteurización y conservación de productos perecederos, climatización de naves de uso industrial, ganado e invernaderos, etc).
Entre los costes subvencionables se incluyen, entre otros, la inversión en equipos y materiales, los costes de ejecución de las obras o los sistemas de control y monitorización tanto de la producción como de la demanda de energía térmica, así como obras civiles necesarias para la ejecución de los proyectos.
La ayuda otorgada cubrirá el 70% de estos costes en el sector público y hasta el 45% en el caso de pequeñas empresas; y en ambos ámbitos se incrementará en un 5% en zonas de reto demográfico: municipios de hasta 5.000 habitantes y municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes con núcleos de población de menos de 5.000 habitantes.
Dado el carácter incentivador del programa, solo se admitirán actuaciones iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda o de su publicación en el BOE, cuando se trate del sector público.
Reparto de los fondos
Las ayudas, que se otorgarán en régimen de concurrencia simple, estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023 y serán gestionadas por las comunidades y ciudades autónomas. Inicialmente se repartirán 150 millones de euros en base a criterios objetivos como el peso de los sectores en cada Comunidad Autónoma, mientras que el presupuesto restante quedará para ampliaciones en función de la ejecución de los fondos iniciales.
El reparto territorial es el siguiente: