O no, siempre depende de su condición. De todas formas, cualquier persona que ostenta cargos públicos ha de responder a su entorno. De hecho, podríamos pensar que la esencia de su trabajo parece consistir en ello, si lo juzgamos por la realidad mediática del día a día.
Alberto Nadal respondía el viernes pasado a la denuncia que elaboramos sobre su prevaricación en el dossier de los estándares de la Orden IET/1045/2014, concretamente en relación con los informes que a Boston Consulting Group y Roland Berger Strategy Consultants. Dijo que la denuncia presentada por la Plataforma por un Nuevo Modelo Energético y la Fundación Renovables era sólo para hacer ruido.
Pues nuestro querido Sr. Secretario de Estado de Energía sabe muy bien de qué habla cuando dice esto, porque es justo lo que hizo cuando envió con mucho bombo en fechas veraniegas del 2013 un tocho indigerible de normas por vía urgentísima sin realmente tener mucha prisa. Un casi insoportable ruido de fondo parecía tener también el expediente administrativo que nos hizo llegar después de insistir tanto en el Tribunal Supremo en los autos que llevamos para APPA: más del 99% del expediente consistía en documentos sin relevancia, vamos, ruido de fondo.
No tenemos la misma condición que el Sr. Nadal, y la finalidad de nuestro trabajo no es hacer ruido, en absoluto, por muy desagradable que le suenen los hechos esgrimidos en el escrito a que se le hace referencia, a él o incluso a cualquier ciudadano que lo lea. No perdemos de vista que el Sr. Nadal está actuando como autoridad pública, en representación de los intereses de todos nosotros. Estamos defendiendo los intereses legítimos en general y también en particular cuando hablamos de ciudadanos que se han atrevido a aventurarse en este sector ahora regulado por el sujeto de nuestra denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción.
En este sentido ya estamos trabajando en estos momentos en otra vertiente que nace de los mismos hechos, que es la reclamación por responsabilidad patrimonial del Estado. Esta vía tiene como objetivo el resarcimiento de los daños sufridos por estos ciudadanos, en concreto aquellos que se han animado a participar en la consecución de los objetivos europeos de consumo final de energía eléctrica producida con fuentes renovables. No tienen más obligación que cualquier otro ciudadano de soportar los daños que se causa por una reforma que hipotéticamente tiene que beneficiar a la ciudadanía en su conjunto. Los objetivos renovables no son responsabilidad de ellos particularmente, sino del Estado en su conjunto. Lo digo aquí para resaltar que todos los actos públicos tienen sus efectos en los ciudadanos e interponer acciones judiciales no sólo es por reparación moral, viene acompañado de las acciones inevitables para los ciudadanos comprometidos con el sector de las energías renovables, si no se arruinan antes en su intento.
Esta vía no ha de confundirse con los otros litigios que llevamos para cuestionar la validez de estas normas que, ciertamente, son muy necesarios también, no en el último lugar para evitar que semejante debacle regulatoria se repita en el futuro. En el mismo sentido van las denuncias presentadas ante la Comisión Europea y la peticiones hechas en el Parlamento Europeo, ante su Comisión de Peticiones.
El plazo para iniciar esta reclamación finaliza el día 20 de junio de 2015, poco después de la fecha en la que se habrá entregado a la Fiscalía Anticorrupción la denuncia por prevaricación en el sector eléctrico con las firmas de todas las personas que se habrán adherido a su contenido. Me hace cierta gracia que el Sr. Nadal de inmediato hable de hacer ruido cuando podría por lo menos haber intentado dar una respuesta racional por su comportamiento en este expediente.