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PP, Vox, PNV y Junts votan en el Congreso para derogar el gravamen a empresas energéticas
 

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La idea inicial del Ministerio de Hacienda era prorrogar el gravamen que estaba vigente hasta el 31 de diciembre de este año, compromiso que adquirió con ERC, Bildu y BNG. Pero esa tasa quedó derogada con la entrada en vigor de una nueva tasa vía decreto en el último Consejo de Ministros del año para el ejercicio de 2025. Aitor Esteban, portavoz del PNV, ya dijo que por parte de su partido "el voto es no" al considerar que la tasa "rompe el principio de relaciones con las comunidades forales, tanto con la comunidad autónoma vasca como con Navarra", pues al ser un gravamen no está permitido que estas lo gestionen y recauden.
PP, Vox, PNV y Junts votan en el Congreso para derogar el gravamen a empresas energéticas  

El Partido Popular, Vox, el PNV y Junts sumarán sus votos este miércoles en el Pleno del Congreso para derogar el decreto ley que aprobó el Gobierno hace un mes para imponer un nuevo gravamen temporal sobre las empresas del sector energético en 2025. La idea inicial del Ministerio de Hacienda era prorrogar el gravamen que estaba vigente hasta el 31 de diciembre de este año, compromiso que adquirió con ERC, Bildu y BNG. Pero esa tasa quedó derogada con la entrada en vigor de una nueva tasa vía decreto en el último Consejo de Ministros del año para el ejercicio de 2025, tal como prometió a ERC, Bildu y BNG, que incluía una disposición a instancias del PP y apoyada por Vox, PNV y Junts para dejar sin efecto el gravamen que se aplicaba en 2024.

El nuevo gravamen incluye bonificaciones para las empresas que inviertan en actividades "esenciales" para la transición ecológica y la descarbonización y con el compromiso de convertirlo en un impuesto que puedan gestionar las haciendas forales. La idea del Gobierno con ese compromiso era convencer al PNV para que votara a favor, pero el portavoz de la formación en el Congreso, Aitor Esteban, ya dijo que por parte de su partido "el voto es no" al considerar que la tasa "rompe el principio de relaciones con las comunidades forales, tanto con la comunidad autónoma vasca como con Navarra", pues al ser un gravamen no está permitido que estas lo gestionen y recauden.

EH Bildu ha reprochado al PNV que el decreto incluya el compromiso del Gobierno para transformar la tasa en un impuesto, pero la formación nacionalista esgrime que esa promesa ya se incluyó en la norma que aprobaba la tasa para 2024 y eso todavía no ha sucedido. "Basta de vender mercancía de segunda mano y averiada como logro. El Decreto-ley de 2023 incluía un acuerdo con el PNV para convertir en impuesto y concertar el gravamen a las energéticas. No se hizo", sentenció recientemente la formación en un mensaje publicado en la red social X.

En lo que respecta a Podemos, que se ha mostrado beligerante con el Gobierno por este asunto, ha avisado de que su formación romperá las negociaciones sobre los Presupuestos con el PSOE si el Parlamento finalmente deroga el gravamen.

La principal novedad es la bonificación
La novedad principal respecto al impuesto anterior son las bonificaciones que podrán aplicarse las empresas si realizan inversiones estratégicas. En concreto, el impuesto a pagar y, en su caso, el pago anticipado del mismo, se minorará "en el importe de la dotación de una reserva indisponible para la realización de inversiones estratégicas", sin que la reserva indisponible dotada pueda generar más de una deducción en el gravamen temporal energético.

Dichas inversiones deberán formar parte de un plan de inversiones estratégicas para la transición ecológica y, para aplicarse la bonificación fiscal, las energéticas obligadas a pagar este gravamen podrán solicitar al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico un informe motivado sobre si las inversiones recogidas en el plan cumplen la consideración de inversiones estratégicas.

El Ministerio para la Transición Ecológica deberá notificar, en el plazo de tres meses desde la recepción de la solicitud, el correspondiente informe motivado. Dicho informe tendrá carácter vinculante para la Administración Tributaria. Transcurrido el plazo de tres meses sin que se haya producido notificación alguna, se entenderá que el silencio es negativo.

La reserva indisponible deberá ser dotada contablemente y se entenderá que el importe de las inversiones comprende el precio de adquisición o coste de producción de los elementos patrimoniales en que se materialice la reserva, con exclusión de los intereses e impuestos indirectos, sin que pueda resultar superior a su valor de mercado.

Esta reserva indisponible podrá ser dotada entre mañana, 25 de diciembre, y hasta el 20 de septiembre de 2025. Dicha reserva figurará en los balances de la energética obligada al pago o de la entidad de su grupo, fiscal o mercantil, que la haya dotado, con separación y título apropiado, y será indisponible durante el plazo en que deba mantenerse la materialización de las inversiones que financie.

Si el importe de la inversión es igual o inferior al impuesto a satisfacer, las empresas energéticas podrán deducirse el 10% de lo que inviertan, pero si inviertan más de la cuantía del gravamen que les tocaría pagar, la deducción puede alcanzar el 30%.

En todo caso, habrá un límite para la deducción, que será variable, pues dependerá de la proporción entre lo que se invierta y el importe del gravamen. Cuanto más se invierta, mayor será la deducción, pero como máximo, la bonificación final podrá llegar hasta el 60% de la cuantía del gravamen.

El importe de la reserva indisponible deberá materializarse en las inversiones estratégicas entro del plazo de aplicación del plan, y, en todo caso, deberán ser realizadas en el plazo de dos años desde la dotación contable de la reserva indisponible. Se entenderá producida la materialización de la reserva en el momento en el que los activos entren en funcionamiento.

La bonificación del gravamen energético será compatible con las deducciones que pudieran resultar de aplicación en el Impuesto sobre Sociedades.

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Carlos
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