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Las comercializadoras se postulan como "el aliado clave para el despegue de las comunidades energéticas"

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Hay más de 1.700 comunidades energéticas en Alemania; alrededor de 700 en Dinamarca; 500, en los Países Bajos; 400 en el Reino Unido. Más de 4.000 proyectos comunitarios proporcionan electricidad y otros servicios energéticos (calefacción, almacenamiento de energía, puntos de recarga para vehículo eléctrico) a decenas de miles ciudadanos de Australia, Estados Unidos y Europa. Las comercializadoras independientes españolas acaban de publicar un informe sobre comunidades energéticas en el que recogen esos números y en el que se postulan como "el candidato idóneo para actuar como promotoras de las comunidades energéticas".
Las comercializadoras se postulan como "el aliado clave para el despegue de las comunidades energéticas"

¿Qué es una comunidad energética? ¿En qué se diferencia de un autoconsumo colectivo? ¿Cuáles son las barreras que ahora mismo se encuentran las comunidades energéticas en España? ¿Barreras administrativas? ¿Financieras? ¿Cuáles son las soluciones, y/o las oportunidades de mejora? ¿Por qué las comercializadoras independientes se postulan como "idóneas" para actuar como promotoras de las comunidades energéticas? ¿Qué servicios ofrecerían a los ciudadanos integrados en esas comunidades? ¿Sabías que en Francia dos miembros de una misma comunidad energética pueden distar hasta 20 kilómetros? ¿Sabías que en España un particular solo puede asociar su consumo (autoconsumo) a una instalación solar que diste de su casa como mucho 500 metros? La Asociación de Comercializadores Independientes de Energía (ACIE) acaba de presentar el Estudio sobre la figura de las Comunidades Energéticas Locales, que ha elaborado la consultora PWC. El informe (1) aborda las cuestiones arriba reseñadas; (2) plantea las oportunidades y horizontes que las comunidades energéticas están abriéndole a la sociedad civil; (3) repasa una amplia panoplia de casos de éxito, de comunidades energéticas que ya están en marcha en Dinamarca, Estados Unidos o Portugal; y (4) postula a las comercializadoras como la piedra angular, "el aliado clave", del desarrollo de esta nueva figura -nuevo actor- del escenario energético.

Javier Bescós, presidente de ACIE: “las comercializadoras pueden ser el aliado clave para el despegue de las comunidades energéticas en nuestro país, pero es fundamental el desarrollo de un marco regulatorio y una hoja de ruta que incentive a todos los agentes implicados en la constitución de la comunidad”

ACIE reclama efectivamente en su estudio el desarrollo de un marco regulatorio que incentive a todos los agentes implicados en la constitución de las comunidades energéticas (las varias directivas europeas que recogen las figuras relacionadas con estas comunidades también defienden esos incentivos) y sostiene por otro lado en su informe que los comercializadores pueden desempeñar un rol fundamental como promotores de las comunidades energéticas intermediando entre los distintos agentes del escenario energético en el que van a tener que desenvolverse, solventando las limitaciones de conocimiento que hay en torno a ellas, gestionando los repartos de energía y la facturación e impulsando el escalado de las comunidades, entre otras cosas.

Energías Renovables extracta a continuación el informe que PWC ha elaborado para la Asociación de Comercializadores Independientes de Energía (ACIE).

Las comercializadoras se postulan como promotoras de las comunidades energéticas
• por su experiencia, las comercializadoras se definen como "el candidato idóneo para actuar como promotoras de las comunidades energéticas";

• el comercializador -asegura el estudio- es el único agente de mercado que puede reunir los conocimientos y la experiencia necesaria para poder ofrecer todos los servicios profesionales que requiere una comunidad energética;

• el comercializador es el único agente que puede desarrollar con éxito el estudio de todos los factores necesarios para configurar la comunidad y la toma de decisiones para ayudar a implantar las comunidades energéticas;

• por su capacidad de intermediación entre diferentes agentes, por su capilaridad y por su capacidad de captar nuevos miembros, el único agente que puede gestionar este tipo de estructuras es el comercializador;

Así, por sus capacidades y experiencia, las comercializadoras son presentadas en el estudio como "el candidato idóneo para actuar como promotor de las comunidades energéticas". El único agente que tiene la capacidad de gestionar la energía -recuerda ACIE- es el comercializador.

Dos directivas
Las comunidades energéticas se diferencian del autoconsumo colectivo en que sus miembros deben formar parte de una entidad jurídica. La comunidad energética es un concepto. Y dentro de ese concepto encajan dos figuras jurídicas: las comunidades ciudadanas de energía y las comunidades de energías renovables, dos figuras jurídicas que vienen del derecho europeo y que los estados miembros tienen que trasponer y desarrollar. Las directivas europeas que recogen esas dos figuras ordenan además, explícitamente, que las trasposiciones doten a estas comunidades de un marco jurídico favorable. ACIE considera indispensable la existencia de un promotor profesional de las comunidades energéticas, "entendido como un agente externo a la comunidad energética y conocedor del sector que ofrezca un catálogo de servicios". Ese perfil -considera la Asociación- sería además "una pieza clave en la consecución de la escalabilidad de este tipo de proyectos". Una de las posibilidades enunciada en el informe elaborado por PWC es que "se debería permitir que el promotor pueda participar en el capital social de la comunidad energética".

¿Qué puede hacer el comercializador como promotor de comunidades energéticas?
• Prestar servicios de asesoramiento en materia de sector energético y en materia de comunidades energéticas.

• Gestionar la comunidad energética: Front, Middle y BackOffice de la gestión de la energía.

• Colaborar en la captación de participantes / clientes y en la estructuración comercial de la comunidad energética.

• Gestionar el proyecto de ingeniería y la compra de activos.

• Buscar financiación.

• Gestionar y calcular los coeficientes de reparto a trasladar al distribuidor en función de los acuerdos de la comunidad energéticay el reparto de cargos / peajes.

• Participar en la agregación de la demanda y servicios asociados del sistema, al concentrar un mayor volumen de energía que una comunidad energética individual.

• El promotor, en función de sus capacidades y conocimiento del medio, podrá ofrecer por sí mismo los servicios indicados o facilitar la contratación con otros agentes que puedan proveerlos.

Actividades que puede realizar ese promotor
• Desarrollo greenfield: búsqueda de terrenos, obtención de los permisos administrativos e interconexiones. Gestión de la ingeniería, suministros y construcción.

• Operación y mantenimiento del activo; tareas de gestión de la energía (servicios de mercado y actividades de representación).

• Relación con los prestamistas (definición del plan de negocio, negociación de las condiciones, etcétera). Proporcionar financiación directa a las comunidades energéticas.

• Agregación de miembros de la comunidad energética. Tasa de gestión por actividad comercial y servicios de estructuración (por ejemplo, constitución de la entidad legal).

• Apoyo a las comunidades energéticas en la reventa de la electricidad directamente a los consumidores. Puede estructurarse mediante un PPA (corporativa o minorista), o directamente como pura venta minorista (al usuario final).

ACIE considera que la energía consumida por la comunidad siempre debe poder suministrarse por medio de una comercializadora y no ser competencia única de la comunidad energética, y añade que, "si se permite que las comunidades energéticas puedan vender electricidad se les debe exigir las mismas garantías y requisitos que a las comercializadoras".

Para que las comunidades energéticas proliferen, es imprescindible -sostiene la Asociación- que todas las partes involucradas tengan incentivos. "La regulación debe poner de manifiesto las ventajas de constituirse dentro de una comunidad energética para todos los agentes implicados: ciudadanos, empresas, comercializador, sector público".

Abanico de servicios que pueden ofrecer las comunidades energéticas
• Las comunidades energéticas proporcionan servicios energéticos varios: precios dinámicos y optimización del valor; puntos de recarga para vehículos eléctricos; mayor uso del almacenamiento distribuido y conectado a la red para equilibrar y gestionar la red; aumento de la eficiencia de la generación de energía renovable intermitente; otros servicios, como eficiencia y calefacción limpia.

• Las comunidades energéticas impulsan la gestión de la demanda: aprovechamiento de la flexibilidad de los clientes que ayuda a optimizar las redes de distribución, ajustando la oferta y la demanda; la demanda de los clientes se gestiona mediante precios y contratos de control directo; necesidad creciente de documentar la utilización, la intensidad y la eficiencia de la energía, ampliar la medición, la spervisión, los informes...; mayores opciones y control sobre el uso y los costes de la energía.

La generación distribuida le proporciona mayor flexibilidad a la red y mayor seguridad de suministro al usuario, gracias a la generación in situ.

Las barreras a las que se enfrentan las comunidades energéticas
• Barrera: regulación insuficiente
Aspectos como la gestión de la facturación y el reparto de energía no se encuentran suficientemente regulados.

Solución propuesta
Desarrollar y concretar las figuras de Comunidad de Energías Renovables y Comunidad Ciudadana de Energía en la regulación española, regular la metodología de reparto de energía, permitir la coexistencia de contratos de suministro con la comunidad y con la comercializadora, definir obligaciones de las comunidades energéticas en cuanto a seguridad y calidad de suministro, etcétera.

• Barrera: complejidad administrativa y dificultad para conseguir escalabilidad
La constitución, puesta en marcha y gestión de una comunidad energética es compleja y requiere de conociimento específico del sector energético y la regulación aplicable. Los trámites administrativos son tediosos y suelen demorarse en el tiempo, situación que se agrava normalmente con la falta de experiencia. Aspectos como la financiación, la provisión de los activos, la integración de todos los players y la gestión de los procesos BackOffice, MiddleOffice y FrontOffice necesitan de un alto nivel de expertise en el sector que generalmente no posee la persona interesada en formar parte de una comunidad energética.

Solución propuesta
Simplificar los trámites burocráticos y los sistemas de facturación, regular y ampliar la participación del agregador de la demanda y el promotor de comunidades energéticas, mejorar la colaboración público-privada y la contratación pública.

• Barrera: desarrollo parcial del modelo de negocio
Actualmente el nivel de desarrollo de los modelos de negocio asociados a la definición de comunidad energética es limitado (configuración, servicios ofrecidos, etcétera), no se ha alcanzado el mismo nivel de desarrollo de otros países donde la regulación es más concreta. La falta de regulación hace más difícil el establecer modelos de negocios viables y que cumplan con las futuras regulaciones aplicables. Es necesario que la regulación se desarrolle en paralelo con los modelos de negocio.

Solución propuesta
Permitir la reventa de energía entre miembros de la comunidad o a consumidores vulnerables, ayudas públicas al desarrollo de comunidades energéticas, reducción de los peajes, incentivos fiscales, etcétera, permitir la existencia de modelos de negocio alternativos a las comunidades de energías renovables o comunidades ciudadanas de energía, permitir la aparición de promotores en los modelos de negocio de las comunidades energéticas.

En resumen, y, según el informe de ACIE, los factores clave de éxito (ecosistema favorable) para el desarrollo de las comunidades energéticas son un marco político y regulatorio facilitador (que genere atractivo para todos los agentes implicados en la constitución de la comunidad); unos procesos administrativos simplificados; un fácil acceso a la financiación;  y el desarrollo de capacidades dentro de la comunidad.

Oportunidades de mejora ante una regulación insuficiente
• Es necesario que se recojan las dos definiciones de comunidad de energías renovables y comunidad ciudadana de energía (ahora definidas en sendas directivas europeas) en la regulación española (aún no han sido traspuestas). Trasposición y desarrollo de esas figuras.

• Introducir coeficientes dinámicos de reparto de la electricidad: se podría exportar el modelo francés y permitir que se definna en función del consumo real y también de los acuerdos adoptados en la propia comunidad energética.

• Regular las redes cerradas: esclarecer si pueden darse en una comunidad energétia y establecer la regulación aplicable. Regular que las comunidades energéticas puedan gestionar y repartir los peajes de la comunidad si son redes cerradas físicas. Se debe promover que las redes cerradas sean el motor de la liberalización de las comunidades energéticas, que actúen en competencia y que necesariamente tengan que tener generación asociada.

• Ampliar la distancia máxima del autoconsumo colectivo: mientras que las comunidades energéticas no tienen ninguna limitación de distancia, las comunidades de energías renovables requieren que los miembros estén próximos a la generación. Para ampliar este epectro, podría aplicarse una reducción de los peajes en función de la distancia entre generación y consumo.

• Permitir dos contratos de suministro activos, para que parte del consumo se pueda obtener a través de la comunidad energética y el resto se obtenga en el mercado a través de la comercializadora.

• Regular la existencia de la figura del comercializador en las comunidades energéticas y las actividades que pueda desarrollar, impulsándole como socio indispensable en estos modelos de negocio.

• Establecer las obligaciones de las comunidades energéticas con el objetivo de asegurar que brinden altos niveles de seguridad y calidad de suministro a sus miembros: cumplir con requisitos necesarios para realizar las actividades operativas como la medición, protección de datos, interoperabilidad, etcétera.

Oportunidades de mejora ante la complejidad administrativa y la difícil consecución de la escalabilidad
• Permitir la participación de las empresas: que empresas de todo tipo puedan participar en el capital social.

• Simplificar los sistemas de facturación, para incluir el autoconsumo en la factura de manera sencilla y comprensible por el ciudadano.

• Regular y ampliar la participación de las comunidades energéticas en el mercado eléctrico. Permitir que la comunidad energética actúe como player en el mercado a través de un representante (el comercializador, agregador o promotor de la comunidad).

• En relación al punto anterior, facilitar que el promotor de comunidades energéticas pueda representar a las comunidades en el mercado eléctrico, siendo los comercializadores los agentes con mayores capacidades para desempeñar este papel. Podrían ser las figuras encargadas de gestionar la compraventa de energía entre prosumidores, de simplificar los trámites con el distribuidor, de gestionar la facturación y los repartos de peajes y cargos en la comunidad energética. Además, permitirían la participación de las comunidades energéticas en servicios de ajuste.

• Reducción de trabas administrativas y burocráticas para llevar a cabo los proyectos de creación de las comunidades energéticas. Es necesario definir nuevos mecanismos que hagan más fácil y ventajosa la constitución de comunidades energéticas para fomentar su desarrollo.

• Mejorar la colaboración público-privada y la contratación pública: flexibilizar y facilitar la contratación pública, por ejemplo la cesión de infraestructuras públicas por parte del ayuntamiento.

Oportunidades de mejora ante el desarrollo parcial de los modelos de negocio
• Permitir la reventa de energía entre miembros de la comunidad energética.

• Desarrollo de una guía que defina distintas posibilidades de configuración de las comunidades energéticas: para que los ciudadanos, ayuntamiento y otros organismos implicados entiendan el funcionamiento de una comunidad energética y el papel que pueden jugar en ella.

• Ayudas públicas al desarrollo de proyectos de despliegue de comunidades energéticas o creación de otras ventajas como reducción de los peajes, incentivos fiscales, etcétera.

• Que la regulación permita la existencia de otros tipos de comunidad energética o modelos de negocio alternativos que no estén incluidos en la definición de comunidad de energías renovables o comunidad ciudadana de energía y que no estén sujetas a dichas restricciones.

• Permitir la aparición de comercializadores en los modelos de negocio de las comunidades energéticas, que profesionalicen el desarrollo de la comunidades energéticas: que actúen como facilitadores y aporten expertise en las distintas fases (estructuración comercial, gestión y reparto de la energía, selección del proveedor tecnológico, etcétera). Los comercializadores deben ser los aliados de mercado necesarios para impulsar estos modelos de negocio.

• Pemitir nuevas estructuras basadas en el modelo de las comunidades energéticas que incluyan a empresas, formando comunidades energéticas industriales.

El Estudio sobre las figuras de las Comunidades Energéticas Locales concluye con casi una veintena de casos de éxito: comunidades energéticas de todos los colores. Las hay que distribuyen entre sus comuneros calefacción, agua caliente, electricidad, servicios de recarga para vehículo eléctrico, etcétera, etc. Las hay de geotermia, bioenergía, solar térmica, fotovoltaica, eólica. Las hay que cuentan con su propia red de distribución. Las hay en las que el coeficiente de reparto es dinámico. Las hay en Reino Unido, Dinamarca, Portugal, Estados Unidos...

Acerca de ACIE
Fundada en 1999, ACIE (Asociación de Comercializadores Independientes de Energía) representa desde entonces los intereses de los comercializadores independientes de energía eléctrica, y, desde enero de 2012, también los de los comercializadores independientes de gas natural. 

La Asociación declara así como su finalidad "la defensa y promoción de los intereses de las empresas comercializadoras de energía eléctrica y gas natural asociadas en el marco de un mercado liberalizado, promoviendo la competencia en los segmentos mayorista y minorista de energía eléctrica y gas natural, así como la igualdad de oportunidades en el acceso a la actividad de comercialización".

ACIE es miembro del Consejo Consultivo de Electricidad (CCE) y de Hidrocarburos (CCH) de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia como representante de los comercializadores. A través de dichos Consejos Consultivos participa activamente mediante aportaciones de todos los socios a las propuestas de modificación normativa. También es parte integrante del Comité de Agente del Mercado Eléctrico y Gasista (CAM).

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