El Gobierno PSOE-Unidas Podemos lleva muchos meses aprobando medidas -dice- para abaratar el precio de la luz. Entre ellas, las más sonoras han sido la reducción del 21 al 5% del IVA, la reducción del 5,1 al 0,5% del Impuesto Especial sobre la Electricidad; o la reducción del 7% al tipo cero (0%) del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica. Pero quizá la más sonora de todas ellas sea la de la excepción ibérica, que implica un límite, un tope, al precio del gas que es empleado en la generación de electricidad (el año pasado las centrales de ciclo combinado que queman gas para producir electricidad generaron en la España peninsular apenas el 15,2% de la electricidad). La excepción ibérica y/o el tope al gas está generando mucha polémica. La intoxicación informativa sobre el particular es cada vez más extraordinaria. El mecanismo, evidentemente, está abaratando el precio de la luz, pero el mensaje que están difundiendo las compañías eléctricas y muchos medios de comunicación es tan confuso que a estas alturas buena parte de la opinión pública cree que el tope, en vez de abaratar, lo que está haciendo es encarecer el precio de la luz. A continuación, los números que ha facilitado hoy el Ministerio.
En cuanto al rosario de medidas que el Gobierno ha ido aprobando a lo largo de los últimos meses, este es un resumen. El pasado 27 de junio, el Consejo de Ministros aprueba un Real Decreto-ley anticrisis que rebaja el IVA de la luz del 10% al 5% hasta el 31 de diciembre de 2022. Ello supone que España tiene desde el 1 de julio, cuando entró en vigor esta rebaja, el IVA de la electricidad más bajo de la UE. La reducción se suma a la llevada a cabo en junio de 2021, cuando el Gobierno redujo del 21% al 10% este gravamen. La intensificación de esta rebaja tributaria en junio del 22 se produce después de que entrara en vigor en abril de este año una nueva directiva europea sobre el IVA que permite aprobar esta medida.
La nueva bajada del IVA de la luz se produce en los mismos términos en los que estaba vigente. Es decir, afecta a los consumidores con una potencia contratada inferior o igual a 10 kW, siempre que el precio medio aritmético del mercado mayorista de la electricidad correspondiente al mes anterior al del último día del periodo de facturación haya superado los 45 euros por MWh.
Esta rebaja del IVA permite reducir la factura a 27,7 millones de hogares, autónomos y empresas. La práctica totalidad de hogares se beneficia de la disminución de este gravamen. El tipo del 5% en el IVA se aplica también al 72,5% de los contratos de suministro de electricidad de empresas y negocios (no domésticos).
El gravamen del 5% se aplicará también para los consumidores vulnerables severos y en riesgo de exclusión, con independencia de la potencia contratada o del precio de la electricidad, medida que beneficiará a más de 640.000 hogares.
Asimismo, el Gobierno ya rebajó el Impuesto Especial sobre la Electricidad en septiembre de 2021 de un tipo del 5,1% al 0,5%, y ya anunció en junio de este año que mantendrá este gravamen mínimo que permite la normativa de la Unión Europea hasta el 31 de diciembre de 2022.
El decreto también mantiene la suspensión durante todo 2022 del Impuesto del Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE), un tributo que grava con un 7% los ingresos obtenidos por la venta de la electricidad en el mercado mayorista y se repercute en el precio de dicho mercado y en la factura final.
[Abajo, a la derecha, precio de la factura media de agosto, "con" las medidas aprobadas a lo largo de los últimos meses por el Gobierno (incluida la del tope al precio del gas), y precio que hubiese habido "sin" esas medidas. Según el Gobierno, la rebaja es del 34%, desde los 148,89 euros hasta los 99,79]
Y, por fin, la excepción ibérica
¿Por qué hay una excepción ibérica? Por mor de la excepcionalmente baja conexión de la península con el continente: 2,8% (el nivel de interconexión se calcula comparando la potencia de intercambio durante todo el año contra la potencia instalada y se supone que al haber poca interconexión, hay poco mercado y el precio es más elevado). El caso es que Bruselas entiende en su momento el argumento de Pedro Sánchez y António Costa y reconoce esa excepcionalidad. Y la excepción ibérica fija, desde el 15 de junio concretamente, una senda de topes al precio del “gas natural para generación de electricidad”: cuarenta euros el megavatio hora (40 €/MWh) en los seis meses iniciales, y posteriormente, un incremento mensual de cinco euros megavatio hora (5 €/MWh), lo que dará lugar a un “límite de precio” de 70 €/ MWh en el duodécimo mes hasta la finalización de la medida.
La medida se aplicará hasta el 31 de mayo de 2023 a consumidores que estén en la Península Ibérica. No se aplica en las Islas Baleares, ni en las Islas Canarias ni en Ceuta y Melilla, salvo a los consumidores que hayan contratado el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (que es un precio regulado por el Gobierno). Los comercializadores que adquieren su energía en el mercado eléctrico se hacen cargo del coste del mecanismo de ajuste y lo trasladan a sus clientes. Eso sí, aquellos comercializadores que ya tuvieran firmados contratos de compra de energía a largo plazo o contratos con consumidores a precio fijo antes del 26 de abril de 2022, que no hayan sido renovados después de esa fecha, no tienen que contribuir a este mecanismo. En todo caso, conforme estos contratos a plazo vayan expirando, todos los comercializadores, contribuirán al mecanismo de ajuste.
La medida se financia también mediante una parte de las denominadas rentas de congestión (es decir, las rentas obtenidas por el gestor de la red de transporte español como resultado del comercio transfronterizo de electricidad entre Francia y España). El pago diario se calcula como “la diferencia de precio entre el precio de mercado del gas natural y un límite máximo del precio del gas fijado en una media de 48,8 e/MWh durante el período de vigencia de la medida”.