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La Fundación Renovables recibe "con satisfacción" el Real Decreto-ley de los 12 años

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El Real Decreto-ley 17/2019 establece que se mantendrá durante los próximos 12 años la tasa de rentabilidad que fijó el Gobierno para el denominado primer periodo regulatorio, es decir, que los productores de energía renovable seguirán cobrando lo que venían cobrando por kilovatio hora producido hasta el año 2030. El Ejecutivo disipa así la incertidumbre que rodeaba hasta ahora al sector, que temía que esa tasa (denominada de rentabilidad razonable) fuese reducida.
La Fundación Renovables recibe "con satisfacción" el Real Decreto-ley de los 12 años

La Fundación Renovables ha difundido hoy un comunicado en el que señala que ha recibido "con satisfacción" la aprobación del Real Decreto Ley 17/2019, por el que se regula un nuevo sistema de retribución a las instalaciones de energía renovable para los próximos 12 años. Según la Fundación, este RDL "supone un gran paso para garantizar y otorgar estabilidad y seguridad jurídica a los propietarios de instalaciones de generación renovable, además de construir una base para la confianza de los futuros inversores, tan necesarias para cumplir con los objetivos planteados en el borrador del Plan Nacional Integrado (PNI) de Energía y Clima 2021-2030 y abordar los objetivos de incremento de renovables a 2030 y 2050, señalados por la Unión Europea". Esta norma, considera clave por el sector, era esperada desde hace tiempo, pero se había ido postergando por culpa de las sucesivas convocatorias electorales. "Aun así -apuntan desde la Fundación-, reconocemos el esfuerzo realizado por el Ministerio para la Transición Ecológica en funciones para sacarlo adelante ante la necesidad de seguir fomentando las renovables y conseguir una economía descarbonizada".

La Fundación explica
«El primer cambio contemplado en el RDL fija la retribución a las plantas de generación de energía renovable para los próximos dos periodos de 6 años en el 7,09% para plantas instaladas a partir de 2013, entrando la tasa en vigor el próximo 1 de enero de 2020 y manteniéndose en el 7,39% para las del periodo anterior. Además, para apuntalar la tan demandada transición energética justa, cuando se proceda al cierre de instalaciones de energía térmica de carbón o termonuclear, el RDL podrá regular procedimientos para la concesión de la totalidad o de parte de la capacidad de acceso de evacuación de los nudos de la red afectados por dichos cierres a las nuevas instalaciones de generación a partir de fuentes de energía renovables.

El RDL tiene como objetivo prioritario evitar nuevas reclamaciones ante cortes internacionales, donde ya existen litigios pendientes desde 2010 a causa de la abrupta reducción de la retribución a las renovables, que supuso, además, una pérdida de seguridad jurídica de todos los procesos sobre los que se apoyaba este desarrollo. Para acogerse a esta nueva medida se debe renunciar a proseguir con ellos. Todo un acierto, puesto que desde la Fundación Renovables defendemos como factores esenciales, ampliamente requeridos por el perjudicado sector fotovoltaico, la estabilidad regulatoria y retributiva a largo plazo. Esto supone una salida tardía tras la tan inexplicable como incoherente política energética realizada a partir de 2010, suponiendo un mínimo bálsamo ante la inseguridad e inviabilidad originadas por el RDL 14/2010 primero y, sobre todo, por el RDL 9/2013 y sus normas de desarrollo, después».

En todo caso, y pese a este "gran primer paso", la Fundación recuerda en su comunicado de hoy que "todavía faltan normas clave para seguir apostando decididamente por las instalaciones de generación renovable, como son el calendario de nuevas subastas de renovables, el Estatuto del Consumidor Electro intensivo y los concursos para adjudicar la conexión de red de las centrales eléctricas que se cierren a proyectos de renovables".

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