El Consejo de Ministros acordó el pasado mes de enero el restablecimiento de la Comisión Nacional de la Energía (CNE), un órgano que fue suprimido por el Gobierno de Mariano Rajoy en el año 2013, y que ha sido resucitado por el Ejecutivo de Pedro Sánchez. Ahora, el objetivo del Gobierno es que, a partir de ahora, la nueva CNE, incluya entre sus objetivos la "descarbonización de la economía española", aparte de desempeñar, como en su anterior etapa, labores de regulación y supervisión del mercado.
Pues bien, la futura CNE -el organismo supervisor de los mercados energéticos-, además de este loable objetivo verde, volverá a tener las funciones que ya desempeñó entre los años 1995 y 2013, momento en que se integró en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, con los demás reguladores sectoriales. En concreto, su misión fundamental es la de "velar por la libre competencia y el correcto funcionamiento del mercado desde la eficiencia económica".
Además, contará con funciones de carácter externo sobre sectores económicos o actividades determinadas, "con autonomía orgánica y funcional, y plena independencia del Gobierno" -aseguran desde el Miteco, aunque estará adscrita a dicho ministerio-, así como de las Administraciones Públicas y del mercado.
Asimismo, estará sometida al control parlamentario y judicial. También tendrá funciones de supervisión y control de los mercados eléctrico, de hidrocarburos líquidos, de gas natural, y de hidrógeno verde y otros gases renovables, y ejercerá las funciones de inspección y sanción, así como de arbitraje, información, atención y tramitación de las reclamaciones planteadas por agentes y consumidores. Igualmente, liquidará los peajes, cargos, precios, cánones y retribuciones reguladas de los sectores a su cargo.
Informe de la CNMC
La CNMC recoge en su informe que uno de los aspectos susceptibles de mejora se refiere a la estructura organizativa del regulador. "El anteproyecto establece unidades y les asigna funciones. Sin embargo, la fijación de una estructura detallada en una norma con rango ley impide la evolución y adaptación a un contexto de mercados energéticos dinámico y cambiante", señalan. En su lugar, desde la CNMC indican que "cabría acudir a fórmulas amplias y relaciones no exhaustivas o limitativas, así como evitar la identificación de unidades concretas".
Además, tampoco se habilitan en el anteproyecto "mecanismos que permitan su modificación por normas de inferior rango", lo que a su parecer "se aleja del modelo de otros reguladores similares, como la CNMV, cuya ley de creación remite al Reglamento de Régimen Interior que aprueba su propio Consejo la estructura orgánica del organismo, sin contemplar una estructura inicial".
Además, según el anteproyecto, la CNE se nutrirá principalmente de las asignaciones que se establezcan anualmente con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, "siendo su presupuesto de carácter limitativo y vinculante al nivel de especificación establecido por la legislación presupuestaria para los organismos autónomos", subraya la CNMC.
A su vez, el régimen de variaciones y de vinculación de los créditos será el que se establezca en el Estatuto Orgánico, "escapando su establecimiento a la CNE". Por ello, consideran necesario "dotar a la CNE de un régimen presupuestario de carácter estimativo, en línea con el propio de otras Autoridades de idéntica naturaleza". Además, esto va en línea con "las Directivas de la UE, que exigen que el regulador energético cuente con recursos financieros suficientes para desempeñar sus competencias de manera eficaz y eficiente, así como con autonomía en la ejecución del presupuesto asignado". Por ello, la CNMC propone recuperar el sistema de financiación a través de tasas establecido para la extinta CNE.
Funciones del regulador
En cuanto a las funciones del regulador, el informe de la CNMC fórmula distintas propuestas de mejora técnica y comentarios sobre funciones de carácter general y específicas. Entre estas últimas, ciertas observaciones se refieren a aquellas funciones que el regulador energético venía ejerciendo de forma transitoria. Entre ellas, figura la de "incoación e instrucción de los expedientes sancionadores que deba resolver la Administración General del Estado".
Desde la CNMC, consideran que esta función "debería suprimirse", pues "no se corresponde con una Administración Independiente el que se hayan de tramitar los expedientes que resuelve otra Administración diferente". Por lo que respecta a las tomas de participación, "el anteproyecto contempla que la CNE formule una propuesta al Ministerio". Esa intervención "no parece idónea", por lo que la CNMC propone en su infome que sea sustituída "por la emisión de un informe preceptivo desde el ámbito competencial propio del regulador, tal y como estaba previsto en la disposición adicional novena una vez que esta función fuera traspasada al Ministerio".
Un voto particular
El organismo presidido por Cani Fernández ha dado su visto bueno con una amplia mayoría, aunque con un voto particular en contra, el del consejero Carlos Aguilar, vinculado a Unidas Podemos. Entre otras cuestiones, Aguilar ha señalado que "la inexistencia de un régimen transitorio en la nueva norma permitiría modificar la composición de los miembros del organismo regulador independiente y privaría a los actuales miembros del consejo que continúen siendo de la CNMC, de la posibilidad de ejercer las funciones que tienen atribuidas en materia de supervisión y control en el sector eléctrico y en el sector del gas natural durante la totalidad de su mandato" ( 6 años desde su nombramiento), lo que a su parecer supone "un riesgo para las garantías de independencia".
Sin embargo, las observaciones de Aguilar, no han cambiado el sentido de la votación. Cabe recordar que tras obtener en 2020 el aval concedido por la Comisión de Asuntos Económicos del Congreso de los Diputados para su nombramiento como consejero de la CNMC, Aguilar dijo que "no era ningún experto en tema de Competencia", pero que su nombramiento obedecía "a tener una comisión más plural".
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