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Política energética

La Circular de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución enfila la recta final

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha anunciado hoy el envío al Consejo de Estado de la Circular 4/2020 por la que se establece la metodología y condiciones del acceso y de la conexión a las redes de transporte y distribución de las instalaciones de producción de energía eléctrica. Las solicitudes de acceso y conexión que han llegado a lo largo de los últimos meses a Red Eléctrica de España, que es el operador del sistema eléctrico nacional, superan con mucho la capacidad de la red.
La Circular de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución enfila la recta final

Las solicitudes acumuladas -explica en un comunicado la CNMC- han saturado los nudos de las redes allí donde existen abundantes recursos eólico y solar. Más aún -añaden desde la Comisión-, incluso han llegado ya a sobrepasar los objetivos, a diez años vista, de integración de las energías renovables establecidos en el Plan Nacional de Energía y Clima 2021-2030. A saber: ese plan establece como Objetivo 2030 que en España haya entonces 160.837 megavatios de potencia instalados. Ahora mismo hay 110.226 megas en total (potencia de generación repartida en centrales nucleares, térmicas de carbón, petróleo y gas, parques fotovoltaicos y eólicos, instalaciones hidroeléctricas y termosolares, etcétera, etcétera). Pues bien, los 50.000 megavatios que el Gobierno quiere se sumen al mix de generación a lo largo de los próximos diez años deben ser todos renovables (50.000 megas a instalar en 10 años). ¿Y qué ocurre? Pues que Red Eléctrica de España (REE), que es la entidad-semáforo que da luz verde o no a las solicitudes de acceso y conexión, ya tiene registradas (a día de hoy) solicitudes de potencia renovable que quiere conectarse a la red por valor de 170.000 megavatios, es decir, mucho, mucho más de lo que persigue como Objetivo 2030 el Gobierno (más aún, REE ya le ha denegado la solicitud a otros 90.000 megas que pedían paso, o sea, que la saturación ha alcanzado el paroxismo, como ya adelantó ER allá por el mes de julio del año pasado).

En fin, que "por este motivo -apuntan desde la CNMC-, resulta prioritario establecer criterios objetivos para ordenar dichas solicitudes y evaluar la verosimilitud de su efectiva ejecución y puesta en marcha". Y, así, la Circular cuya remisión al Consejo de Estado acaba de anunciar la CNMC tiene por objeto "simplificar, poner al día e integrar en una norma los procedimientos, plazos y criterios empleados para evaluar la capacidad de acceso y la viabilidad de conexión de las instalaciones de producción". Para ello, la Circular establece lo que la Comisión denomina "un orden de prelación inequívoco en la tramitación de las solicitudes y previene que con carácter general puedan perpetuarse los permisos concedidos más allá de la vida útil de las instalaciones". Asimismo, la CNMC asegura que esta Circular "incrementa la transparencia mejorando el acceso a la información relevante y ayuda a distinguir las peticiones respaldadas por proyectos sólidos de aquellas que pudieran tener un mero carácter especulativo".

La Circular propone prescindir de la figura del llamado interlocutor único de nudo para evitar el potencial conflicto de intereses que supone y suprimir barreras al acceso a las líneas de evacuación, sin perjuicio de que se mantengan los convenios de resarcimiento.

Además, contempla la posibilidad de conceder permisos por una “potencia complementaria” superior a la teóricamente máxima disponible para exprimir la capacidad de las redes en situaciones de baja utilización y establece plazos concretos para acreditar el avance de los proyectos debidamente identificados y que aseguren su culminación.

Trámite de audiencia pública
El texto fue sometido a trámite de audiencia durante el pasado verano. Se recibieron cerca de sesenta alegaciones de gestores de red, administraciones públicas, asociaciones sectoriales, promotores y empresas de diversa índole. En atención a dichas alegaciones se han realizado las siguientes modificaciones: se han extendido varios plazos, clarificando determinadas definiciones o evitado posibles ambigüedades; se han modificado las circunstancias para la ejecución de las garantías económicas, en particular omitiendo las derivadas del condicionado ambiental como imputables al interesado; se ha eliminado la referencia a la obligatoriedad del pago de los estudios de acceso y conexión (el precio queda pendiente de desarrollo), y se ha sustituido el requisito de acreditar el derecho sobre los terrenos a ocupar por la identificación detallada de los mismos.

Además, se flexibiliza (dentro de un plazo) la revisión de las condiciones técnicas y económicas de la conexión derivadas de la entrada de nuevos solicitantes en un punto; se han tomado en consideración los últimos desarrollos del grupo de trabajo liderado por el Operador del Sistema sobre el establecimiento de un valor de referencia para el criterio de acceso ligado a la potencia de cortocircuito en cada nudo; y se ha actualizado la caracterización de las instalaciones sometidas a dicho criterio en función de considerar su comportamiento análogo o no al de la generación síncrona.

Circular 4/2020 por la que se establece la metodología y condiciones del acceso y de la conexión a las redes de transporte y distribución de las instalaciones de producción de energía eléctrica.

La CNMC continúa la tramitación de las Circulares y mantiene su actividad operativa a través de medios telemáticos y de la sede electrónica. Para conocer todos los detalles pincha aquí.   

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