La sentencia rechaza los recursos planteados por las empresas PGI Spain, Berry Superfos Pamplona, Promens Packaging, RPC Envases y Zeller Plastik España contra este mecanismo que limitaba de forma temporal el precio de la electricidad generada con gas y al que la Comisión Europea dió luz verde en 2022. Los demandantes defendían que la medida no era "adecuada" ni "proporcionada", y sí "discriminatoria".
En contra de esa opinión, el tribunal de Luxemburgo ha fallado que la medida se ajusta a la legislación comunitaria y permitió reducir los costes eléctricos sin comprometer la competencia. De acuerdo con el eurodiputado Nicolás González Casare, también apuntala la capacidad de los Estados miembros a intervenir en mercados especiales.
"Las decisión del TGUE demuestra que la excepción ibérica fue una respuesta justificada y proporcionada a la crisis energética”, afirma el eurodiputado. “Respalda la intervención del Gobierno español en defensa de los consumidores” y constata que “fue capaz de reducir el coste de la electricidad de manera justa”. La medida permitió a los dos estados ahorrar más de 5.100 millones de euros.
González Casares considera, además, que la sentencia “abre la puerta a que en el futuro se pueda respaldar la intervención de los mercados en situaciones de crisis” con el fin de proteger a los consumidores de la volatilidad de los precios. "Un enfoque defendido", añade "en la nueva regulación del mercado eléctrico europeo", aprobada el año pasado.
Para el eurodiputado la sentencia llega en un momento crucial, al coincidir con la puesta en marcha del Clean Industrial Deal (Pacto Industrial Limpio), “crucial para regular la transición energética e industrial en Europa y cumplir con los objetivos climáticos de los Veintisiete”.
Para ampliar informacion:
• Así es la excepción ibérica