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El sistema de financiación del bono social eléctrico fue creado en 2013 y estuvo en vigor entre 2014 y 2016

El Supremo reconoce a Endesa el abono por el Estado de 153 millones que le adeuda por el bono social eléctrico
 

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En una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Tercera del Supremo estima en parte el incidente de ejecución de sentencia formulado por Endesa y anula parcialmente la resolución de la Secretaría de Estado de Energía de 21 de julio de 2023, en la parte en que no se reconocía a la eléctrica una parte de los importes reclamados. El sistema de financiación del bono social eléctrico creado en 2013, estuvo en vigor entre 2014 y 2016, aunque fue derogado y sustituido por otro. Tras los reveses sufridos en los tribunales, el Gobierno procedió a devolver las cantidades financiadas por las compañías por el bono social en los ejercicios 2014, 2015 y 2016, así como los intereses legales correspondientes.
El Supremo reconoce a Endesa el abono por el Estado de 153 millones que le adeuda por el bono social eléctrico  

El Tribunal Supremo ha ratificado el derecho de Endesa al abono por parte del Estado de 153 millones de euros que se le adeuda a la energética tras declararse inaplicable el modelo de financiación del bono social eléctrico que estuvo vigente entre 2016 y 2021. En una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Tercera del Supremo estima en parte el incidente de ejecución de sentencia formulado por Endesa y anula parcialmente la resolución de la Secretaría de Estado de Energía de 21 de julio de 2023, en la parte en que no se reconocía a la eléctrica una parte de los importes reclamados. Asimismo, declara el derecho de Endesa a que se le abone la suma que se fija en la cuantía de 147,679 millones de euros por las cantidades abonadas en concepto de financiación y cofinanciación asociadas a los consumidores suministrados por Endesa Energía, más los intereses correspondientes computados desde la fecha en que se hizo el pago hasta la fecha de su efectivo reintegro.

Además, también se declara el derecho de Endesa a que se le pague la suma de 5,774 millones de euros en concepto de principal, correspondiente a las cantidades invertidas para implantar el procedimiento de solicitud, comprobación y gestión del bono social, asociada a los consumidores suministrados por Energía XXI, su comercializadora de referencia, "que habrá de incrementarse a las cantidades ya abonadas por la Administración (-5.867.646,37 euros-) más los intereses correspondientes desde la fecha en que se hizo el pago hasta la fecha de su reintegro". En su fallo, la sala del Supremo estima acreditado con el examen conjunto de "los numerosos y exhaustivos" informes periciales aportados por Endesa, así como de las aclaraciones efectuadas por los peritos, que "no existe evidencia de repercusión implícita ni explícita de los costes de financiación del bono social soportados por la matriz, Endesa S.A., a los clientes finales".

El sistema de financiación del bono social eléctrico creado en 2013, estuvo en vigor entre 2014 y 2016, aunque fue derogado y sustituido por otro. Tras los reveses sufridos en los tribunales, el Gobierno procedió a devolver las cantidades financiadas por las compañías por el bono social en los ejercicios 2014, 2015 y 2016, así como los intereses legales correspondientes, con un importe total que alcanzaba casi los 520 millones de euros. En otros países de la Unión Europea prevén que ese coste se financie con cargo a sus presupuestos generales, pero España optó desde un principio por hacer recaer esa obligación sobre algunas empresas del sector eléctrico.

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