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El Ministerio de Trabajo anuncia "un escudo laboral sin precedentes" para hacer frente a las consecuencias de la DANA

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El Ministerio de Trabajo y Economía Social, que dirige la vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz, ha anunciado un paquete de medidas todas las cuales tendrán efectos jurídicos desde el martes, 29 de octubre, cuando comenzó la DANA. Entre otras cosas, el Ejecutivo ha anunciado que va a reeditar el Plan MeCuida de la pandemia que permite la adaptación o la reducción de hasta un 100% de la jornada laboral para ejercer cuidados de familiares o convivientes. En cuanto a las empresas, podrán acogerse al sistema de ERTE de Fuerza Mayor "con total cobertura". [Foto: Carlos Luján-Europa Press].
El Ministerio de Trabajo anuncia "un escudo laboral sin precedentes" para hacer frente a las consecuencias de la DANA

"Un escudo laboral sin precedentes". Así ha anunciado el Ministerio de Trabajo y Economía Social su plan para hacer frente a las consecuencias de la DANA. Según el comunicado que ha difundido el Ministerio, los trabajadores y trabajadoras que no puedan acudir a su puesto de trabajo no van a perder derechos, salarios o cotizaciones; todas las personas que se hayan ausentado del trabajo por las consecuencias de la DANA tendrán permisos retribuidos no recuperables; se establece el teletrabajo como forma de organización prioritaria (si no se pudiese ejercer por cualquier problema, como falta de conexión o falta de equipos, las personas trabajadoras tienen el derecho a no ir a trabajar); se reedita el Plan MeCuida de la pandemia que permite la adaptación o la reducción de hasta un 100% de la jornada laboral para ejercer cuidados de familiares o convivientes; las empresas podrán acogerse al sistema de ERTE de Fuerza Mayor con total cobertura; las empleadas del hogar cuyos contratos se suspendan como consecuencia de la DANA podrán acceder a prestación sin periodo de carencia ni consumir; habrá "protección a todos los autónomos y autónomas" (en coordinación con el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y migraciones, habilitaremos -informa Trabajo- las prestaciones por cese de actividad; y, por fin, todas las normas aprobadas van a tener efectos jurídicos desde el martes, 29 de octubre, cuando comenzó la DANA.

El Ministerio ha desgranado así su "escudo laboral", para la protección de las personas trabajadoras y las empresas
1. ERTE de Fuerza mayor
Las empresas ya pueden acogerse a los ERTE de Fuerza Mayor introducidos en la reforma laboral que cuentan ahora con una bonificación total de las cotizaciones a la seguridad social.

Se simplifica la tramitación de estos ERTE de Fuerza Mayor que pasa a ser colectiva. De esta manera, no es necesaria la tramitación personal por parte de cada empleado o empleada sino que la gestión corresponderá a la empresa y el SEPE reconocerá, en su caso, las prestaciones individuales.

Para acceder a esta cobertura no habrá requisitos de cotización previa (periodo de carencia) y tampoco consumirá prestaciones por desempleo a efectos de prestaciones futuras.

A las empresas acogidas a este instrumento se les prohibirá el despido y tampoco podrán requerir horas extra a sus trabajadores y trabajadoras o externalizar la producción.

2. Permisos retribuidos
Las personas trabajadoras afectadas por la DANA no van a perder derechos laborales: Durante su ausencia justificada por la excepcionalidad de esta situación no van dejar de percibir su salario ni sus cotizaciones. Tienen a su disposición un permiso retribuido no recuperable en estos casos:
o Cuando el desplazamiento pueda suponer un peligro para la seguridad y salud de las personas trabajadoras o interfiera en las labores de rescate y recuperación de las zonas afectadas, siempre y cuando no sea posible el teletrabajo.

o Cuando las personas trabajadoras necesiten atender a sus familiares desaparecidos o hacerse cargo del fallecimiento de los mismos.

o Cuando, como consecuencia de la pérdida de sus viviendas o enseres, no estén en disposición de acudir al trabajo.

o Cuando, como consecuencia del cierre de colegios, residencias o servicios públicos en general, deban hacer frente a necesidades de cuidados de familiares.

Cualquier consecuencia desfavorable por el ejercicio de los derechos de ausencia será "nula"
Se prohíbe el despido de las personas que no hayan acudido a trabajar por alguna de las situaciones indicadas.

Se ha reforzado el Servicio Público Estatal de Empleo (SEPE) y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en los territorios afectados, para centrarse en las personas que sufren la catástrofe.

Las empleadas del hogar podrán percibir prestaciones si pierden el empleo o ven reducida su jornada como consecuencia de la DANA.

Trabajo a distancia
Es la forma de organización preferente. Si por la naturaleza de su actividad, por las dificultades de conexión o por la carencia de equipos, las personas no pueden trabajar, no verán mermados sus derechos.

Conciliación y cuidados
Se reedita el Plan MeCuida, que contempla las posibilidades de adaptación (de hasta un 100%) y de reducción de jornada.

Asimismo, los trabajadores y trabajadoras autónomas van a poder solicitar el cese de actividad total o parcial según la afectación de la DANA.

Todas estas medidas van a tener efecto retroactivo desde el 29 de octubre, independientemente de cuándo se tramite la solicitud.

Info DANA
En situaciones de emergencia como la actual, el acceso a información objetiva y veraz es más importante que nunca. Esta sección web ofrecerá datos oficiales y actualizados sobre la situación generada por la DANA y las medidas adoptadas por el Gobierno de España.

Info DANA

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