Fuentes parlamentarias han asegurado a Energías Renovables que a día de hoy el PSOE estaría dispuesto a votar a favor de la Ley de regulación de las Socimi (Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión del Mercado Inmobiliario). Esa es la Ley que aprobó el Senado el miércoles pasado y en la que se incluyó a petición de CiU la enmienda que deroga el artículo 4 del Real Decreto Ley 6/2009 sobre la obligatoriedad de pasar por el registro.
De esta manera, Convergencia i Unió consiguió eliminar de un plumazo la obligatoriedad para todas las instalaciones de energías renovables (excepto la fotovoltaica que tiene un registro propio) de acudir al Registro de Pre-asignación de Retribución para poder optar al marco retributivo que reciben cada una de las tecnologías por la producción de electricidad.
El próximo jueves el Congreso de los Diputados votará la Ley de regulación de las Somici y, en consecuencia, la enmienda de CiU. Hay que tener en cuenta que de acuerdo con el reglamento parlamentario, el Congreso no tiene posibilidad de modificar lo aprobado por el Senado. Solo puede rechazarlo o ratificarlo.
“Recuperar competencias autonómicas”
El argumento de Convergencia i Unió para pedir la derogación del artículo 4 es que la existencia de un registro en el Ministerio de Industria atenta contra las competencias de las comunidades autónomas. Además, la enmienda de CiU no solo deroga el artículo 4 del RDL 6/2099, sino que también modifica los artículos 17.c y 22 del RD 661/2007, que regula la actividad de producción en el régimen especial. De acuerdo con Jordi Vilajoana, portavoz de CiU en el Senado, "esta enmienda, transaccionada con todos los grupos, supone la recuperación de competencias autonómicas e impide la invasión sistemática de las mismas por parte del Estado en el sector energético”.
El Real Decreto Ley 6/2009 fue aprobado en el Congreso de los Diputados el 30 de abril de 2009. En la votación en sede parlamentaria CiU apoyó al PSOE para sacar adelante una ley sobre la que ahora ha propuesto, y por el momento conseguido, la derogación de unos de sus artículos más polémicos.
El hecho de que se plantee una posible modificación de esta ley solo cinco meses después de su aprobación, en opinión de fuentes del sector consultadas por Energías Renovables, va en contra de la necesaria estabilidad normativa. Hay que tener en cuenta que la derogación aprobada por el Senado se produce tan solo unos días después de que el Ministerio de Industria resolviese las 36 primeras solicitudes del régimen especial, fotovoltaica excluida, con una potencia en conjunto de 767 megavatios (MW) para la tecnología eólica, 50 MW para la solar termoeléctrica, 34 MW para biogás y 1 MW para cogeneración.
Las mismas fuentes estiman que la supresión del Registro abre otro periodo de incertidumbre porque nadie sabe qué legislará el Ministerio de Industria. Además, todo esto se produce sin que se haya tenido en cuenta la nueva directiva de renovables europea que entró en vigor el 25 de junio y que el gobierno tiene que transponer antes de diciembre de 2010.