El programa DUS 5.000, gestionado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) cuenta con un presupuesto inicial de 75 millones de euros procedentes de los fondos europeos, que podrá ser ampliado siempre que exista disponibilidad presupuestaria y hasta que expire su vigencia en noviembre de 2022.
El objetivo del programa es incentivar la transición energética y el cambio hacia la movilidad sostenible de los pequeños municipios, que tienen más dificultades para acometer grandes inversiones, mediante proyectos singulares de energía limpia. Para ello se subvencionarán proyectos de mejora de la eficiencia energética en edificios e infraestructuras públicas, de fomento de las inversiones verdes –en particular, autoconsumo–, o de infraestructuras de recarga e impulso del vehículo eléctrico, entre otros.
El plan está dirigido a ayuntamientos, diputaciones, mancomunidades, consejos insulares, consejos comarcales, cabildos y otras entidades públicas con ámbito de actuación en municipios de hasta 5.000 habitantes y municipios no urbanos de hasta 20.000, en los que sus núcleos de población tengan hasta 5.000 habitantes, que presenten proyectos con una inversión mínima de 40.000 euros.
Las ayudas subvencionarán el 85% de la inversión y el 100% en el caso de que tengan la consideración de “proyectos integrales” por su significativo impacto en la transición energética en el municipio. Se podrán solicitar a partir de los tres meses de la publicación en el BOE del real decreto y durante un periodo de un año, a través de la sede electrónica de IDAE.
La transición ecológica, así como la cohesión territorial y la lucha contra la despoblación, son dos de los cuatro ejes que orientan las diez políticas palanca del PRTR en su componente 2, Implementación de la Agenda Urbana española: Plan de rehabilitación de vivienda y regeneración urbana.
El compromiso con el reto demográfico atiende a datos objetivos. El fenómeno de la despoblación se aprecia a escala municipal y es eminentemente rural: de los 8.131 municipios españoles, tres cuartas partes pierden población. En España hay 6.827 municipios con menos de 5.000 habitantes que concentran a 5,69 millones de personas, el 12% de la población total española, según datos del censo de 1 de enero de 2020.
En la última década han perdido población ocho de cada diez de estos municipios, de manera que, en conjunto, tienen 410.000 personas menos que hace diez años. En municipios de menos de 1.000 habitantes, el fenómeno es más agudo y la despoblación llega al 86%. Para revertir esta tendencia, en el marco del PRTR se pretende impulsar proyectos, actuaciones y estrategias que contribuyan a mejorar la calidad de vida de los habitantes de estos entornos, mejorar sus conexiones y accesibilidad, así como propiciar ecosistemas favorables para la creación de oportunidades laborales que puedan, por tanto, atraer a nueva población.
Al margen de los beneficios medioambientales, la mejora de los servicios y de las instalaciones de estos municipios, así como la activación de inversiones en ahorro y eficiencia energética, pueden llevar asociados beneficios adicionales que hagan más atractiva la residencia en ellos o la instalación de pequeños negocios.
Asimismo, las medidas de movilidad son un vector para la potenciación económica de zonas en riesgo de despoblación al hacerlas más accesibles a núcleos que concentran los servicios públicos, mientras que el hecho de facilitar desplazamientos entre distintos núcleos poblacionales incide de manera positiva en el turismo, especialmente rural o de interior.
Para la distribución de los 75 millones de euros entre las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla se han tenido en cuenta dos criterios: el número de municipios de reto demográfico y su población en cada autonomía, de modo que el reparto ha quedado de la siguiente manera:
Rehabilitación energética
Por su parte, el Programa PREE 5.000 contempla ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios y núcleos de menos de 5.000 habitantes. Estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023 y cuenta con una dotación presupuestaria de 50 millones de euros, ampliables si hay disponibilidad presupuestaria para esta misma finalidad y siempre que no hubiera expirado el plazo de vigencia.
El parque de edificios español consume en la actualidad el 30% de la energía final y existe un parque de viviendas que no está dotado de instalación de calefacción, por lo que se cuenta con un importante potencial de ahorro y de incorporación de energías renovables. Esta situación afecta de forma particular a los denominados municipios de reto demográfico: 6.827 poblaciones con menos de 5.000 habitantes, que concentran a 5,7 millones de personas, el 12% de la población total.
El objetivo del programa PREE 5.000 es dar un impulso a la sostenibilidad de la edificación en los municipios y núcleos de menos de 5.000 habitantes mediante actuaciones que van desde cambios en la envolvente térmica, hasta la sustitución de instalaciones de generación térmica con combustibles de origen fósil por generación térmica basada en fuentes renovables como la biomasa, la geotermia, la solar térmica o la bomba de calor y la incorporación de tecnologías de regulación y control, así como la mejora en la eficiencia energética en la iluminación.
Además, el programa pretende promover las actuaciones realizadas por comunidades de energías renovables o comunidades ciudadanas de energía, tal como recogen las últimas directivas de energías renovables y de mercado interior de la energía.
El programa PREE 5.000 da continuidad a los programas Pareer-Crece, Pareer II y PREE, llevados a cabo desde octubre de 2013 con un presupuesto conjunto de más de 700 millones.
A propuesta de la Subdirección General para el Reto Demográfico, los criterios de distribución de este presupuesto entre las comunidades autónomas son el número de municipios y núcleos de menos de 5.000 habitantes y su población en cada comunidad autónoma, ponderados al 50 % cada criterio. Las comunidades fueron informadas de este criterio en la Conferencia Sectorial de Energía del pasado 12 mayo de 2021.
La concesión de las ayudas establecidas permite a las comunidades autónomas beneficiarias destinar los créditos correspondientes a los destinatarios últimos, así como ejecutar directamente las actividades objeto de las ayudas, con cargo a tales créditos y previa reserva presupuestaria.
Cada comunidad autónoma deberá aprobar y publicar una convocatoria de ayudas designando el órgano competente para instruir y resolver el procedimiento de concesión de las mismas y, en su caso, establecer la reserva de presupuesto correspondiente para realizar inversiones directas.
Actuaciones subvencionables y cuantía
Las actuaciones subvencionables son de tres tipos: mejora de la envolvente térmica, mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y mejora de las instalaciones de iluminación.
Los edificios deben haber sido construidos antes de 2007 y tendrán que ahorrar un 30% de energía primaria no renovable, así como mejorar su calificación energética total en, al menos, una letra con respecto a la calificación inicial. Además, las actuaciones subvencionables serán en edificios completos con los siguientes usos: edificios de vivienda unifamiliar, edificios de tipología residencial colectiva de vivienda y edificios de cualquier otro uso: administrativo, sanitario, docente, cultural, etc. No serán actuaciones subvencionables las realizadas en edificios de nueva construcción, las que supongan una ampliación que incremente superficie o volumen construido, ni las que conlleven un cambio de uso de edificio.
Las cuantías de las ayudas base contempladas para actuaciones en edificios completos, serán las siguientes: 50% para la tipología de mejora de la envolvente; 40% para actuaciones en mejora de las instalaciones térmicas y 20% para mejoras de eficiencia energética en instalaciones de iluminación. Así mismo, tendrán derecho a una ayuda adicional por mejora de la eficiencia energética aquellas actuaciones que eleven la calificación energética del edificio para obtener una clase energética A o B, en la escala de CO2, o bien incrementen en dos letras la calificación energética de partida.
Destinatarios
• Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que sean propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso.
• Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda.
• Los propietarios que, de forma agrupada, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
• Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, que acrediten dicha condición.
• Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos.
• Las entidades locales y el sector público institucional de las administraciones públicas.
• Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
• Los ayuntamientos, las diputaciones provinciales o las entidades locales equivalentes y las mancomunidades o agrupaciones de municipios españoles, cabildos y consejos insulares, las administraciones de las comunidades autónomas, y cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las referidas administraciones públicas, que podrán actuar en representación de comunidades de propietarios u otros propietarios de edificios.
El reparto presupuestario territorial es el siguiente:
Apoyo especial a los colectivos vulnerables
Un aspecto destacable del PREE 5.000, además de sus efectos positivos en la mejora de la eficiencia energética y el medio ambiente, es su alcance social, ya que se concede especial atención a la concesión de ayudas para llevar a cabo actuaciones de rehabilitación en aquellos edificios que acogen a colectivos vulnerables y afectados por pobreza energética.