La Ley de Cambio Climático y Transición Energética establece que los municipios españoles de más de 50.000 habitantes, los territorios insulares y los municipios de más de 20.000 habitantes que superen los valores límite de contaminantes regulados (RD 102/2011), deberán adoptar antes de 2023 planes de movilidad urbana sostenible para introducir medidas de mitigación y reducir las emisiones de la movilidad, incluyendo, entre otras, el establecimiento de zonas de bajas emisiones. La creación de estas zonas de bajas emisiones viene también prevista en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima y en el Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica. La correcta implantación de estos espacios de movilidad restringida permitirá mejorar la calidad del aire y la salud de los ciudadanos, contribuirá a la mitigación del cambio climático, ayudará a promover la movilidad activa, a desarrollar un transporte más sostenible y permitirá recuperar el espacio público para el peatón, al tiempo que se impulsa la eficiencia energética en los medios de transporte.
La propuesta de Directrices que ayer abrió el Ministerio a información pública recoge los objetivos mínimos a tener en cuenta a la hora de crear una Zona de Bajas Emisiones. Entre ellos, se incluyen criterios en materia de calidad del aire, eficiencia energética, ruido y cambio climático. Además, las Directrices contemplan el contenido mínimo que debe abordarse a la hora de establecer una ZBE, así como el procedimiento para su implantación, una propuesta de indicadores de seguimiento y un amplio catálogo de medidas que los ayuntamientos podrán adoptar para incentivar el cambio hacia una movilidad más respetuosa con los límites planetarios.
Un instrumento clave para gestionar la movilidad
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, que considera las Zonas de Bajas Emisiones un "instrumento clave" en el cambio hacia un modelo de movilidad más sostenible y en la promoción de medios de transporte "de bajas emisiones", cree que las ZBE facilitarán que España cumpla con sus compromisos en mitigación del cambio climático y con la normativa europea en materia de emisiones de CO2 que aplica al sector transporte.
El objetivo de mejora de calidad del aire en estos espacios -explican desde Transición Ecológica- debe contribuir a cumplir los valores por la Unión Europea en el menor tiempo posible. Por ello, el Ministerio ya ha anunciado que establecerá un calendario y que se evaluará el impacto de las medidas que se adopten en cada ZBE: "la mejora de calidad del aire deberá alinearse en la medida de lo posible con los valores guía de la Organización Mundial de la Salud, más exigentes que los de la normativa europea para la mayoría de los contaminantes".
Datos
Según los últimos datos de la OMS, nueve de cada diez personas respiran aire altamente contaminado. La Agencia Europea de Medio Ambiente estima en unas 33.200 las muertes prematuras en España al año a causa de la mala calidad del aire, siendo el actual modelo de movilidad y transporte una de las causas. El sector transporte por carretera -informa el Ministerio- genera el 26,9% de las emisiones de Gases de Efecto Invernadero de España, origina la mayor parte de la contaminación acústica en Europa, es responsable del 6,7% de las emisiones de partículas finas y del 30,6% del total de emisiones de óxidos de nitrógeno a la atmósfera.
Transición Ecológica recuerda por fin que la implantación de las zonas de bajas emisiones disminuirá la contaminación acústica en las áreas urbanas. "En este sentido -concluye-, estas áreas podrán incorporar entre sus objetivos el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica que sean aplicables y que dependen de la zonificación acústica que se haya establecido".
Aquí, las Directrices para la creación de Zonas de Bajas Emisiones
El plazo para presentar observaciones finaliza el 30 de septiembre. Las alegaciones podrán remitirse por correo electrónico bzn-sgalsi@miteco.es