El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón resolvió el pasado mes de julio el sobreseimiento de la acusación contra la eléctrica, por entender que el delito de cohecho por el que estaba imputada había prescrito. Por su parte, el Ministerio Público sostiene que el magistrado aplicó un cómputo erróneo de la prescripción y solicita a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que vuelva a considerar a Iberdrola Renovables como investigada. En un escrito al que ha tenido acceso Europa Press, los fiscales Miguel Serrano y César de Rivas explican que el plazo de prescripción no sería de 5 años, como apuntó el magistrado Manuel García Castellón, sino que ascendería hasta los 15 años. "Y es que el delito de cohecho que se atribuye a Iberdrola Renovables sería conexo con otros delitos de cohecho -activo y pasivo- que se atribuyen a diferentes investigados, entre otros a los investigados Antonio Asenjo Martín y José Manuel Villarejo Pérez", apuntan.
Proyecto Wind (viento), causa de imputación a Iberdrola Renovables
La filial de la compañía que dirige Sánchez Galán fue imputada por un delito de cohecho por la presunta contratación del comisario jubilado José Manuel Villarejo para llevar a cabo una labor de espionaje a la empresa suiza Eólica Dobrogea, con la que había alcanzado un acuerdo para la construcción de 50 parques eólicos en Rumanía, el conocido como Proyecto Wind, denominado así por el propio Villarejo. El ahora comisario jubilado, a finales de 2011 y a través del entonces director de Seguridad de Iberdrola, Antonio Asenjo, habría investigado a la empresa suiza Eólica Dobrogea, a su accionista mayoritario Christopher Kaap y a su apoderado, Corneliu Dica, informa Europa Press.
A finales del pasado mes de julio, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 de la Audiencia Nacional concluyó que la pena máxima que podría corresponder a Iberdrola Renovables como persona jurídica en relación al delito de cohecho investigado sería de dos años, por lo que el plazo de prescripción -de 5 años- ya se habría cumplido. La Fiscalía Anticorrupción sostiene, según Europa Press, que "dando por bueno el cómputo realizado por la propia Iberdrola Renovables en su petición de sobreseimiento, es evidente que entre marzo de 2012 y el 9 de julio de 2021 -en que se acuerda mediante el auto correspondiente atribuir a Iberdrola Renovables la condición de investigada -no ha transcurrido el plazo legal de quince años previsto para la prescripción".