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Abierta a audiencia pública la propuesta de orden ministerial por la que se convoca el acceso al banco de pruebas regulatorio

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El Ministerio para la Transición Ecológica ha iniciado el trámite de audiencia e información pública de la propuesta de orden ministerial por la que se convoca el acceso al banco de pruebas regulatorio previsto en el Real Decreto 568/2022, que puede consultarse aquí. La convocatoria, destinada a proyectos que requieran exenciones en la normativa, está destinada a impulsar la investigación en innovación en el sector eléctrico.
Abierta a audiencia pública la propuesta de orden ministerial por la que se convoca el acceso al banco de pruebas regulatorio

La rapidez con la que se producen los cambios en el sector eléctrico -informa el Ministerio- requiere de un entorno que permita la investigación y la innovación en el mismo. Pues bien, "la participación en el banco de pruebas regulatorio -explican desde Transición Ecológica- permitirá aplicar exenciones regulatorias dentro del ámbito del sector eléctrico de manera segura en un entorno controlado, lo que dinamizará la actividad innovadora y favorecerá el aprendizaje regulatorio, y contribuirá a diseñar un marco regulatorio capaz de adaptarse mejor a las nuevas necesidades del sector". La norma permitirá que se desarrollen en el banco proyectos piloto innovadores, limitados en volumen, duración y ámbito geográfico, que requieran aplicar exenciones de la regulación sectorial y que demuestren que proponen una innovación regulatoria de interés, poniendo especial atención a su capacidad de contribuir a la mejora de la regulación y al aprendizaje regulatorio. La duración máxima de la participación en el banco será de dos años, y los proyectos piloto deberán satisfacer el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente.

Los proyectos que accedan al banco de pruebas regulatorio (sandbox) podrán optar a financiación a cargo de la inversión C8.I3 (Nuevos modelos de negocio en la transición energética), correspondiente al componente 8 (Infraestructuras eléctricas, promoción de redes inteligentes y despliegue de la flexibilidad y el almacenamiento), del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, siempre que cumplan todos los requisitos exigidos por dichas ayudas.

Propuesta de Orden Ministerial por la que se convoca el acceso al Banco de Pruebas Regulatorio previsto en el Real Decreto 568/2022, de 11 de julio, por el que se establece el marco general del Banco de Pruebas Regulatorio para el fomento de la investigación y la innovación en el sector eléctrico.

Exposición de Motivos
En los últimos años, España ha realizado profundas modificaciones en su política energética con el fin de adecuar el marco normativo y estratégico a los compromisos internacionales sobre energía y clima. Cabe destacar el Acuerdo de París, que España ratificó en 2017, así como el marco de actuación de la Unión Europea en materia de clima y energía hasta 2030, adoptado por el Consejo Europeo en octubre de 2014, que incluye el objetivo de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero respecto a los niveles de 1990 en al menos el 40 %, ampliado en abril de 2021 a una disminución del 55 %. Este compromiso de reducir emisiones incluye la hoja de ruta hacia una descarbonización de la economía con el fin de que la Unión Europea sea climáticamente neutra en 2050.

Asimismo, en lo relativo a energía, la Unión Europea ha puesto en marcha distintas actuaciones para alinear la política energética con el conjunto de propuestas “Energía limpia para todos los europeos”, que comprende diversos reglamentos y directivas en los que se incluyen revisiones y propuestas legislativas sobre eficiencia energética, energías renovables, diseño de mercado eléctrico, seguridad de suministro y reglas de Gobernanza para la Unión de la Energía y la Acción por el Clima. Este marco, sin embargo, es profundamente dinámico. En julio de 2021 la Comisión Europea presentó un conjunto de propuestas legislativas “Objetivo 55” que son necesarias para alcanzar el citado nuevo objetivo de ambición de la Unión Europea para 2030, de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero del 55 % con respecto a 1990. En línea con ello, el Gobierno de España ha desarrollado el Marco Estratégico de Energía y Clima, que contiene diversos elementos estratégicos y legislativos cuyo objeto es marcar las principales líneas de acción en la senda hacia la neutralidad climática.

Cabe citar la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, que establece el marco normativo para asegurar el cumplimiento por parte de España de los objetivos del Acuerdo de París, facilitar la descarbonización de la economía y promover un modelo de desarrollo sostenible. En particular, la Ley 7/2021, de 20 de mayo, establece los siguientes objetivos mínimos para el año 2030, para dar cumplimiento a los compromisos internacionales asumidos por España: un 23 % de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero respecto a 1990, una cuota del 42 % de renovables sobre el uso final de la energía, una mejora de la eficiencia energética de un 39,5 % y 74 % de generación eléctrica procedente de energía renovable, así como el objetivo de alcanzar la neutralidad climática antes de 2050.

Además, la Ley 7/2021, de 20 de mayo, recoge como instrumentos de planificación para abordar la transición energética los Planes Nacionales Integrados de Energía y Clima y la Estrategia de Descarbonización a Largo Plazo a 2050, consolidando en la legislación nacional las herramientas de planificación energética incluidas en el Reglamento (UE) 2018/1999, de 11 de diciembre, sobre la Gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima.

De este modo, el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030, documento estratégico clave, refleja el compromiso de España en la lucha contra la crisis climática y su contribución a los esfuerzos internacionales y europeos. Identifica los retos y oportunidades a lo largo de las cinco dimensiones de la Unión de la Energía: la descarbonización, incluidas las energías renovables; la eficiencia energética; la seguridad energética; el mercado interior de la energía; y la investigación, innovación y competitividad. Las medidas contempladas en el PNIEC 2021-2030 permitirán alcanzar en 2030 los objetivos recogidos en la Ley 7/2021, de 20 de mayo, y el resto de objetivos sectoriales previstos en el Plan.

Asimismo, partiendo del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030, la Estrategia de Descarbonización a Largo Plazo a 2050 marca la senda para la consecución de la neutralidad climática en 2050, un escenario en el que las emisiones de gases de efecto invernadero estarán compensadas por los sumideros. En concreto, las emisiones se reducirán un 90 % respecto a 1990, y el 10 % restante será absorbido por sumideros. Esto implica no solo un sector eléctrico 100 % renovable, sino un sistema energético nacional prácticamente 100 % renovable en el uso final de la energía. Se prevé también un modelo más descentralizado, multidireccional y complejo, donde el autoconsumo, la participación ciudadana y los recursos energéticos distribuidos, como el almacenamiento, la generación distribuida o la gestión de la demanda, serán factores clave. De igual modo, la digitalización de las redes, así como los nuevos esquemas de operación, tendrán un papel fundamental en este nuevo modelo. La transición a un sistema eléctrico 100 % renovable en el año 2050 conlleva importantes retos, pues las necesidades de gestionabilidad supondrán que se deberá contar con fuentes que provean de flexibilidad al sistema, con el objeto de garantizar la seguridad de suministro. Esta flexibilidad incluirá la participación de nuevos agentes en el sistema eléctrico, la aparición de nuevos servicios, y distintas configuraciones e interacciones entre las tecnologías y los agentes.

El Plan de Recuperación para Europa, Next Generation EU, permitirá a España movilizar un volumen de inversión sin precedentes. Derivado de este, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia es un proyecto de país, que requiere de la implicación de todos los agentes económicos y sociales, de todos los niveles de gobierno y del conjunto de los recursos de la administración pública. Los instrumentos incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia permitirán la realización de reformas estructurales durante los próximos años, mediante la aplicación de reformas e inversiones.

Este Plan tiene entre sus objetivos que España apueste por la descarbonización de la economía, fomentando las inversiones verdes, de manera que se produzca una profunda transformación desde un sistema con un fuerte componente en las energías fósiles hacia un sistema energético limpio, por lo que la transición ecológica es uno de los cuatro ejes transversales del Plan.

El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia confirma el compromiso de España con la transición ecológica y la consecución de los objetivos del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021- 2030, que ha supuesto una sólida base para el diseño de los componentes y las reformas e inversiones relacionadas con la transición ecológica. En consecuencia, el componente 8 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, “Infraestructuras eléctricas, promoción de redes inteligentes y despliegue de la flexibilidad y el almacenamiento”, fija como objetivos: 1) el desarrollo de un sistema energético más flexible, descentralizado y dinámico, capaz de absorber de forma eficiente y segura la nueva generación renovable; 2) el desarrollo de nuevos modelos de negocio innovadores; así como 3) la participación de nuevos actores en el sistema eléctrico (productores, suministradores y consumidores, además de los operadores de almacenamiento y agregadores) y un marco normativo más ágil y capaz de adaptarse a nuevas necesidades a través de los bancos de pruebas regulatorios (sandboxes).

Objetivos
1. Permitir el testeo por parte de la industria y de la administración de nuevas tecnologías, sistemas y servicios en el sector eléctrico, en un espacio seguro y controlado donde las partes interesadas puedan experimentar sus soluciones innovadoras sin estar sujetas a la totalidad de los requisitos regulatorios prevalentes y favorecer el diálogo regulatorio, proporcionando así una herramienta para la mejora de la regulación. Este mecanismo puede proporcionar un diálogo normativo de dos vías entre la Administración y el regulador de manera que se agilice y facilite la revisión de la regulación vigente y se adapte a la entrada de nuevos agentes en el mercado actuando por tanto como una herramienta para la mejora de la regulación.

Frecuentemente los proyectos innovadores se encuentran con barreras regulatorias que impiden el desarrollo de pruebas y modelos que sirvan de soporte para determinar si puede ser útil modificar la regulación con carácter general, o el funcionamiento y la utilidad de un determinado modelo o de una tecnología. La figura de los bancos de pruebas regulatorios, como entorno experimental controlado y supervisado por el regulador, resulta interesante para dinamizar la actividad innovadora y favorecer el aprendizaje y el diálogo regulatorios, lo que redundará en un marco regulatorio capaz de adaptarse mejor a nuevas necesidades. Todo ello se perseguirá garantizando en todo momento la calidad y seguridad de suministro, la ausencia de riesgos para el sistema eléctrico y su sostenibilidad económica y financiera, así como la protección de los consumidores.

2. Contribuir al cumplimiento de los objetivos del componente 8 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Infraestructuras eléctricas, promoción de redes inteligentes y despliegue de la flexibilidad y el almacenamiento):

a) el desarrollo de un sistema energético más flexible, descentralizado y dinámico, capaz de absorber de forma eficiente y segura mayores niveles de generación renovable;

b) el desarrollo de nuevos modelos de negocio innovadores;

c) la participación de nuevos actores en el sistema eléctrico (productores, suministradores y consumidores, además de los operadores de almacenamiento y agregadores) y un marco normativo más ágil y capaz de adaptarse a nuevas necesidades a través de los bancos de pruebas regulatorios (sandboxes).

3. Continuar lo desarrollado por la reforma 4 del componente 8 (C8.R4) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, “sandboxes o bancos de pruebas regulatorios”, que tiene por objeto desarrollar bancos de pruebas regulatorios en el marco regulador nacional, que permitan la introducción de nuevos productos o soluciones tecnológicas, excepciones o salvaguardas regulatorias que contribuyan a facilitar la investigación e innovación en el ámbito del sector eléctrico.

4. Esta orden ministerial contribuirá al cumplimiento de los objetivos de la inversión C8.I3 (Nuevos modelos de negocio en la transición energética), permitiendo habilitar una parte de la inversión. Los proyectos que accedan al banco de pruebas podrían obtener financiación con cargo a los fondos del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia en el marco de las
convocatorias de ayudas para los nuevos modelos de negocio en la transición energética, que implementa la medida C8.I3 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

5. Contribuir a la transformación del sistema energético para alcanzar la neutralidad climática antes de 2050, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, y en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030.

Los interesados pueden presentar alegaciones hasta el 17 de enero a la siguiente dirección: bzn-ener-flexible@miteco.es, indicando en el asunto “Audiencia orden ministerial”.

Texto de la Propuesta 

Memoria de la Propuesta

Respuesta Audiencia Convocatoria Banco de Pruebas Regulatorio

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