Créanme que hablo sobre la base de la experiencia vivida. Durante el último año hemos tramitado más de 12 MW de instalaciones de autoconsumo de todo tipo, tamaño, localización y condición. El común denominador en todas ellas es que el paso por ente local se convierta en el principal cuello de botella.
En la tramitación es habitual encontrarse con los envites documentales y las trabas de algunas compañías distribuidoras, o con el desconocimiento de algunas administraciones autonómicas sobre aspectos regulatorios novedosos a los que nunca se han enfrentado y que, en ocasiones, son contrarios a la normativa habitual que históricamente se manejaba en el sector (concretamente el RD 1955/2000). Ahora bien, la burocracia en el ámbito local es un tema aparte.
Si uno quiere realizar bien su instalación FV y cumplir con la legalidad vigente, debe solicitar una licencia urbanística de obra. No obtenerla implica un riesgo latente durante varios años, tanto para el instalador como para el promotor (que no es otro que el propietario de la instalación). En algún caso, la policía local ha requerido la documentación para instalaciones en fase de ejecución y para otras que llevan varios meses puestas en marcha, llegando a paralizar las que no disponían de los permisos pertinentes. Los ayuntamientos saben que esto es un maná caído del cielo en forma de tasas e impuestos y no quieren desaprovecharlo.
Hasta ahí nada que objetar, de hecho, y además es lo razonable. Las leyes están para cumplirlas y asegurar que las actuaciones se realicen de forma correcta. Ahora bien, lo que no tiene sentido es la multitud de criterios para la tramitación y legalización de las instalaciones. Podríamos hablar de hasta 8.131 criterios diferentes. El número de municipios en España. Incluso en un mismo ayuntamiento nos podemos encontrar con un técnico que pide una documentación, y el compañero de la mesa contigua pide otra. Es por ello que este sector requiere una normalización a nivel estatal de la tramitación municipal.
Para muestra un botón: solicitud de las fichas técnicas de la plataforma elevadora, necesidad de tramitar pequeñas instalaciones en viviendas unifamiliares con licencia de obra mayor (que tienen que ser aprobadas por pleno municipal), petición de proyectos específicos de análisis de cargas (que puede llegar a tener un coste superior al de la propia instalación), necesidad de disponer de proyectos visados para instalaciones de menos de 10 kW de potencia, de demostrar la certificación del carácter anti reflectante de los paneles, y un largo etcétera. Lo peor del caso es que estas exigencias no se limitan a pequeñas pedanías, también nos las encontramos en ayuntamientos de grandes capitales de provincia que, además, en algunos casos, no permiten la tramitación telemática. Todo esto se acompaña, en muchos casos, de las demoras en los plazos, convirtiendo esta fase en una nueva barrera administrativa.
El absurdo llega hasta el extremo de que, en muchos casos, los propios ayuntamientos hacen avioncitos de papel con normativas de rango superior, como son los Decretos autonómicos. Es el caso del tan celebrado Decreto-ley 16/2019 aprobado en Cataluña, que establece que la gran mayoría de las instalaciones de autoconsumo sobre cubierta se deben tramitar con comunicación previa, eximiéndolas de la solicitud de licencia de obras. Pues bien, cuatro meses después de su aprobación, en un número significativo de los ayuntamientos en esta comunidad se sigue exigiendo la solicitud de licencia de obra menor.
Pero ¿no se aprobó en 2018 una revisión de la Directiva Europea de Renovables? ¿y no se supone que dentro de esa Directiva se establecía la obligación por parte de los Estados miembros de simplificar los trámites administrativos? Si es así, ¿no sería razonable que los estamentos locales tomaran razón de ella y la aplicaran en sus municipios? El trámite administrativo es un “todo”. No tiene sentido que la simplificación de procedimientos en una parte de la administración sea sepultada por la carga burocrática de otra. Así no se avanza.
Lo que está claro es que las instalaciones deben ser perfectamente legalizadas si no queremos convertirnos en un sector envenenado y señalado. Ahora lo que toca es cumplir con lo que se nos exige, sin dejar de establecer vías de interlocución con los entes locales con el objetivo de fijar unos procedimientos claros y sencillos que, en todo caso, cumplan con el marco normativo vigente.