Madrid Central agrupa en sus 472 hectáreas las cuatro Áreas APR actuales y amplía su espacio a barrios como Justicia y Universidad. En su interior no habrá calles de libre circulación, "salvo algunos viales con objeto de permitir determinadas incorporaciones". Lógicamente, "residentes, personas con movilidad reducida y servicios de seguridad y emergencias podrán acceder con sus vehículos a Madrid Central". El perímetro de Madrid Central Zona de Bajas Emisiones coincide con el primer cinturón de circulación de Madrid, el de las rondas y bulevares. Estará permitida la libre circulación de vehículos en todas las calles que componen el perímetro que delimita el Área.
Excepciones en cuanto a la prohibición de acceso: aparte de las citadas (residentes, movilidad reducida, emergencias), el Ayuntamiento permitirá la circulación por la zona a una serie colectivos "por su función o características" (por ejemplo, vehículos 0 emisiones o ECO). El Consistorio capitalino considera que esta solución -Madrid Central- hará posible reducir hasta en un 40% las emisiones de dióxido de nitrógeno en la zona (Madrid incumple la normativa desde el año 2010), se traducirá así mismo en una menor contaminación acústica y, por fin, liberará espacio público "para dar el protagonismo a las personas que viven y visitan el distrito en un entorno más acogedor y saludable".
Madrid Central se está implantando por fases. Durante el verano y principios de otoño se han acometido los siguientes trabajos
• Incremento de las reservas de moto aumentando la superficie disponible en calzada. Se habilitan 52 nuevas reservas (52% más) y 940 plazas (90% más).
• Las Plazas SER (Servicio de Estacionamiento Regulado) del distrito Centro pasan a ser todas de residentes (color verde).
• Señalización del perímetro con una doble línea roja.
• Instalación de la señalización horizontal y vertical informativa
Calendario
29 de octubre: las personas con movilidad reducida y los profesionales que realicen carga y descarga ya pueden comenzar a darse de alta. Las personas con movilidad reducida podrán solicitar las altas en el 010, Twitter y en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid. Por su parte, los vehículos destinados a la distribución urbana de mercancías podrán darse de alta en las oficinas del Ayuntamiento ubicadas en la calle Bustamante, 16.
1 de noviembre: comenzará una campaña de información en soportes exteriores y medios de comunicación, que se extenderá hasta diciembre.
28 de noviembre: petición de autorizaciones puntuales y permisos para trabajadores en el área residentes fuera de Madrid con horario nocturno a través del 010.
30 de noviembre: entrarán en vigor las normas de Madrid Central, con aplicación gradual y progresiva y controles manuales de agentes de policía y movilidad.
1 de enero: comenzarán los dos meses de prueba del sistema informático de gestión de multas de Madrid Central. Durante este tiempo, se enviarán comunicaciones sin multa a las personas que incumplan la normativa. En caso de reiteración, se enviará una segunda carta a los 15 días.
8 de enero: inicio del periodo de trámites por vía telemática en el perfil del usuario de Madrid Central que se habilitará en www.madrid.es.
Ordenanzas fiscales 2019
Además, el Ayuntamiento acaba también de presentar las Ordenanzas Fiscales 2019, que entrarán en vigor el próximo 1 de enero, y también en ellas muestra el perfil de su política de movilidad. En ese sentido, cabe destacar dos medidas. Son estas:
• En primer lugar, el Ayuntamiento de Madrid reducirá el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) a las empresas que paguen íntegramente el abono transporte a sus trabajadores y trabajadoras. La bajada será del 10% y no podrá superar el coste total de los abonos. Se prorrogan las reducciones por inicio de actividad y por creación de empleo, manteniéndose los mismos porcentajes que este año, del 50% en el caso de inicio de actividad, y la bonificación del 40% y del 50% en el supuesto de la creación de empleo.
• En segundo lugar, el Ayuntamiento extiende a las motocicletas y ciclomotores la bonificación del 75% en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) para los supuestos en que se dé de baja el anterior vehículo y se sustituya por uno nuevo con distintivo ambiental C. Es decir, se amplía a las motos la rebaja del IVTM introducida para los coches en las Ordenanzas de 2018, para dos periodos impositivos. Los requisitos a cumplir para beneficiarse de la bonificación son que el titular de la moto debe haber dado de baja este vehículo sin distintivo ambiental dentro de los seis meses anteriores a la fecha de la nueva matriculación (que tiene que producirse en los ejercicios 2019 o 2020) y tener domicilio en el término municipal de Madrid.
• Nueva Ordenanza de Movilidad para la ciudad de Madrid
• Texto completo de la Ordenanza de Movilidad Sostenible (publicado en el BOCM)