La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha dictaminado que las Administraciones Públicas solo pueden exigir una Declaración Responsable para instalar puntos de recarga de vehículos eléctricos y no una licencia o autorización previa por parte de las Administraciones Públicas, ya que esto vulnera el artículo 5 de la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado (LGUM). Solamente se permite la licencia o autorización previa cuando las infraestructuras eléctricas se ubican en edificios considerados bienes de interés cultural o tienen una potencia superior a 3.000 kW. La CNMC resuelve así una petición de la Secretaría para la Unidad de Mercado (SECUM) sobre los posibles obstáculos que existen en España para este tipo de infraestructuras de recarga, y recomienda a las administraciones públicas que ajusten sus actuaciones a la LGUM y a la regulación sectorial.
Para Arturo Pérez de Lucia, director general de la Asociación Empresarial para el Desarrollo e Impulso de la Movilidad Eléctrica (Aedive): "es importante que las administraciones públicas cuenten con las asociaciones sectoriales como Aedive para aglutinar las cuestiones y demandas de los sectores implicados, a fin de agilizar el flujo de información y ganar efectividad". Esta colaboración se ha plasmado de manera eficaz en este dictamen de la CNMC, "que hace posible despejar algunas barreras burocráticas en el despliegue de infraestructuras de recarga pública", añade. La Asociación continuará trabajando intensamente para que el despliegue de puntos de recarga pública de vehículos eléctricos siga avanzando, habida cuenta del objetivo del PNIEC de alcanzar los 5,5 millones de vehículos eléctricos matriculados a 2030.