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El Miteco avanza en el mapa digital de los puntos de recarga

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El Boletín Oficial del Estado ha publicado este jueves una orden para regular la información que deben remitir las empresas que prestan servicios de recarga eléctrica al Miteco y a las comunidades autónomas para incorporar al mapa web interactivo. La dirección y el horario de la infraestructura de recarga, su accesibilidad, la potencia máxima, los métodos de pago disponibles, y el tipo y modo de carga de cada conector, asi como la disponibilidad de la instalación y al precio de venta de la electricidad o del servicio de recarga, es alguna de la información que tendrá que ser enviada.
El Miteco avanza en el mapa digital de los puntos de recarga

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) está trabajando en la elaboración de un mapa web interactivo de puntos de recarga, similar al actual Geoportal Gasolineras, al que todos los ciudadanos podrán acceder a través de internet para conocer la localización y disponibilidad de la infraestructura. El Boletín Oficial del Estado ha publicado este jueves la Orden TED/445/2023 que regula la información que deben remitir las empresas que prestan servicios de recarga eléctrica al Miteco y a las comunidades autónomas. En total, se estima que hay unos 35 operadores de puntos de recarga de acceso público y otros tantos Proveedores de servicios de movilidad eléctrica que proporcionarán información al Miteco para publicarla en el Geoportal.

Como información estática, deberán enviar la dirección y el horario de la infraestructura de recarga, su accesibilidad, la potencia máxima, los métodos de pago disponibles, y el tipo y modo de carga de cada conector, entre otros datos. Esta información deberá remitirse desde la entrada en vigor de la Orden ministerial, el próximo 16 de mayo, y tendrá que actualizarse en un plazo máximo de una semana tras cualquier modificación. También tendrán que remitir la información dinámica que se refiere a la disponibilidad de la instalación y al precio de venta de la electricidad o del servicio de recarga. Solamente los puntos de potencia igual o superior a 43 kW tendrán la obligación de remitirla, y tendrá que actualizarse automáticamente, siempre que haya una modificación. Los puntos de potencia inferior también podrán remitir esta información voluntariamente, entrando a formar parte de la base de datos de Geoportal.

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