A través de este recurso, UNEF pide la adopción, como medida cautelar, de la suspensión del criterio de ordenación de las ofertas “de mayor a menor número de horas equivalentes de funcionamiento de la instalación tipo de referencia”.
La asociación solar explica que “el requisito esencial de los procedimientos de concurrencia competitiva es la igualdad de los competidores” y “el criterio de las horas equivalentes es contrario a este principio y a la neutralidad tecnológica de la subasta, al ser arbitrario y al perjudicar a la fotovoltaica en el caso de empate”.
En concreto, la asociación pide que se declare nulo de pleno derecho el punto 15.4.c).a.i., que "trata ventajosamente a las empresas de energía eólica frente a las fotovoltaicas”. La causa de esta desventaja está en la orden que regula el procedimiento de asignación del régimen retributivo para nuevas instalaciones (del pasado 6 de abril) y que establece un número de horas de funcionamiento, de 3.000 para las eólicas y de 2.367 para las fotovoltaicas, por lo que"la ordenación irá siempre en beneficio de las instalaciones eólicas y en perjuicio de las fotovoltaicas”, asegura la patronal.
Según lUNEF, el Gobierno podría haber optado por un sistema de cupos para la distribución de las asignaciones en función de las tecnologías (eólica, fotovoltaica y otras), en lugar de hacer una subasta tecnológicamente neutra en la que todas compiten juntas, o "haber establecido un mayor reparto para una u otra tecnología en función de razones económicas o de política energética".