En la web de Haz Energía hay una versión de dicha herramienta abierta a todos los productores fotovoltaicos y termosolares.
Esta versión tiene unos datos fijos que no pueden ser modificados y que son los que se describen en siguiente tabla:
Metodología de cálculo e hipótesis
– Los cálculos están realizados con arreglo a lo establecido en el Real Decreto 413/2014. Los precios reales de los ejercicios 2014, 15 y 16 se han obtenido a partir de los publicados por la CNMC.
– Los precios estimados de los ejercicios 2017, 18 y 19 se han obtenido a través de OMIP tal y como establece el artículo 22.1 del RD 413/2014. A partir de 2020 se estima que el precio del mercado eléctrico se mantendrá estable en 41,48€/MWh.
– Para la estimación de los ingresos de mercado se han utilizado los factores de apuntamiento establecidos en la Orden IET 1045/2014 para cada tecnología (fotovoltaica y termosolar).
– Para el cálculo de retribución a la operación (Ro) se han tenido en cuenta los costes de explotación del ejercicio 2014, actualizados con la variación del IPC del periodo (exceptuando el impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica y el IBI).
– El IPC del periodo 2014-2016 es el publicado por el INE, tomando como última referencia el mes de septiembre de 2016.
– A partir del ejercicio 2017, los costes de explotación se actualizan al 1% tal y como está establecido en las hipótesis del Anexo III de la Orden IET 1045/2014.