fotovoltaica

Un fondo de pensiones fotovoltaico

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Esa fue la idea que movió a dos empresarios de un pequeño pueblo manchego de la provincia de Ciudad Real a llenar con 587 placas fotovoltaicas la cubierta de su negocio. Samuel y Ponciano fueron unos de los muchos inversores en el Sol que surgieron en los años 2007 y 2008. Una idea que fue una realidad en apenas tres meses, antes de la entrada en vigor del Real Decreto 1578/2008. En total 587.000 euros de inversión que en un principio asustó a los malagoneros pero que pudieron amortizar en un corto plazo. Quince años después, esta es su historia. [En la imagen, vista aérea de la cubierta fotovoltaica].
Un fondo de pensiones fotovoltaico

Corría el año 2007 cuando la solar fotovoltaica experimentaba un crecimiento espectacular de casi el 450% y contaba con 451 megavatios (MW) nuevos instalados. Ese y el año posterior fueron un auténtico boom de placas e inversores. "La explicación a este crecimiento histórico se debe al apoyo del Gobierno a la energía fotovoltaica con la aprobación el año pasado del Real Decreto 661/2007. Éste vino a mantener la tarifa establecida en el RD 436/2004 con el objetivo de consolidar la industria española y alcanzar los 400 MW fijados por el Plan de Energías Renovables (PER), además de incorporar nuevos elementos, como el establecimiento de un fuerte aval de 500 euros por kilovatio (kW) fotovoltaico instalado o la obligación de vender la electricidad fotovoltaica en el mercado eléctrico en lugar de vendérsela a la empresa distribuidora". Así lo contábamos en junio de 2008. Y ahora, quince años después conocemos la historia de Samuel y Ponciano, propietarios por entonces de la empresa especializada en ropa laboral Confecciones Dominguez y Moreno (ahora dividida en dos diferentes: Confecciones Dominguez e hijos y Confecciones Moreno) y ubicada en Malagón (Ciudad Real), que decidieron invertir en el Sol. "“La idea surgió como un plan de jubilación", resume Samuel.

Estos pequeños empresarios fueron unos de los muchos que se "aventuraron" a realizar una instalación solar fotovoltaica sobre la cubierta de su negocio. Aventureros porque –tal y como cuenta Samuel– "en ese momento no había mucha gente que hiciera eso aquí en Malagón. Sólo había dos o tres instalaciones fotovoltaicas en el pueblo. Lo que sí teníamos eran clientes que nos hablaban bien de ello y nos decían que podía ser una inversión a largo plazo, como una especie de plan de pensiones". Y en apenas un par de meses lo que era una idea pasó a ser proyecto, en concreto en junio de 2008, y una realidad en septiembre del mismo año. "Para poder acogernos a un precio determinado al que nos pagaran el kilovatio hora teníamos que tener la instalación lista en septiembre del 2008 porque a partir de entonces el precio bajaba y nos perjudicaba", explica Samuel. En términos legislativos, el 29 de septiembre entraba en vigor el Real Decreto 1578/2008 de retribución de la energía solar fotovoltaica que provocó –según publicamos en esta revista– "que todas las empresas estén forzando la máquina para conectarse a la red antes de la fecha fatídica".

587 placas a 1.000 euros
"La inversión fue de 587.000 euros. Te lo digo tajante porque fueron 587 placas a 1.000 euros cada una. No teníamos dinero para hacer frente a toda la inversión, por lo que tuvimos que financiar la mitad del total y sufragar el resto con los beneficios que había en el negocio hasta el momento. Nos costó una barbaridad. Al principio nos asustó el precio. Si ahora tuviéramos que hacer la misma instalación, el precio hubiera sido hasta un 60 % menor2, relata el propietario de Confecciones Moreno. A pesar de la fuerte inversión que supuso, contaron con una financiación cómoda porque "con lo que nos abonaban por la producción podíamos pagar el préstamo". En total fueron siete años en los que estuvieron haciendo frente al pago de la financiación mes a mes con la producción de la instalación. 2A partir de esos siete años empezamos a ver los beneficios. Estamos hablando, por tanto, del año 2015", añade Samuel.

Una instalación fotovoltaica de cerca de 100 kilovatios instalados de la que no reciben la energía, sino que obtienen beneficios como productos de energía renovable. "Nosotros no tenemos un autoconsumo, nosotros volcamos a la red y Naturgy nos paga esa producción". Por su parte, José Alberto Dominguez, el ahora encargado de llevar la empresa que puso en marcha su padre y socio de la antigua Confecciones Dominguez y Moreno, explica más detalles sobre la instalación: "Estamos cobrando el kilovatio –por el contrato con la compañía eléctrica– a unos 80 céntimos. Nuestro contrato establece unas horas mínimas al año de funcionamiento para acogerse a esa bonificación. En nuestro caso son 1.150 horas. Cuando pasas ese límite de producción, te pagan al precio de mercado".

Un Real Decreto –al que continúan acogidos– que establece unas pautas y unas condiciones muy rigurosas. "Tenemos que tener un control muy exhaustivo porque cualquier error te deja fuera de esa bonificación. Por ejemplo, hace tres años tuvimos una penalización porque no llegamos a las horas mínimas de producción y tuvimos que pagar 48.000 euros", relata José Alberto. Una producción que no se ha visto, por el momento, resentida por el paso del tiempo a pesar de que las placas solares llevan funcionando quince años, y que "un día de verano te producen en torno a 480-500 kilovatios, y que en invierno han llegado a picos de 400 kilovatios. En total tenemos una producción anual cercana a los 100.000 kilovatios". El único cambio que han tenido que realizar en los últimos años ha sido el inversor porque se quemó. "El antiguo nos costó 60.000 euros y ahora el nuevo nos ha costado 8.000", añade José Alberto.

La situación de 2007
Existencia de un marco regulatorio que propicia la inversión privada ya que asegura que si alguien invierte en una instalación solar fotovoltaica, la red estará obligada a comprarle los kilovatios hora que produzca, y obligada a pagárselos a un precio determinado durante un período determinado. Algo que comenzó con el Real Decreto (RD) 436/2004 que establecía –según el propio documento– las siguientes condiciones determinadas: el kilovatio hora generado en una instalación solar fotovoltaica, y en tanto en cuanto es un kilovatio hora que no emite CO2, merece una retribución muy concreta durante un período muy concreto, una retribución especial (llámese prima) que es establecida para reconocer esa singularidad (que la electricidad generada por una placa solar es limpia). Un Real Decreto que podría ser la explicación del fuerte crecimiento histórico de la energía fotovoltaica durante los años 2007 y 2008. La aprobación, por su parte, del Real Decreto 661/2007, vino a mantener la tarifa establecida en el RD 436/2004 con el objetivo de consolidar la industria española y alcanzar los 400 MW fijados por el PER, además de incorporar nuevos elementos, como el establecimiento de un fuerte aval de 500 euros por kW fotovoltaico instalado o la obligación de vender la electricidad fotovoltaica en el mercado eléctrico en lugar de vendérsela a la empresa distribuidora.

¿Qué pasó a partir de septiembre de 2008?
Unos meses antes de su aprobación en el Consejo de Ministros, la propuesta de Real Decreto fotovoltaico que envió el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (MITyC) a la Comisión Nacional de la Energía (CNE) ya se conocía e incluía “una reducción muy importante frente a la tarifa de aplicación para las instalaciones inscritas hasta el 29 de septiembre (45 céntimos de euro por kWh) de entre un 27% y un 36%. Eso lo contamos aquí, en Energías Renovables. Se hablaba, en principio, de 29 céntimos de euro por kWh para instalaciones en suelo y de 33 céntimos de euro por kWh para instalaciones en cubierta; y la incorporación de unos cupos concretos de potencia para el primer año: 200 MW en instalaciones en edificación y 100 MW en suelo. Entró en vigor en septiembre, el llamado Real Decreto 1578/2008 de retribución de la energía solar fotovoltaica para instalaciones inscritas a partir del 29 de septiembre, cuando expiraba la vigencia del RD 661/07. El nuevo marco –finalmente– cambiaba los parámetros a la baja: 32 céntimos por kilovatio hora para suelo, 32 también para las instalaciones sobre cubierta de más de 20 kilovatios y 34 para las de menos. Las retribuciones bajaron trimestralmente, además, en función del agotamiento de los cupos, que serían de 400 MW por año (más 100 extraordinarios para suelo en 2009 y 60 en 2010), dos tercios para las instalaciones en edificación y el resto para el suelo.

En definitiva, una legislación la del 1578/2008 que ajustaba o reducían las primas, pero a las instalaciones que están por venir, y no a las anteriores. El motivo –según el documento– es que la tecnología está avanzando muy deprisa, sus costes han descendido, la incertidumbre sobre su fiabilidad es cada vez menor (la fotovoltaica funciona y funciona muy bien) y el Gobierno considera que puede reducir esos incentivos sin que se reduzca el interés de la ciudadanía por participar en la revolución solar, en la lucha contra el cambio climático, pues ese sigue siendo el sentido de todo, el horizonte.

• Este artículo aparece en el número de septiembre de Energías Renovables en papel, que puedes descargar en PDF pinchando aquí.

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