fotovoltaica

Industria autoriza 392 instalaciones en la primera convocatoria de la nueva regulación fotovoltaica

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El Ministerio de Industria ha hecho público el listado de instalaciones solares fotovoltaicas correspondiente al primer trimestre de 2009. Es la primera convocatoria que se ha realizado al amparo del Real Decreto 1578/2008 y a ella se presentaron 1.824 solicitudes de las que 392 tendrán derecho a cobrar la prima fotovoltaica. 664 solicitudes, aún estando en orden, tendrán que esperar por falta de cupo. El RD 1578/2008, que entró en vigor el pasado mes de septiembre, establece que para tener derecho a  cobrar la prima es necesario que los proyectos acudan al Registro de Preasignación de Retribución (RPR). Con este sistema de convocatorias, cuatro al año, el Ministerio de Industria quiere controlar la potencia fotovoltaica que se instala cada trimestre.

Los datos facilitados por el Ministerio de Industria indican que inicialmente se presentaron 1.824 solicitudes, de la cuales 138 fueron canceladas por los propios interesados y 87 se eliminaron al comprobarse que eran solicitudes duplicadas. De las 1.599 restantes, “392 fueron inscritas, 543 no fueron admitidas por presentarse de forma incorrecta o incompleta, incluso tras el proceso de subsanación de errores, y las 664 restantes no han sido inscritas porque, aunque cumplen los requisitos, no entran en el cupo establecido”, según la resolución hecha pública por el Ministerio de Industria.

El procedimiento de selección, tal y como recoge la actual normativa, es el de ordenación cronológica de las solicitudes. Ahora, los promotores de los 664 proyectos que se han quedado fuera tendrán que decidir si se presentan a la segunda convocatoria del Registro de Preasignación de Retribución.

Las peticiones para instalar sobre cubierta, como se esperaba, no han supuesto ningún problema. El cupo establecido por el Real Decreto es de 66, 75 MW y se han inscrito proyectos que suman 22,685 MW.

Las dificultades, como se sabía que iba a suceder, aparecen en el capítulo de instalaciones en suelo. El cupo previsto de 58,25 MW se ha elevado a 66 MW. Esto sucede, según ha explicado el Ministerio de Industria, porque “se ha cubierto por exceso atendiendo a que la normativa especifica que la última solicitud admitida será aquella cuya consideración supondría no cubrir el cupo previsto”. A pesar del incremento sobre lo establecido, los 664 proyectos no inscritos (cumplían todos los requisitos pero no había cupo para ellos) suman una potencia de 529,800 MW.

La retribución, como marca el Real Decreto, es de 34 céntimos de euro por kWh para las instalaciones en cubierta con potencia menor o igual a 20 kW, y 32 céntimos de euro para las realizadas en cubierta con potencia mayor de 20 kW y en suelo. A partir de este momento, los titulares de las instalaciones disponen de doce meses para finalizar su instalación y ponerla en marcha para tener derecho a esa retribución durante un período de 25 años. Los interesados pueden consultar los listados definitivos (inscritos, no inscritos y no admitidos) en www.mityc.es/Energia/electricidad.

Un mes de retraso
La resolución de la primera convocatoria se ha hecho pública con más de un mes de retraso. “El hecho de que la práctica totalidad de las solicitudes contuvieran errores en la primera presentación ha sido lo que ha motivado el retraso de la resolución de la convocatoria. También ha influido el elevado número de expedientes a analizar, que da idea de que con la nueva regulación el marco retributivo sigue siendo atractivo y rentable”, afirma el Ministerio de Industria.

La tardanza en publicar la lista definitiva ha provocado las quejas del sector, que ha denunciado una paralización de cinco meses durante los cuales se han destruido entre 10 y 15.000 empleos según la estimación realizada por la Asociación de la Industria Solar Fotovoltaica, ASIF.

La segunda convocatoria a punto de cerrase
Una vez resuelta la primera convocatoria, se han fijado los valores de las tarifas reguladas para los proyectos que sean inscritos en la segunda convocatoria. Para las instalaciones sobre cubierta las tarifas siguen siendo las mismas al no haberse cubierto el 75 por ciento del cupo previsto.  En cuanto a los proyectos en suelo, como resultado de la potencia inscrita y en la aplicación de la fórmula establecida en el artículo 11 del Real Decreto 1578/2008, la tarifa será de 30,72c€/kWh.
 
En cuanto a los cupos de potencia, para la segunda convocatoria se mantienen los establecidos para instalaciones en cubierta (66,75 MW) y se incrementan en 36 MW, hasta 94,5 MW, los destinados para suelo como resultado de traspasar la potencia no cubierta de los tipos de techo y detraer el exceso de potencia cubierta en suelo de la convocatoria anterior.

Una vez que estas disposiciones se publiquen en el Boletín Oficial del Estado, en cinco días hábiles se cerrará la convocatoria del segundo trimestre de 2009.

Más información
www.mityc.es

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