fotovoltaica

El plazo para solicitar una indemnización por daño patrimonial en la FV expira dentro de ocho días

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De todos los efectos posibles derivados de distintas medidas retroactivas entrelazadas en normas de distinto rango lo más urgente ahora es la solicitud de indemnización por daño patrimonial.

“Hace un año el Ministerio de Industria, decidió echar un pulso al sector fotovoltaico. Sin ningún miramiento, cogió a los propietarios de más de 50.000 instalaciones fotovoltaicas y rompió su contrato de forma unilateral. Publicó una nueva regulación, que conformó un cuadro muy cercano a una estrategia perversa ideada para dificultar la defensa de los inversores afectados, al combinar medidas retroactivas entrelazadas en normas de distinto rango”.

Así lo ven los expertos de Defensa Solar, que estos días recuerdan a los posibles afectados que “lo más perentorio ahora es la solicitud de indemnización por daño patrimonial porque para hacerlo sin riesgos de que se alegue prescripción, el plazo expira el 23 de noviembre”.

El equipo multidisplinar de Defensa Solar, formado por abogados, economistas e ingenieros, cree que el Ministerio de Industria ha maniobrado para limitar la capacidad de defensa de los propietarios fotovoltaicos. “Repartió un paquete de medidas en dos lotes para llevar uno de ellos nada menos que a un Real Decreto Ley para que los afectados no pudieran recurrirlo de forma directa. Días antes, a las tecnologías eólica y termosolar se les había limitado, (solo de forma ‘anecdótica’) también sus horas de funcionamiento en un Real Decreto. Para la fotovoltaica se eligió un recorte brutal y con rango de Ley, lo cual no había sucedido nunca antes. Pensar que no existió intencionalidad sería de ingenuos”.

Pero el colectivo fotovoltaico tiene una “herramienta poderosa de la que no disponen otras tecnologías. Es su número y su diversidad. Una adecuada batalla en todos los frentes de pequeños y medianos inversores, nacionales y extranjeros, en los medios y en los tribunales, ha dado ya algunos tímidos resultados y podrá traer algunos otros más importantes”.

El pasado mes de enero se interpusieron por Asociaciones y particulares, decenas de recursos directos contra el RD 1565/2010 que recorta la vida útil de las instalaciones fotovoltaicas que están ahora en fase de elaboración de escrito de conclusiones de las partes.

Siguieron las Quejas planteadas ante la Comisión Europea para que abriera un procedimiento de infracción a España por los recortes de carácter retroactivo a la retribución del sector fotovoltaico, así como las demandas ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo contra el RD Ley 14/2010 en aplicación del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

También entablaron batalla los fondos de inversión extranjeros solicitando indemnizaciones mediante arbitraje internacional. Tres comunidades autónomas han planteado, además, recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.
“Ahora es el momento de las acciones individuales, de la demostración de la fuerza del sector. No hay que olvidar además, que una respuesta contundente de todo el colectivo fotovoltaico, evitará la tentación del Gobierno de imponer nuevos recortes”, creen en Defensa Solar. Y añaden que se puede hacer con precios asequibles “para que nadie se quede fuere”.

Más información:
www.defensasolar.es

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