Las alegaciones presentadas por AEF afirman que el proyecto de Real Decreto “pone en peligro el cumplimiento de las Directivas de la Unión Europea, vulnera el principio de la seguridad jurídica de la inversión y desarrolla por parte del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio medidas coactivas que ponen en peligro el futuro de la industria fotovoltaica”.
Los informes realizados por varios bufetes jurídicos indican que las propuestas de la Secretaría de Estado de Energía “contravienen razones de interés público, menosprecian los beneficios medioambientales de la energía fotovoltaica, alteran sustancialmente los objetivos de planificación e ignoran la contribución a la necesaria seguridad y diversificación del suministro energético en España”.
Recorte de primas y retroactividad
Para AEF, el recorte del 45% en las primas aplicables a las instalaciones en suelo que pretende el Ministerio de Industria no respeta el principio de rentabilidad razonable que proclama la Ley del Sector Eléctrico. La consecuencia de esa reducción será “una moratoria plurianual, con lo que se sitúa en un estado de asfixia y crisis empresarial y laboral a la industria fotovoltaica, agravando las circunstancias negativas suscitada por la incertidumbre regulatoria de lo que va de año 2010”.
El proyecto de Real Decreto 1003/2010, a juicio de los expertos jurídicos y regulatorios que han colaborado en la redacción de las alegaciones presentadas por AEF, sigue ofreciendo numerosas normas de carácter retroactivo, lo que perjudicará el concepto de seguridad jurídica para los inversores nacionales (cerca de 60.000 de diferente compromiso financiero) y para aquellos de fondos internacionales, que se sitúan en un límite de riesgo inadmisible y que perjudica la imagen de España por el concepto de riesgo país.
En concreto se observa retroactividad en la supresión de la retribución a partir del año 26 de funcionamiento de las instalaciones que están operando actualmente, así como en las normas de huecos de tensión y telemedida, para las que no se prevén plazos de adaptación suficiente ni medidas compensatorias como las que obtuvieron otras tecnologías como la eólica. También preocupa que en un futuro se limiten las horas de funcionamiento de las plantas fotovoltaicas.
Conflicto de competencias con las autonomías
AEF asegura que su posición coincide con las alegaciones presentadas por diversas Comunidades Autónomas ante el Consejo Consultivo de la Electricidad, en el sentido de que ciertas disposiciones incluidas en este Real Decreto resultan contrarias al reparto competencial establecido en las normas constitucionales y recogido por la Ley del Sector Eléctrico. La legislación emanada de la Secretaría de Estado “penaliza injustificadamente la tecnología fotovoltaica respecto a las restantes energías de régimen especial”, mientras que el propio Ministerio reconoce que sólo el 35 por ciento del sobre coste generado por el régimen especial es causado por el actual sistema retributivo de la energía solar fotovoltaica. Se violan así principios fundamentales del Derecho y “desemboca, dice AEF. en un resultado de todo punto inadmisible e incoherente con la motivación y espíritu pretendido por el Real Decreto, que resulta inconstitucional y contrario a la legalidad vigente, por lo que debe proponerse su nulidad”.
Concluye la Asociación Empresarial Fotovoltaica que los métodos aplicados por el Gobierno respecto a la industria fotovoltaica constituyen una muestra más de la falta de rigor y de capacidad negociadora puesta de manifiesto por el Ministerio de Industria, que rechaza, entre otras cosas, desde el pasado mes de julio cualquier negociación, ignorando el respeto a las normas con rango de ley y vulnerando el principio de confianza legítima que, en democracia, debe regir la relación entre Administración y administrados.
Más información
www.aefotovoltaica.com