La ley catalana 24/2015 sobre la pobreza energética obliga a las empresas de suministro a solicitar, antes de cortar la luz, el agua o el gas de un hogar, un informe preceptivo a los servicios sociales municipales para determinar si se trata de una familia en riesgo de vulnerabilidad.
El Juzgado Contencioso Administrativo número 15 de Barcelona ha condenado a la compañía de suministro eléctrico Endesa Energía XXI SLU a pagar 10.001 euros al Ayuntamiento de Barcelona por la vulneración grave de la ley. Es el primer juicio de los expedientes sancionadores interpuestos en los últimos años que gana el Consistorio. La ley establece que las infracciones graves pueden comportar multas desde 10.001 hasta 100.000 euros.
Actualmente, el Ayuntamiento de Barcelona tiene cerrados nueve expedientes sancionadores a compañías suministradoras de luz, agua o gas, con sanciones de 30.000 euros cada uno, y tiene 19 más en trámite. La vía judicial forma parte del conjunto de medidas que el Consistorio aplica para defender los derechos energéticos de los vecinos y vecinas de la ciudad.
Servicios en defensa de los derechos energéticos
Durante los últimos años -informa el Ayuntamiento- se han puesto en marcha protocolos de detección de pobreza energética con los servicios municipales y también con los Bomberos de Barcelona, y se han abierto once puntos de asesoramiento energético, que ofrecen una atención personalizada para reducir el gasto en luz, agua y gas, optimizar los servicios, mejorar la eficiencia energética del hogar y hacer gestiones con las compañías.
Desde que abrieron, en enero de 2017, los puntos de asesoramiento energético han atendido a casi 88.000 personas, han evitado cerca de 32.500 cortes de suministro y han generado un ahorro de 195.000 euros en las facturas de la ciudadanía.
Las personas que no pueden pagar las facturas de luz, de agua o de gas, así como las que necesitan orientación o acompañamiento para hacer trámites, pueden dirigirse al punto de asesoramiento energético más próximo a su domicilio.