El nuevo reglamento mantiene el ámbito de aplicación de la anterior norma, pero modifica y refuerza algunas de sus disposiciones. La Comisión efectúa esas modificaciones a la luz de los avances tecnológicos -en materia de eficiencia energética- experimentados a lo largo de los últimos años. A partir de ahí, el reglamento incluye el reescalado de todas las etiquetas, que mostrarán a partir de ahora únicamente las categorías A, B, C, D, E y F. Queda eliminado de las nuevas etiquetas el signo más (+), es decir, las categorías A+++, A++ y A+. El objetivo de la Comisión es que la diferencia entre una categoría y la siguiente sea uniforme en toda la escala.
Según la Comisión Europea, "la transmisión de información exacta, pertinente y comparable sobre el consumo específico de energía de los productos relacionados con la energía facilita la elección de los clientes en favor de los productos que consumen menos energía y otros recursos esenciales durante su utilización". Una etiqueta normalizada obligatoria para productos relacionados con la energía -continúa la Comisión- es "un medio eficaz para proporcionar a los clientes potenciales información comparable sobre la eficiencia energética de los productos relacionados con la energía".
En ese sentido, la Comisión señala que "un reglamento es el instrumento legislativo adecuado, pues establece normas claras y detalladas que impiden divergencias en la transposición por los Estados miembros y, por tanto, garantiza un mayor grado de armonización en toda la Unión. Según la Comisión, "un marco regulador armonizado a nivel de la Unión, más que a nivel de los Estados miembros, reduce los costes de los fabricantes, asegura unas condiciones de competencia equitativas y garantiza la libre circulación de los bienes en el mercado interior".