Al sistema eléctrico tradicional nunca le interesó la eficiencia energética porque supone reducir sus ingresos y otorgar al consumidor un papel activo en la gestión de la demanda. De ahí la resistencia a desarrollar en la regulación la eficiencia energética como fuente de energía por sí misma y como una fuente de generación más. Las fuentes de energía tradicionales necesitan precios altos de la electricidad porque no son viables frente a las nuevas tecnologías de generación distribuida y eficiencia energética que, por el contrario, los reducen.
El Reglamento (UE) 2018/1999, sobre la gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima, en vigor desde el 24 de diciembre de 2018, estableció los principios para el desarrollo de la eficiencia energética en los Planes Integrados de Energía y Clima (PNIEC):
• El principio de “primero, la eficiencia energética”, significa que la energía más importante es la que no se produce porque no es necesario utilizarla. Establece que antes de decidir nuevas inversiones energéticas habrán de tenerse en cuenta medidas alternativas de eficiencia energética y ahorro de energía que eviten aumentar la capacidad de generación.
• La planificación como planificación integrada de los recursos energéticos, para evaluar primero los recursos desde el lado de la demanda y determinar, a continuación, los recursos desde el lado de la oferta o el mix energético. La demanda forma parte del sistema eléctrico y ha de participar en el mercado y en las subastas en las mismas condiciones que la oferta.
• La flexibilidad del sistema energético forma parte del mercado interior de la energía. Debe concretarse en objetivos nacionales de capacidad de interconexión eléctrica, de generación distribuida, almacenamiento, agregación, comunidades energéticas locales, gestión de la demanda, señales de precio en tiempo real, redes inteligentes, energías renovables y de participación de los consumidores en el sistema energético para aprovechar las ventajas de la autogeneración y los contadores inteligentes.
Estos principios se han confirmado con la publicación el pasado mes de octubre de la Recomendación (UE) 2021/1749, sobre la aplicación del principio de “primero, la eficiencia energética”. La eficiencia energética es el primer combustible para ahorrar energía y no solo reducir el consumo de energía fósil sino también su producción. Se trata del componente fundamental de la política energética y climática de la Unión Europea y supone un cambio del modelo tradicional de producción y consumo de energía, basado en grandes suministradores, dominado por los combustibles fósiles y consumidores pasivos que soportan precios elevados, hacia un sistema energético flexible, con energías renovables y consumidores activos.
Este enfoque desde la demanda para sustituir las inversiones en generación es la mejor definición de la eficiencia energética, que forma parte del sistema energético a través de la flexibilidad energética y de los recursos energéticos distribuidos, mediante los que el consumidor se transforma en consumidor activo, gestionando en tiempo real la oferta y demanda de energía en cada centro de consumo. Los recursos energéticos desde el lado de la demanda forman parte de la planificación, de la regulación, del mix energético, de los mercados de electricidad y del suministro y distribución de energía. Permiten que los consumidores puedan participar en el mercado eléctrico, presentando ofertas, y abaratar la electricidad.
España debe dejar de considerar la eficiencia energética como un coste para la economía y defender el principio de “primero, la eficiencia energética” con un enfoque sistémico, aplicando la prioridad de la eficiencia energética a la hora de tomar decisiones estratégicas, diseñar la regulación eléctrica y planificar las inversiones. Los recursos energéticos distribuidos y la flexibilidad desde el lado de la demanda son también soluciones de eficiencia energética.