Este análisis relativo al Decreto 897/2017, por el que se regula el mecanismo de financiación del coste del bono social y otras medidas de protección al consumidor vulnerable de energía eléctrica, se dividió en dos sesiones de trabajo, estableciéndose un debate que profundizó en múltiples aspectos, incluso más allá de los relativos al propio bono social: desde las tipologías de unidades familiares que pueden acceder o los umbrales económicos hasta los aspectos relativos a la suspensión del suministro, la financiación del propio bono o las novedades incluidas para mejorar la protección del consumidor.
Estas son las 10 conclusiones más importantes a las que han llegado los 20 expertos que participaron en el debate:
1. El nuevo bono social ha mejorado sustancialmente respecto al anterior, especialmente por el hecho de establecer criterios de renta en la mayor parte de las categorías de beneficiarios y por mejorar la información y protección de los consumidores en general, en especial en aspectos como el incremento de los plazos para la suspensión del suministro en caso de impago o haciendo necesaria la firma de una renuncia expresa al bono social al cambiar de mercado regulado al mercado libre, informando al consumidor de esta cuestión.
2. Sin embargo, sigue siendo una medida paliativa y parcial, que sólo contempla al suministro eléctrico y que no garantiza por sí misma cuestiones más macro, como el derecho a la energía, a pesar de haber creado una categoría de consumidor vulnerable severo en riesgo de exclusión social, cuyo suministro será considerado esencial.
3. Existen ciertas reservas a la hora de valorar si los límites de renta, las categorías establecidas y los descuentos del 25 y 40% serán suficientes para cubrir adecuadamente a todos los consumidores vulnerables.
4. El establecimiento de unos límites de energía se considera una señal positiva, ya que protege al consumidor, pero a la vez evita el despilfarro energético que podría producirse en ciertos hogares que aprovecharan el descuento del bono social para consumir más energía. No obstante, se duda sobre si los límites de consumo establecidos en el decreto son los adecuados para cubrir las necesidades básicas de uso de la energía, echándose en falta su adaptación a diferentes circunstancias, como las diferentes zonas climáticas del Código Técnico de la Edificación.
5. Algunas categorías de hogares, como los ocupados por personas mayores o personas extrajeras, deben ser atendidas de forma especial y asesoradas en la solicitud del nuevo bono social, dada la complejidad administrativa que puede suponer. En este sentido, los expertos incidieron en hacer un seguimiento de los beneficiarios del nuevo bono social para conocer si están cubriendo a estos colectivos más vulnerables.
6. Respecto a la operativa de petición del bono social y de la plataforma informática habilitada para su tramitación, el grupo de expertos determinó que habrá de seguirse su evolución para evaluarla adecuadamente, ya que a día de hoy se encontraba en un estado muy primario y va aumentando su funcionalidad.
Consumidores vulnerables severos
7. La categoría de consumidores vulnerables severos en riesgo de exclusión social acaparó la mayor parte del debate, ya que éste es el colectivo más vulnerable. El nuevo bono social establece un sistema de copago en el que el 50% de la factura deben asumirlo la administración autonómica o local y el otro 50% la comercializadora de referencia. La necesidad de contar con unos fondos específicos provenientes de las autonomías o las entidades locales, muy limitadas por el control del déficit, sumado a la falta de predisposición de algunas administraciones, puede poner en riesgo la protección de los consumidores más vulnerables. Por ello, comercializadoras y administraciones o entidades sociales, consideran fundamental que las comunidades autónomas establezcan procedimientos comunes para la acreditación de dichos pagos, ya que la firma de convenios entre las empresas y cada entidad local puede dar lugar a infinitas operativas distintas que hagan inviable el procedimiento. Sin embargo y ante la indefinición existente, tanto las administraciones como las comercializadoras afirmaron que continuarán intentando establecer convenios específicos que permitan su coordinación y garanticen la seguridad jurídica de dichos consumidores.
8. La atención en la reciente situación de crisis económica ha desbordado las planificaciones de los Servicios Sociales, que se encuentran ante un modelo socio-económico muy fracturado, fruto del desequilibrio económico creado. Además, es necesario homogenizar la forma de acreditar la definición legal de “vulnerabilidad” y evitar que cada administración, autonómica o local, tenga sus propios criterios, de forma que no se garantice que exista igualdad de derechos.
9. Respecto a la cuestión de la financiación del bono social, los expertos consideran que lo idóneo es que el bono social se repercutiese íntegramente a los presupuestos generales del estado.
10. Lamentan, por otra parte, que no se hayan destinado fondos y recursos para una campaña de difusión específica sobre el nuevo bono social eléctrico, dirigida a la ciudadanía, así como para proyectos socioeducativos.
Cuarto estudio sobre la pobreza energética en España
Los dos talleres celebrados se enmarcan dentro de un ciclo de talleres más amplio que se desarrolla de forma paralela a la elaboración del 4ª estudio sobre la pobreza energética en España que desarrolla la Asociación de Ciencias Ambientales (ACA).
Los resultados de los talleres, que se están celebrando en diferentes puntos de la geografía española, alimentarán los resultados de este informne, que será presentado en el I Encuentro Estatal sobre la Pobreza Energética en España, que tendrá lugar en el primer cuatrimestre de 2018. Para el desarrollo de este proyecto la Asociación de Ciencias Ambientales está promoviendo un proceso de financiación mediante un crowdfunding.