El Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural de la Generalitat de Cataluña, a través del Instituto Catalán de Energía (Icaen) ha ampliado en 15 millones de euros la línea de ayudas destinada a la rehabilitación energética de edificios en municipios de menos de 5.000 habitantes para así poder cubrir todas las solicitudes que se habían recibido hasta el momento –y que ya excedían el presupuesto disponible- y poder atender nuevas. Con esta tercera ampliación, la dotación total de la línea ascenderá a 45 millones de euros. El presupuesto inicial del programa, vigente desde febrero de 2022, fue de 5,5 millones de euros. Por ahora, el Icaen ha recibido 637 solicitudes por importe de 37,8 millones de euros.
La línea, que está dotada con recursos de los fondos europeos Next Generation, subvenciona actuaciones relacionadas tanto con la mejora energética de la envolvente de los edificios (fachadas, cubierta o suelo) como con la mejora de la eficiencia energética y el uso de energías renovables en sus instalaciones térmicas, como son la calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria. Se pueden acoger viviendas unifamiliares, edificios de tipología residencial colectiva de vivienda o edificios para cualquier otro uso que estén ubicados en municipios de hasta 5.000 habitantes y los municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes en los que todas las sus entidades singulares de población sean de hasta 5.000 habitantes.
Los requisitos para acceder a este programa son que el edificio sea anterior a 2007, que la actuación suponga la mejora de una letra en la certificación energética del edificio (en la calificación de emisiones de CO2), y que genere un ahorro mínimo del 30% del consumo de energía primaria no renovable. La convocatoria excluye la obra nueva, ampliaciones (tanto en superficie como en volumen) y los cambios de uso. Por su parte, las solicitudes las pueden realizar todas las personas físicas o jurídicas que sean propietarias de edificios existentes; las comunidades de propietarios de edificios de uso residencial; las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios; las empresas de servicios energéticos; los ayuntamientos, diputaciones u otras corporaciones equivalentes; y las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.