Ya explicamos que dentro de la tan repetida Transición Energética en España, uno de los puntos importantes es el autoconsumo, ya que con las subastas y el desarrollo de las grandes instalaciones ya se cumplen las cantidades que se necesitan para cumplir las expectativas de la UE para el 2020. Pero eso solo es la punta del iceberg de lo que se espera de las renovables. Hoy por hoy, la que mejores perspectivas de crecer tiene, una vez se solucionen los problemas existentes, es la energía solar fotovoltaica.
El autoconsumo con fotovoltaica va a contribuir a las grandes tasas de crecimiento previstas para 2030 y 2050. La Directiva 2009/28/CE establecía la necesidad de promover un cambio de modelo energético hacia un mayor papel de la producción descentralizada de energía, que implica mayor seguridad del suministro local de energía, con menores pérdidas energéticas en el transporte, así como un mayor desarrollo y cohesión de la comunidad, al facilitar fuentes de ingresos y crear empleo a escala local. Por otra parte la propuesta de Directiva Europea de Renovables, establece que los autoconsumidores de energía renovable tienen derecho a realizar autoconsumo y vender su exceso de producción de electricidad a un precio que refleje el valor de mercado, junto con que los autoconsumidores no se someterán a procedimientos y cargas desproporcionados que no reflejen los costes y mantendrán sus derechos como consumidores.
Necesitamos un marco regulatorio estable para el autoconsumo, que no sea retroactivo, y en el que no se impongan barreras técnicas, administrativas ni económicas. Eso creará confianza entre los posibles usuarios, haciendo además que su financiación sea bancable. Y es muy importante que se eliminen los famosos peajes a la energía autoconsumida y por almacenamiento, así como proceder al pago de la energía excedentaria, ya que el autoconsumo no deja de ser una medida de eficiencia energética necesaria para la ya citada Transición.
También hay que facilitar más el uso de las baterías, ya que pueden reducir la factura de electricidad. Su coste ha bajado mucho y actualmente es del orden de 500 euros/kWh. Con el almacenamiento se puede recuperar la energía cuando se necesite con conexión a red, o incluso intentar no intercambiar energía con la red, mediante el autoconsumo instantáneo. Los modelos variarán en función de los tipos de autoconsumidor, maximizando el autoconsumo instantáneo, con la premisa de que el almacenamiento debe ser usado después de haber maximizado el consumo instantáneo, incorporando medidas de eficiencia programando consumos. Las familias podrían sustituir los aparatos de gas por electrodomésticos eléctricos (por ejemplo una bomba de calor para la calefacción), ya que así el autoconsumo se puede optimizar más.
Para la economía del autoconsumo es muy importante no olvidar que, según el RD 900/2015 de Autoconsumo, para la determinación del término de facturación de energía activa la energía a considerar será la energía correspondiente a la demanda horaria. Esta se determina como el saldo neto horario de energía tomada de la red obtenido a partir de los registros de energía entrante y saliente medida por el equipo de medida instalado en el punto frontera o, si no se dispone de dicho equipo, como la diferencia horaria entre la energía horaria consumida menos la energía horaria neta generada, cuando dicha energía horaria neta generada sea mayor que cero. O bien como la suma de la energía horaria consumida más el consumo horario de servicios auxiliares, cuando este sea mayor que cero. Por lo tanto no nos dejemos engañar, el autoconsumo no se mide instantáneamente, sino mediante al saldo neto horario y eso tiene mucha importancia con respecto a las mediciones cuarto horarias que utilizan las empresas eléctricas.
Todo esto se complica más si hablamos de sistemas trifásicos tal y como han denunciado varios usuarios, ya que puede haber fases excedentarias y otras importadoras (evidentemente se necesita de la intervención de una empresa experimentada que gestione todas estas medidas, y reclamar en caso de que sea preciso).
Sentencia del Tribunal Constitucional
Otro de los temas importantes para el autoconsumo, ha sido el que daba a conocer la sentencia del Tribunal Constitucional con respecto al conflicto por invasión de competencias que había planteado la Generalitat de Catalunya y, según la cual, se declaraban no constitucionales algunos artículos del Real Decreto 900/2015 de Autoconsumo. Como el artículo que prohibía de facto el autoconsumo compartido entre varios consumidores. Esto es una muy buena noticia, ya que el desarrollo del autoconsumo compartido aumentan las perspectivas de uso por un conjunto mucho mayor de población, sobre todo en aquellos bloques de viviendas en las que evidentemente los tejados son comunitarios.
Pero no nos engañemos. Todavía es necesario conseguir que la normativa vigente permita el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Constitucional, ya que según el marco normativo actual, todavía no es posible realizar una instalación de autoconsumo compartido porque el RD 900/2015 tan sólo reconoce dos caminos para tramitar una instalación de autoconsumo: el Real Decreto 1699/2011 y el Real Decreto 1955/2000, y en ninguno de los dos casos hay manera de solicitar un punto de conexión para varios consumidores que comparten una instalación de generación.
Para finalizar, decir que para el desarrollo del Autoconsumo, además de conseguir cumplir con los retos regulatorios, hay que transmitir a la sociedad la seguridad de que su inversión va a tener rentabilidad, realizándole de una forma muy profesional, el LCOE ( Levelised Cost of Energy), o sea calcular el coste de generación eléctrica a partir de la instalación de autoconsumo que queramos realizar, siendo el caso más significativo hoy por hoy es el de la energía solar fotovoltaica, para saber cuánto va a costar el término de energía en los próximos 25 o 30 años de una forma invariable, al contrario de lo que ocurre con el mercado eléctrico actual, a partir de los elementos de la instalación que realmente necesite.
Todo lo anterior dará lugar a una penetración de las instalaciones fotovoltaicas en España del orden del 10% al 15% o más para el 2030. No hay dudas de que las instalaciones de autoconsumo solar han bajado significativamente su precio en los últimos años y ya son inversiones de coste muy razonable, que nos permite ahorrar en el consumo de energía: en el término de energía y en el término fijo de potencia. Además nos da una certidumbre del coste durante los próximos 25 o 30 años, con un descuento superior al 50% con respecto a las tarifas vigentes, reduciendo el riesgo de las empresa ante futuras subidas del coste de la electricidad, y con una rentabilidad muy significativa, reduciendo el impacto medioambiental de la actividad de dichas empresas. Fortalezas que pueden y deben ser utilizadas por el sector doméstico e industrial.