En agosto de 2020 la Comisión Europea abrió un período de consultas públicas destinadas a evaluar la posibilidad de modificar la nueva directiva de energías renovables (DER II), aprobada en 2018 y que refundía la de 2009. Una de esas consultas empezó en noviembre de 2020 y concluye el 9 de febrero. En ella consta como una de las opciones la modificación de los criterios de sostenibilidad de la bioenergía.
Esas opciones toman en consideración todos los acuerdos alcanzados tras la aprobación de la directiva y que afectan al contenido de la misma, como son el Pacto Verde Europeo y, con ello, los objetivos ambientales, energéticos y climáticos para 2030; las estrategias de integración del sistema energético, del hidrógeno, sobre biodiversidad y de la granja a la mesa “en pro de un sistema alimentario equitativo, sano y respetuoso con el medio ambiente”; y el acuerdo de los gobiernos de la Unión Europea de aumentar del 40 al 55 por ciento la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) para el año 2030 respecto a los niveles de 1990.
Con estas políticas, estrategias y objetivos sobre la mesa, la CE plantea varias opciones para ajustarse a ellas. La más vinculada a la bioenergía habla de “incluir medidas para fomentar la electrificación de los sectores de uso final y un mejor uso de las corrientes de desechos, aumentar la penetración de combustibles renovables y con bajo contenido de carbono en el transporte, especialmente la electricidad renovable en el transporte por carretera y los combustibles renovables o con bajo contenido de carbono en el aéreo, marítimo y pesado”.
¿Cómo se van a aplicar los criterios de sostenibilidad en España?
Pero, sobre todo, dicha opción de retoque de la directiva propuesta por la CE habla de “garantizar que las energías renovables se producen de manera sostenible, lo que podría resultar en una posible modificación de los artículos relacionados con el desarrollo de energías renovables en calefacción y refrigeración (artículos 7, 15, 23 y 24), transporte (artículos 25 y 27) y edificios (artículo 15); y los criterios de sostenibilidad y ahorro de emisiones de gases de efecto invernadero para la bioenergía (artículos 29-31), así como la introducción de nuevas disposiciones sobre contratación pública, y terminología y certificación de combustibles”.
Desde la Asociación de Empresas de Energías Renovables (APPA Biomasa) advierten que, de partida, dichos criterios de sostenibilidad que establece la DER II y que son de aplicación a partir julio de 2021 “aún no sabemos cómo van a implementarse en España”. Según Margarita de Gregorio, directora de las secciones de Biomasa y Geotermia en APPA, “estamos a la espera de que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico [Miteco] se pronuncie al respecto. Esta incertidumbre inquieta al sector, pues las empresas están listas y comprometidas a cumplir con esos criterios para la biomasa sólida y necesitan conocer con antelación suficiente cómo deben proceder. Sin embargo, aún no se sabe cómo tendrán que hacerlo”.
“El Miteco está a la espera de conocer determinadas orientaciones al respecto por parte de la propia CE”, añade De Gregorio. Por lo tanto, la decisión final se prolongará aún más si nos atenemos a los márgenes que se da la CE con la recepción y valoración de las consultas públicas ya cerradas o aún abiertas. “En el caso de España, cuando ni siquiera se han implementado los estrictos criterios de sostenibilidad actuales para la biomasa presentes, nos cuesta ver que pudieran establecerse nuevos a corto-medio plazo y aún más estrictos que los vigentes, y entendemos que la revisión debería basarse en una evaluación de la eficacia de los mismos. Actualmente, esta evaluación no podría llevarse a cabo, ya que los criterios aún no se han traspuesto en numerosos Estados miembros, al igual que ocurre en España”.
Jerarquía de usos y principio de cascada
Desde Ecologistas en Acción, la ONG más activa en España contra determinados usos de la biomasa, sí consideran necesario “tener estrictos criterios de sostenibilidad y disponer de estudios de impacto que analicen la disponibilidad de manera sostenible de las materias primas para así evitar que se usen las insostenibles y provoquen desplazamientos de usos”.
“La disponibilidad de las biomasas debe estar regida por la jerarquía de recursos y el principio de cascada, así como el ciclo de vida, teniendo en cuenta el destino”, afirma Rosalía Soley, de la campaña de Biocombustibles.
En esa escala de prioridades y usos de la que habla Ecologistas en Acción están los usos como materiales frente a los energéticos, y dentro de estos últimos abogan por soluciones más térmicas que eléctricas, “ya que en estas últimas hay diversas fuentes renovables que están suministrando al sector”, en referencia a la eólica y la solar. En este aspecto, Ecologistas en Acción incide especialmente en el caso de la biomasa forestal.
Aprovechamientos de biomasa con alcance limitado
“Pensamos que el aprovechamiento de las biomasas tiene un alcance limitado y solo puede considerarse sostenible dentro de unos límites razonables y sin ejercer presión sobre los usos de los bosques o suelo. Por ello, es necesario que para la planificación y realización de los trabajos forestales se prevenga la erosión o degradación de los suelos, la existencia de otros aprovechamientos o estudios realistas sobre las posibilidades de aprovechamientos que incluyen pélets, astillas y leña”, señala Soley.
A nadie se le escapa que la biomasa forestal con aprovechamiento energético es la que se encuentra principalmente en el objetivo de modificación de la directiva. Son muchas las señales que ligan el futuro de la revisión de los criterios de sostenibilidad de la bioenergía con la biomasa forestal: la coincidencia en el tiempo con la modificación de la Estrategia Forestal Europea, el posicionamiento continuo del mundo científico a favor y en contra, resoluciones del Parlamento Europeo para que la CE “haga hincapié en medidas en el ámbito de la producción sostenible y el uso de combustibles procedentes de la madera y la importación de pélets” o la inadmisión por parte del Tribunal de Justicia de la UE de una demanda interpuesta por un grupo de personas de seis países y diez ONG ambientalistas para que se excluya a la biomasa forestal de la directiva de renovables.
Money to burn
En medio de la consulta pública que la CE mantiene abierta hasta el 9 de febrero, la última campaña contra la biomasa forestal se basa en trabajos de investigación periodística que impulsa Argos, plataforma centrada en este tipo de informaciones auspiciada por medios de comunicación públicos de los Países Bajos, y financia Investigative Journalism for Europe (IJ4EU). Con un título tendencioso, Money to burn, la campaña parte de un exhaustivo trabajo informativo que cuestiona el gran crecimiento de la industria de la bioenergía de origen forestal en Estonia a costa, alegan, de la deforestación de bosques maduros y protegidos. A partir de dicho trabajo, y según IJ4EU, “dieciséis periodistas de ocho países (España incluida) levantan la tapa sobre la inescrutable industria europea de la biomasa”.
Básicamente, los trabajos periodísticos exponen, analizan y amplían cuestiones que llevan años sobre el tapete y que ahora, a las puertas de concluir la consulta pública, se actualizan. Se pone en cuestión de nuevo el carácter neutro de las emisiones de la bioenergía de origen forestal, los subsidios y subvenciones para la producción de bioenergía y biocombustibles, especialmente pélets de madera, y se aboga por eliminar los árboles enteros como materia prima bioenergética. Además, se insiste en que deben prevalecer todos los usos de la madera (usos en cascada) que mantengan su capacidad de almacenamiento de carbono, quedando en último lugar la combustión.
Bioenergy Europe y la Asociación Española de la Biomasa (Avebiom) reaccionaron ante esta campaña afirmando que “la simplificación excesiva del conocimiento científico y las campañas de desinformación como Money to burn respecto de una cadena de valor tan compleja no solo tendrá un efecto perjudicial en el sector, sino en el esfuerzo actual de la UE para eliminar gradualmente los combustibles fósiles”. “Un hecho que algunos divulgadores y lobbies europeos desconocen –prosiguen ambas asociaciones– es que el porcentaje de aprovechamiento de madera con fines energéticos se ha mantenido estable en el tiempo: el uso de leña en equipos poco eficientes ha evolucionado en pocos años a un uso moderno de biomasa estandarizada en equipos automatizados y de alta eficiencia”.
"Estrategia política entre el valor ambiental y el valor económico de los bosques”
Para Eduardo Rojas, decano del Colegio Oficial de Ingenieros de Montes y profesor de la Universidad Politécnica de Valencia, “no hay que olvidar que todo este debate sobre la biomasa forestal, incluso el científico, se inscribe en uno más amplio que obedece a un juego táctico y a una estrategia política entre el valor ambiental y el valor económico de los bosques”.
Como Rojas y el colegio de Montes expusieron en las alegaciones a la reforma de la Estrategia Forestal Europea: “ubicar a los bosques bajo la política ambiental comporta un riesgo de olvido de su dimensión social, económica y cultural, dado que está diseñada para reducir las externalidades negativas de la industrialización y urbanización siendo sus instrumentos obviamente disuasorios (impuestos, derecho administrativo y penal)”.
El foco está en los bosques
Desde Ecologistas en Acción, Rosalía Soley asegura que “para nosotros la biomasa debe ser vista como un modelo de gestión forestal, no como un residuo, sino como un recurso. Nos referimos a que el bosque no crece en la misma proporción para reabsorber el carbono emitido, y por tanto la biomasa se debe obtener sin sobrepasar su capacidad de regeneración y sin provocar impactos nuevos”. Rojas recuerda que “en España la biomasa forestal crece en torno a 46 millones de metros cúbicos anuales y solo se cortan veinte”.
“Obviamente –continúa Rojas– debemos usar la bioenergía disponible de forma racional y toda aquella fracción que se pueda utilizar como biomaterial (y reciclar varias veces) es preferible a quemarla (cascada) si hay demanda próxima, y destinar lo restante (además de los productos de madera al final de su vida útil) a energía, preferentemente como uso térmico o cogeneración y a distancias cortas-medias; hay que considerar las emisiones por kilómetros, no la distancia sola, dado que el transporte marítimo puede ser extremadamente eficiente”.
La última afirmación de Eduardo Rojas sitúa el debate en la bioenergía que las posturas críticas consideran menos sostenible y eficiente: la que se produce en Europa con pélets de maderas procedentes de Canadá o Estados Unidos y que es una de las que está principalmente en el foco de la revisión de los criterios de sostenibilidad. Según el decano del colegio de Montes, “la importación si es de países sin riesgo de deforestación (por ejemplo, de Norteamérica) no es problemática per se, como no lo hacemos con sus productos agrícolas”.
Margarita de Gregorio, que ha manifestado en varias ocasiones que la biomasa forestal procedente de los bosques españoles cumple ya con exigentes criterios de sostenibilidad, piensa que si realmente se quieren hacer determinados ajustes en la DER II para alcanzar los objetivos del Pacto Verde o alguna otra política de igual calado, las modificaciones deberían ir por otro lado. “Estaría bien que se revisaran los objetivos para la climatización renovable y para las redes de climatización renovable, haciéndolos sustancialmente más ambiciosos y vinculantes; además de desarrollar disposiciones sobre cómo promover la integración de tecnologías renovables en los edificios”, concluye De Gregorio.
¿Cuáles son los criterios de sostenibilidad de la biomasa sólida y el biogás?
El artículo 29 de la directiva de renovables incluye los “criterios de sostenibilidad y de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero para los biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa”. Solo los biocombustibles que los cumplan contarán dentro de los objetivos de incorporación de energías renovables. Es decir, serán considerados como renovables.
Entre esos criterios está el tipo de instalaciones que produzcan electricidad, calefacción y refrigeración o combustibles: aquellas con una potencia térmica nominal total igual o superior a veinte megavatios (20 MW) en el caso de los combustibles sólidos derivados de biomasa o superior a 2 MW en el biogás. Pero aquí está uno de los puntos más problemáticos y que tiene pendiente de dilucidar el Miteco: “Los Estados miembros podrán aplicar los criterios de sostenibilidad y de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero a instalaciones con una potencia térmica nominal total más baja”.
Por otro lado, asume similares criterios a los que ya se aplica a los biocarburantes: no se fabricarán a partir de materias primas procedentes de tierras de elevado valor en biodiversidad, con elevadas reservas de carbono o que en 2008 fueran turberas. Por último, hay algo que atañe especialmente a la biomasa sólida: “reducir al mínimo el riesgo de utilizar biomasa forestal derivada de una producción no sostenible”.
• Este artículo se ha publicado en el número de febrero de Energías Renovables en papel. Aquí puedes descargar gratis la revista en PDF.