La convocatoria de ayudas de la Diputació de Barcelona fija los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, cobro y justificación de las subvenciones que otorga a través de la Oficina Tècnica de Parcs Naturals. Dichas subvenciones se destinarán a financiar instalaciones de aprovechamiento de biomasa para la generación de calor en los ámbitos territoriales de los espacios naturales protegidos del Montseny, Montesquiu, Guilleries-Savassona, Montnegre-Corredor, Serralada de Marina, Serralada Litoral, Sant Llorenç del Munt i l'Obac, Garraf, Olèrdola, Foix y sierra de Collserola.
Con esta línea de ayudas la Diputación quiere “potenciar la utilización de biomasa en el ámbito de los espacios naturales protegidos con el fin de contribuir a la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, a la creación directa e indirecta de puestos de trabajo y a la reducción de la dependencia en las importaciones energéticas”. La intención es subvencionar gastos relacionados con la “instalación de calderas, estufas y chimeneas cerradas insertables que se utilicen para calentar viviendas o inmuebles vinculados a una actividad económica a partir de biomasa leñosa de origen forestal”.
Calderas de potencia máxima de 70 kW y eficiencia superior al 75%
Entre las actuaciones objeto de subvención están las siguientes: costes asociados al montaje, transporte e instalación de los equipos, sistemas de almacenamiento, alimentación y producción de calor con biomasa; sistemas hidráulicos (válvulas, codos, bombas, tuberías, etc . ) asociados a la caldera de biomasa y que no formen parte del sistema de calefacción interno del edificio ni de una red externa de tuberías y sistemas eléctricos de control y de monitorización; y obra civil asociada. La potencia máxima admitida por cada instalación es de 70 kW, aunque se admitirán “casos particulares donde quede adecuadamente justificada una potencia superior”. En el caso de las calderas se requiere una eficiencia mínima del 75%.
En cuanto al importe de las subvenciones, solo se concederá una por solicitante o explotación/inmueble y no excederá en ningún caso del 50% del total de los gastos considerados como subvencionables, teniendo en cuenta que ese 50% no podrá superar el límite máximo de 8.000 euros. Los proyectos a subvencionar deberán realizarse entre el 1 de enero de 2014 y el 30 de junio de 2015 y las personas beneficiadas serán tanto aquellas que ya residen o tienen una actividad económica dentro de los límites de los espacios protegidos donde quieren realizar la instalación, como aquellas que deseen residir o iniciar una actividad en el mismo entorno.
El presupuesto total que dispone la Diputació de Barcelona para llevar a cabo estas ayudas asciende a 100.000 euros, y la fecha límite de presentación de proyectos concluye el 28 de febrero.