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Los Quince rechazan fijar objetivos obligatorios sobre biocarburantes

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Los ministros de Energía de la UE sólo han establecido unos niveles indicativos sobre el uso de biocombustibles para el transporte, lo que supone, de hecho, un rechazo a la propuesta de Directiva presentada por la comisaria europea de Transportes y Energía, Loyola de Palacio. Los ministros de Energía aceptaron la propuesta de la Presidencia española que fija un sistema de dos fases –hasta 2005 el primero y hasta 2010 el segundo– con una cláusula que puede revisar los objetivos. La Directiva establece que, en la primera fase los biocarburantes alcancen una cuota de mercado de al menos el 2%, y que esta parte aumente progresivamente hasta alcanzar un porcentaje mínimo de 5,75% en 2010.

Según la comisaria europea, para 2020-2030 el 90% del petróleo consumido por la UE procederá de fuera de los Quince, y el 90% de ese porcentaje será utilizado para el sector del transporte.

Certificado energético de edificios, más cerca
En el mismo Consejo de Ministros de Energía del pasado viernes se aprobó sin debate la Directiva que obliga a todos los edificios a contar con un certificado energético, lo que previsiblemente permitirá ahorrar un 22% en calefacción, refrigeración, agua caliente e iluminación. La calefacción supone el 57% del consumo de energía en los hogares de la UE, seguida de la producción de agua caliente (25%). Los electrodomésticos y la iluminación consumen el 11% del total.

La nueva normativa propone establecer normas mínimas sobre eficacia energética de los edificios, requisitos para la emisión de certificados, sobre la inspección regular de calentadores y sistemas de aire acondicionado y para la valoración del estado de las calefacciones con calderas de más de quince años de antigüedad. La Directiva obligará a todos los edificios de nueva construcción; los antiguos de más de mil metros cuadrados de superficie útil, tendrán que someterse a una renovación que les permita adaptarse a las nuevas normas.

Los Estados podrán eximir del cumplimiento de esas normas a edificios o monumentos protegidos, los que sirvan para actividades religiosas y construcciones con carácter temporal (para un uso inferior de dos años), residencias que se utilicen menos de cuatro meses al año o casas aisladas con una superficie inferior a 50 metros cuadrados. También se incluye la creación de un certificado de comportamiento energético de los edificios, válido para un máximo de diez años, un documento que se entregará al comprador o a quien alquile una vivienda.

Este documento servirá para vigilar el cumplimiento de las normas comunes sobre consumo energético y tendrá que ser expuesto a la vista en edificios que alojen instituciones de servicio público. Este certificado podrá incluir, por ejemplo, el dato de la temperatura interior recomendada y la real, así como otros "indicadores climáticos relevantes", según la directiva.

El Consejo y el Parlamento, que ya había aprobado la propuesta de Directiva, deben ahora comparar sus textos y comenzar una segunda lectura.

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Unión Europea
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