Hasta diecinueve esquemas voluntarios reconocidos por la Comisión Europea están a disposición de las empresas comercializadoras de biocarburantes para certificar la sostenibilidad de cada litro puesto en el mercado. “A efectos de la certificación, toda la cadena de producción, desde el agricultor que cultiva la materia prima hasta el productor del biocarburante o el comerciante, está verificada por auditores independientes”, señalan desde la CE.
Desde el 1 de enero se debe acreditar la sostenibilidad de cada litro puesto en el mercado en España para que compute en la obligación nacional de incorporación de biocarburantes en el transporte. La CNMC recuerda que los sujetos obligados deben acreditar el cumplimiento de los criterios de sostenibilidad “mediante una declaración responsable, pudiendo dichos sujetos estar acogidos a un régimen voluntario reconocido por la Comisión Europea”. “De otra forma, el biocarburante no será certificable”, advierten desde la CNMC.
Materias primas cultivadas en la UE deben respetar buenas prácticas agrarias y ambientales
Como indica el organismo regulador, actualmente los sujetos obligados deben informarle sobre ciertas características de sostenibilidad de las partidas (tipo de biocarburante y de materia prima y país de origen de ambos), pero no es obligatorio aportar información sobre los criterios de sostenibilidad. A partir de ahora, acorde con una resolución del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, se reportarán esas características mencionadas más la sostenibilidad.
Los criterios de sostenibilidad, contenidos en la directiva de energías renovables, consisten principalmente en una reducción mínima de emisiones de gases de efecto invernadero del 35% respecto a los combustibles fósiles (60% en 2018 para las nuevas plantas) y en no estar producidos a partir de materias primas procedentes de tierras con elevado valor en biodiversidad (bosques primarios, áreas protegidas…) ni con elevadas reservas de carbono (bosques, turberas…). “Además –añade la CNMC–, las materias primas cultivadas en la UE han de respetar las buenas prácticas agrarias y medioambientales”.
Información de la sostenibilidad en cadena
Además de los esquemas voluntarios reconocidos por la CE, la CNMC informa que “adicionalmente existen siempre unas obligaciones de gestión documental para todos los agentes de la cadena, que deberán proporcionar al siguiente agente un documento para cada partida expedida, recogiendo las características de la misma, de forma que así la información pueda llegar finalmente al sujeto obligado, que debe acreditar el cumplimiento de los criterios de sostenibilidad”. La documentación deberá ser mantenida por los agentes y presentada cuando se realicen inspecciones por parte de la CNMC.
Nada de todo esto se exigía hasta ahora. La obligatoriedad de la certificación de la sostenibilidad debería haber entrado en vigor no ahora, sino el 1 de enero de 2013. El periodo de carencia para esta entrada impuesto por el Gobierno del Partido Popular dentro del real decreto-ley 4/2013 ha conllevado que España no aparezca en la UE con ningún litro de biocarburante como sostenible y que la CE no tenga en cuenta a estos combustibles en el cómputo general de renovables, por mucho que lo haya intentado colar el Gobierno.
La información de la CNMC hace referencia también al cambio normativo que modifica la obligación de biocarburantes en el transporte. Como ya ha ido informando este portal, la modificación, que ha recibido el rechazo de la industria y la incredulidad de otros colectivos y organismos, se sustenta en un objetivo general del 4,3% para 2016 (para llegar al 8,5% en 2020) y la eliminación de los objetivos individuales en biodiésel y bioetanol.