Las Comunidades de Energías Renovables han tenido una entrada en el escenario español algo confuso, y la verdad es que España no es el único Estado Miembro de la Unión Europea donde ha sido así. En Bruselas, a mediados del pasado marzo, la Comisión Europea nos insistió en el binomio sujeto y actividad, es decir la Comunidad de Energía Renovable como sujeto, y el autoconsumo como actividad. Desde la publicación de la propuesta de Real Decreto para transponer artículo 22 de la directiva de renovables he ido insistiendo en esta circunstancia, que no quedaba bien aclarada y perfilada en la propuesta española.
Fue en el contexto del contractors meeting del LIFE Clean Energy Transition Programme, el pasado 13 y 14 de marzo, en el que participó nuestra firmacomo Project Partner del proyecto Jalon. El proyecto Jalon (Joining Actors for Local development Of New large scale regional Energy communities), ha creado una Comunidad de Energías Renovables en la comarca de Calatayud (Zaragoza), en un territorio que engloba más de 86 municipios y pedanías, ocupando una superficie de más de 2.500 kilómetros cuadrados. El desafío aquí es revertir la despoblación, y facilitar una estructura viable en términos de recursos y por supuesto en términos económicos, por los reducidos tamaños de dichos municipios.
Este proyecto está liderado por la Universidad Politécnica de Madrid, participando además las Devanaderas Km0, la Universidad de Zaragoza, la Universidad de Evora, EURAC y CIMAC. Nuestro rol en este proyecto por una parte es erigir toda la estructura jurídica, desde la entidad y su funcionamiento interno y externo, incluidas todas sus relaciones con el sistema eléctrico, como cualquier soporte contractual tanto operacional como financiero. Por otra parte, nos toca hacer crítica a la transposición de la normativa europea, e incluso a la propia normativa europea, siempre con el objetivo de mejorarla, claro. Es especialmente importante mencionar que nace de la iniciativa local, fueron los ciudadanos locales que se acercaron a la UPM para buscar apoyo.
Durante nuestro último encuentro de este proyecto, los pasado días 16 y 17 de abril en Évora, Portugal, ya hicimos una presentación sobre cuales serían nuestras críticas a la transposición del concepto Comunidad de Energías Renovables en España. La clave está en la prohibición de estar en más de una modalidad de autoconsumo a la vez, cosa que compartí también con la Comisión el pasado marzo, que abrió un debate al que todavía estamos dando seguimiento. En la misma presentación ya mencionada del Policy Officer de la Comisión Europea, seguidamente después de insistir en el binomio sujeto – actividad, admitió que muchos Estados Miembros están utilizando el autoconsumo para estructurar las Comunidades de Energías Renovables, y que la Comisión lo aprecia con un cierto pragmatismo.
Utilizar el autoconsumo no es lo mismo que sacrificarlo
Cierto es que el autoconsumo ya es una actividad bien desarrollada en muchos Estados Miembros, concretamente en España, pero también es cierto que utilizar el autoconsumo no es lo mismo que sacrificarlo. ¿Porque digo sacrificar? En la directiva de renovables se distingue claramente el autoconsumo de la comunidad de energías renovables, hasta la total ausencia de la palabra autoconsumo en la descripción de la actividad de compartir energía en el seno de la Comunidad de Energías Renovables. Un consumidor tiene a su disposición ambas cosas: puede ejercer la actividad de autoconsumo, y adicionalmente, puede pertenecer a una Comunidad de Energías Renovables, y compartir en su seno energía. Tiene el derecho de hacer las dos cosas a la vez.
Si utilizamos el autoconsumo para instrumentalizar el compartir de energía en el seno de la Comunidad de Energías Renovables, a la vez manteniendo la limitación actual de la normativa española de sólo poder estar en una modalidad de autoconsumo a la vez, lo estaríamos sacrificando. Es así, porque ahora el consumidor que pertenece a una Comunidad de Energías Renovables ya no podrá hacer autoconsumo como actividad fuera de esta Comunidad. Su derecho de autoconsumo se habrá sacrificado a favor de la Comunidad, sin que haya base legal europea para hacerlo. A la vez, su vecino que ya tenía su propia instalación de autoconsumo no podrá pertenecer a la Comunidad de Energías Renovables, porque no puede estar en dos modalidades de autoconsumo igualmente.
La solución sería, como mínimo, exceptuar de la prohibición de estar en más de una modalidad de autoconsumo a la vez, la de combinar cualquier modalidad de autoconsumo con otra modalidad de autoconsumo en el seno de una Comunidad de Energías Renovables. La más fácil sería abandonar del todo la limitación de una modalidad sólo, y permitir la multimodalidad, de la misma forma que ya se ha permitido la multi - comercialización, aunque está última está pendiente de reglamentación todavía. Una vez llegado a este punto, tendría que diferenciarse claramente el régimen económico de las dos cosas, la pertenencia a la Comunidad de Energías Renovables, y la actividad de autoconsumo, pero este tema lo trataré en otro artículo por separado.
I Cumbre de Comunidades Energéticas de UNEF
El próximo jueves 25 de abril participaré en una mesa de debate en el marco de la I Cumbre de Comunidades Energéticas, organizado por UNEF, en el Prat de Llobregat. Tendré oportunidad de presentar el proyecto Jalon, y espero también participar en debates interesantes, seguramente también sobre este aspecto binomio, y la multimodalidad como posible solución pragmática.